Daniel se subió al avión para pasar las Navidades con su madre, Juana Rivas, su hermano mayor, Gabriel y el resto de su familia. Lo hacía en un momento en el que la Fiscalía italiana investiga a su padre, Francisco Arcuri, (con quien convivía) por malos tratos hacia él. Arcuri exigió que Rivas pagase un sobrecoste de acompañamiento para que el pequeño no viajase solo. Lo que no contó Arcuri es que él mismo iba a embarcar en ese vuelo. Una circunstancia extraña y preocupante tanto el inexplicable viaje a España, como el hecho de obligar a desembolsar un dinero cuando Daniel, en realidad, no iba solo en el avión. Una vez que el pequeño pisó suelo español y pudo abrazar a su madre, Arcuri se dedicó a envíar mensajes a Juana para hacerle saber que estaba cerca, para que notase su aliento en el cogote: “Buenas noches, también yo estoy en España en Granada y alrededores. Espero que Daniel pueda pasar buenos momentos con vosotros. Si se manifestaran nuevos episodios de maltrato psicológico contra él, intervendré inmediatamente. Feliz Navidad a todos”. Una advertencia también en forma de llamadas, más de cuarenta en una semana, según denuncian los abogados de la madre protectora.
Riesgo alto de especial relevancia en VioGén
Un acoso que obligó a Juana y a sus hijos a cambiar de domicilio ante el temor de que Arcuri pudiese actuar contra ellos. No solo era una sensación personal, el propio Ministerio del Interior activó el sistema VioGén, y calificó la situación de riesgo alto de especial relevancia. Es decir, la Policía consideró que Rivas corría peligro. Sin embargo, y a pesar de que la ley establece que los hijos e hijas de víctimas de violencia son también víctimas de violencia a título propio (es así desde 2015), no dictaron ninguna orden de protección para Daniel. A ojos del sistema Rivas y sus hijos son víctimas de violencia de género, no solo por figurar como un caso activo en el sistema VioGén, también existe una condena a Arcuri por maltratar a Juana del año 2009.
En cualquier caso, a pesar de la evaluación policial, el Juzgado de Violencia contra la Mujer número 2 de Granada archivó el pasado 31 de diciembre la denuncia por maltrato presentada por Rivas contra Arcuri por las llamadas y los mensajes.
Al mismo tiempo, los letrados de Rivas se dirigieron al Tribunal de Apelación de Cagliari en una nueva denuncia en la que explicaban que el menor “tiene un miedo terrible a su padre y que teme por su propia vida si vuelve a Italia con él”, demandaban, por tanto, que se le permitiera “poder quedarse a vivir en España con su madre y hermano”, una petición que el tribunal italiano no aceptó. El tiempo se echaba encima y así llegamos al martes 7 de enero, un día antes de que Daniel tuviese que volver a subirse a un avión de vuelta a Italia.
La patata caliente
Los abogados de Rivas presentaron una denuncia, esta vez, en el juzgado de primera instancia número 10 de Granada donde pedían medidas de protección, en concreto, una medida cautelar que suspendiese la obligación de que el pequeño volviese a Italia ante el peligro que decía sentir y que se le escuchase. Aquí comienza un periplo judicial con el tic tac de la cuenta atrás en marcha. El juzgado no se considera competente para tomar medida alguna y pasa la patata caliente al juzgado número 2 de violencia contra la Mujer, el mismo que había archivado una semana antes la denuncia por maltrato a raíz de los mensajes.
Cuando llega a este juzgado especializado en violencia, la jueza titular, Aurora Angulo, está de vacaciones y su suplente asegura que no puede tomar la medida cautelar ni declaración al pequeño sin tener acceso a todo el expediente. La tensión aumenta. Faltan pocas horas para el vuelo que debe coger Daniel y nadie parece dispuesto siquiera a escuchar lo que tiene que decir.
El Ministerio de Infancia presiona y se logra que se quede “in extremis”
Ante este silencio administrativo, los letrados de Rivas se dirigen a la Fiscalía Provincial de Granada para que tome medidas que protejan al menor de edad. Estamos en la tarde del martes, y como último cartucho, los abogados presentan una denuncia en el juzgado de guardia ante la inminente hora límite. A estas alturas, el Ministerio de Juventud e Infancia, que dirige Sira Rego, lleva toda la jornada intentando mediar. Insisten en la obligación de proteger a Daniel y escucharlo.
La Fiscalía entonces pide al juzgado número 4 de Granada, en funciones de guardia, que tome declaración al pequeño y así lo hace. Al límite y ya de noche. Según la jueza el pequeño ofrece un testimonio “convincente” que provoca, por fin, que se suspenda la obligación de que Daniel vuelva con su padre. Son las 23:30 de la noche cuando los abogados se lo comunican a los periodistas. Además, el juzgado entiende que se trata de un caso de violencia vicaria y se inhibe al juzgado número 2 de violencia de Granada, el que archivó la denuncia y no quiso escuchar a Daniel ese mismo día.
La jueza considera que no es un caso de violencia de género
Dos días después, el pasado jueves, la jueza titular del juzgado número 2 de violencia, Aurora Angulo, sin escuchar a Daniel, considera que no se trata de un caso de violencia vicaria, una forma de violencia machista y, que por tanto, no es competente para llevar el caso. Lo devuelve al juzgado número 4 y pide que se inicien diligencias por presunta violencia doméstica. Opina, que de existir ese maltrato del padre hacia al hijo, no se enmarca dentro de la violencia de género.
Ahora, el balón está en el tejado de ese juzgado que estaba de guardia el martes, el número 4, que puede continuar las pesquisas o decidir que sigue sin ser de su competencia. En ese caso, sería la Audiencia Provincial de Granada quien decidiría a quién corresponde llevar este proceso, quién es competente.
Se da la circunstancia de que la Aurora Angulo, la titular del juzgado de violencia contra la Mujer número 2, fue la misma jueza a la que llegó la denuncia de Juana Rivas hace ocho años (2016), recién llegada de Italia huyendo de su maltratador.
Si es violencia, ¿por qué no es vicaria?
La violencia vicaria no está tipificada como un delito en sí mismo en nuestro ordenamiento jurídico, pero sí que está descrito en la ley contra la violencia de género y se considera una forma de violencia machista. Habla de una violencia por sustitución, cuando se maltrata a un hijo o hija para dañar a la madre. Según fuentes jurídicas, para demostrar en un juzgado que esa violencia es vicaria, se tiene que acreditar esa intencionalidad de daño a la mujer.
Los hijos de Juana Rivas son víctimas de violencia de género y hace unos días, su madre obtenía una calificación en VioGén de riesgo alto, se temía por su integridad. ¿Cómo es posible entonces que la jueza entienda que de existir violencia contra Daniel por parte de su padre se trate de violencia doméstica y no vicaria?
Sonia Vaccaro cree que se está dinamitando la ley contra la violencia
La violencia vicaria es un término relativamente nuevo (2012), el año pasado, de hecho, las víctimas mortales por este tipo de violencia machista alcanzaron una cifra récord. Nueve niños y niñas fueron asesinados por las parejas o exparejas de sus madres. A pesar de ello, sigue siendo difícil demostrar en sede judicial este tipo de maltrato y muchos juzgados, por ejemplo, siguen concediendo visitas y custodias a investigados y condenados por violencia de género, a pesar de que la ley lo prohíbe y solo lo contempla como excepción y ese “interés superior del menor”.
Sonia Vaccaro, psicóloga y perita forense fue quien acuñó el concepto de “violencia vicaria“, como otra forma de violencia contra la mujer. Conoce el caso Juana Rivas porque durante los últimos siete años, ha elaborado distintos informes en los que considera que tanto Daniel, como su hermano mayor, Gabriel, eran víctimas de este tipo de violencia machista. Cree que para poder apreciar la violencia vicaria se necesita dotar de contexto al hecho que se denuncia, se debe estudiar en profundidad la causa y dedicarle tiempo, que tal vez los tiempos no permitían, pero ante la duda, primero “el interés superior del niño, que siempre debe pasar por protegerle”.
“Nadie protegió a esos niños”
Vaccaro lamenta que la jueza considere que no se trata de violencia de género “porque si niegas la premisa mayor, el resultado siempre va a ser falso”. Esa intencionalidad que se debe acreditar para poder calificar el maltrato habitual como violencia vicaria, Vaccaro cree que queda claro con la actitud de Arcuri al inicio del viaje del niño. “¿Por qué viaja en el mismo vuelo a España? ¿Por qué obliga a que se pague un suplemento de acompañante si él va a ir en el avión? ¿Por qué se pone en contacto con la madre y le hace saber que está cerca y vigilando?” Existiría una intención en ese comportamiento, que es lo que denota la intencionalidad de dañarla y no importar el bienestar del niño”, apunta.
“La causa de Juana siempre ha sido así. Nadie la apoyó y nadie protegió a esos niños. No es que solo se esté negando el maltrato a Rivas con la decisión de la jueza de violencia, lo que se está borrando es la propia ley contra la violencia de género, se está dinamitando. Siempre estamos con estos temas al borde del precipicio y, lamentablemente, a las únicas víctimas de violencia vicaria a las que se cree es a las que han sido asesinadas“.