Qué falla en la atención a las víctimas de violencia sexual

Dos años después de la entrada en vigor de la ley del "solo sí es sí" muchos de los derechos establecidos en la norma siguen sin cumplirse

Sabemos que apenas se denuncian las agresiones sexuales. Solo se ponen en conocimiento de las autoridades el ocho por ciento de estos delitos, sin embargo las cifras abruman. Este año se han denunciado catorce violaciones al día, es decir, más de una cada dos horas y 55 agresiones sexuales (sin penetración) cada 24 horas, más de dos cada sesenta minutos. Todas las mujeres que hayan sufrido una agresión tienen derechos tanto si acuden a una comisaría o un juzgado como si deciden no hacerlo o interponen una denuncia pasados meses o incluso años. Así se establece en la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual conocida como la Ley del “solo sí es sí” que entró en vigor hace dos años, en octubre de 2022. Se han ido modificando distintos aspectos durante este tiempo, pero a pesar de ello, muchos de estos derechos siguen sin estar garantizados. Estos son algunos de ellos.

Justicia gratuita para víctimas

Ni el Gobierno ni el Ministerio de Igualdad en dos años mostrado empeño en solucionar este déficit y ha sido Podemos quien esta misma semana anunciaba que había llegado a un acuerdo con el Ejecutivo para asegurar dos puntos de la ley. El primero consiste en hacer efectivo el derecho a justicia gratuita para las víctimas de violencias sexuales. No es un tema menor, emprender acciones legales que pueden alargarse durante años supone un desembolso importante para estas mujeres y si no se tienen medios las víctimas pueden llegar a echarse atrás o trastocar su economía.

Juzgados especializados en nueve meses

La formación morada también ha conseguido el compromiso de que en nueve meses los juzgados y la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer asumirán las competencias en violencias sexuales. La Ley “sólo sí es sí” obligaba a especializar la justicia, como ocurre con la violencia de género, pero en la actualidad una causa por agresión sexual puede llegar a un juzgado en el que sus miembros no estén formados en violencia lo que supone un grave perjuicio para estas mujeres. Existen dinámicas y situaciones concretas que un ajeno en la materia podría pasar por alto. Las víctimas merecen ser atendidas por funcionarios preparados para los delitos que ellas denuncian.

Atención psicológica gratuita

Como explicaba la experta en trauma, Noemí Álvarez Boyero, “cuando vivimos situaciones traumáticas normalmente estamos en shock, es un momento bastante confuso. Y ahí sería muy importante tener a alguien que tuviera una habilidad empática, de comprensión y pudiera ayudar a la persona a situarse, a estabilizarse, a sentirse más tranquila y segura”. Una agresión sexual suele dejar secuelas, ponerse en manos de un profesional está más que recomendado. Las víctimas tienen derecho a una atención psicológica gratuita sin necesidad de poner una denuncia, el problema es dónde pueden solicitarlo, al no existir en todas las provincias centros especializados.

Centros de crisis 24 horas

Para esta atención psicológica lo ideal es acudir a uno de los centros de crisis que deberían existir en cada provincia española como establece la ley, sin embargo, a día de hoy, solo funcionan doce en toda España y no todos cuentan con los requisitos necesarios para atender de forma integral a las víctimas.

Derecho a la reparación

La Ley del “solo sí es sí” establecía que “las víctimas de violencias sexuales tienen derecho a la reparación, lo que comprende las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición. Para garantizar este derecho, y sin perjuicio de las competencias autonómicas en la materia, se elaborará un programa administrativo de reparación a las víctimas de violencias sexuales que incluya medidas simbólicas, materiales, individuales y colectivas”. Aunque se han redactado sentencias con el ánimo de reparar el daño causado desde un punto de vista social y simbólica, lo cierto es que no son muy comunes y representan una minoría en la judicatura.

Ayudas Económicas

En julio de este año el Gobierno aprobó mediante un Real Decreto una mejora para las ayudas económicas que ya contemplaba la Ley. Pueden optar a ellas las víctimas que carezcan de rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional. El problema es que para recibir estas ayudas se tiene que poseer la acreditación de víctima y el sistema no es efectivo.

Acreditación de víctima de violencia

En ese mismo decreto se determinaron los medios para acreditar esa condición: una sentencia condenatoria, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar, un informe del Ministerio Fiscal, un informe de los servicios sociales, un informe de servicios especializados en igualdad y contra la violencia de género, un informe de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencias sexuales de la administración pública competente o de la Inspección de Trabajo así como de la Seguridad Social y una sentencia de la jurisdicción de lo social. Son las comunidades autónomas las encargadas de gestionar estas acreditaciones y lo cierto es que el sistema es distinto en cada región y según las asociaciones de víctimas todos “funcionan mal”. Las quejas han llegado al Defensor del Pueblo y está a la espera de ser reformado.

Ayudas para vivienda

“Las administraciones públicas promoverán el acceso prioritario de las víctimas de violencias sexuales al parque público de vivienda y a los programas de ayuda de acceso a la vivienda, en los términos que se determine reglamentariamente”, dice la Ley. Las víctimas de violencia sexual tienen también, en teoría,  prioridad al hora de optar a una vivienda y ocurre lo mismo, la acreditación es necesaria.