¿Qué derecho prevalece?¿La libertad de expresión de Bretón o la reparación simbólica de Ruth Ortiz?

La Ley de violencia de género establece que las víctimas tienen derecho a una reparación simbólica para su completa recuperación física, psíquica y social, así como acciones que garanticen la no repetición del daño

¿Libertad de expresión o derecho a la reparación? KiloyCuarto

A alguien le pareció buena idea dar voz a José Bretón. El concepto de adentrarse en la mente de un asesino, como si de una investigación sociológica se tratase, pero lo cierto es, y parece obvio que los ideólogos lo pasaron por alto, que Bretón es un maltratador que asesinó a sus hijos para producir el máximo daño posible a Ruth Ortiz y que con ese altavoz, en forma de libro, le permiten seguir ejerciendo violencia contra ella, casi catorce años después.

José Bretón - Violencia de género

José Bretón, detenido por la Policía Nacional

Ruth Ortiz goza de una serie de derechos como víctima de violencia machista, los cuales fueron ampliados por el anterior equipo de Igualdad, con Irene Montero a la cabeza, tanto en la Ley del solo sí es sí como en la modificación de la Ley contra la Violencia de Género. Entre estos derechos se encuentra la reparación simbólica y social, conceptos poco conocidos, pero fundamentales para proteger tanto a Ortiz como a todas las víctimas de este tipo de violencias.

El derecho a la verdad de las víctimas

María Naredo, jurista e investigadora, y una de las artífices de estos cambios legislativos, opina que la reparación simbólica “es esencial porque es el derecho a la verdad de las víctimas, lo que llaman en el derecho internacional de los derechos humanos la satisfacción, la difusión de la verdad. La reparación tiene cuatro elementos: la compensación económica o indemnización; la rehabilitación o recuperación del daño psíquico, físico y a todos esos niveles; las garantías de no repetición individuales y colectivas y la satisfacción, que es la difusión de la verdad”.

Naredo recuerda que, a nivel internacional, en casos de crímenes de lesa humanidad o en los procesos de la verdad en Latinoamérica, ha sido fundamental establecer un relato digno de lo ocurrido, permitiendo a las víctimas contar con un marco social y colectivo de referencia.

El “daño brutal” al proyecto de vida de Ruth

Según la jurista, seguimos sin comprender el impacto real de las violencias machistas. “Se tratan como delitos de segunda o se minimizan sus efectos. Se protegen los derechos de los agresores, incluso de los condenados—que, por supuesto, los tienen—, pero no pueden ir en contra de los derechos humanos ni de las garantías de no repetición colectivas”.

En este sentido, considera que es crucial analizar cómo construimos los relatos en sociedad: “Debemos establecer narrativas que permitan a la sociedad aprender de lo ocurrido y hablar de las cosas nombrándolas por su verdadero nombre”.

El objetivo real de Bretón

Para la investigadora, el libro de Bretón invita a reflexionar sobre los efectos de la violencia machista y cómo estos van mucho más allá de la agresión en sí misma. “Muchas veces se dice: ‘No, pero esta mujer ya lo habrá superado’, sin entender que, en realidad, toda su vida ha quedado truncada. En cualquier momento puede surgir un punto de inflexión, como este libro, que reabre heridas”.

Ruth Ortiz

Por eso se pregunta: “¿En qué medida se ha interrumpido el proyecto de vida de Ruth? Imagino que está sufriendo una regresión importante porque no se está poniendo en contexto la verdadera intención de Bretón al escribir este libro. No se analiza desde dónde lo hace, con qué propósito ni cuáles son sus objetivos reales”.

La falta de aplicación de la reparación simbólica

Naredo reconoce que Bretón tiene derecho a la libertad de expresión, pero plantea una cuestión clave: “¿En qué momento el derecho a la información de la ciudadanía justifica la difusión de este relato? Aquí es donde colisionan dos derechos fundamentales, ya que este libro atenta contra la reparación simbólica de la víctima y las garantías de no repetición”.

Si la Ley contempla esta protección, ¿por qué no se aplica? Para la experta, “esto tiene mucho que ver con lo poco que se ha trabajado su implementación, tanto a nivel mediático como jurídico”.

Un precedente en la justicia

Sin embargo, existen resoluciones judiciales que sí tienen en cuenta esta reparación simbólica. Victoria Rosell, magistrada y exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género, participó en una dictada hace justo un año. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, redactó una sentencia pionera que resarcía a una joven en este sentido. Ella había denunciado a su padre por un delito continuado de abuso sexual y el tribunal le dio la razón. Se le condenó a 3 años y seis meses de prisión.

Para la víctima era muy importante que su padre no pudiese decir que no era verdad lo que había sucedido y como responsabilidad civil de conformidad se estableció que el condenado debía “abstenerse de difundir entre terceros las circunstancias de estos hechos en contra de la víctima y específicamente de desacreditar la veracidad de los hechos probados”. Es decir, no podía difundir que es inocente y que los hechos no han ocurrido. Un fallo firme que no puede ser recurrido.

Escrupulosos con la libertad de expresión

Rosell recuerda que esa sentencia la pusieron “muy conscientemente y después de debatir en la propia sala acerca de la libertad de expresión y sus límites. Tuvimos mucho cuidado en ser especialmente escrupulosos y exquisitos en el tribunal con el derecho a la libertad de expresión, en el sentido de que él puede decir lo que quiera, pero no transmitir a terceros que los hechos probados son mentira”.

La magistrada explica que son casos distintos porque en este el acusado estuvo de acuerdo y se trataba de un acto de conformidad, pero podría abrir caminos como cree que está haciendo la Fiscalía de Córdoba luchando por los intereses de Ortiz. “Me parece muy importante y muy interesante”, apunta.

“Sabrán mucho de literatura, pero nada de víctimas, ni de violencia machista”

A Rosell le parece “frustrante que una editorial de prestigio, porque no es un libro autoeditado, y un escritor más o menos conocido, por dinero hagan daño a una víctima. Creo que hay gente que sabrá mucho de literatura, pero no sabe nada de víctimas, ni de violencia machista, ni de violencia vicaria, ni sobre todo de reparación y daño”.

La exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell

La exdelegada del Gobierno explica que cuando “hablamos de una violación de derechos humanos hablamos de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición. La verdad no puede quedar dicha en una sentencia y después destruida. Es como si te hubieras carteado con un pederasta que te dice que los niños le seducen, que los niños no son tan tiernos… No sé si alguien lo entendería, pero cuando la violencia es específicamente contra las mujeres y le quitas todo el componente de género, lo que te queda es una injusticia y el relato de un asesino”.

“Si la política no entiende la reparación social y simbólica es muy difícil que lo entienda la sociedad”

Como experta considera que “es muy lamentable que en el Pacto de Estado se haya agachado la cabeza en pro de las mayorías o para contentar a la derecha y se haya quedado fuera la violencia institucional porque, digamos, es lo contrario a la reparación social y y simbólica. En España tenemos una legislación muy incipiente y si la política no comprende lo que es la reparación, igual que no admite la violencia institucional, que son prácticamente dos caras de la misma moneda, es muy difícil que lo entienda la sociedad”.

“La reparación integral también significa que cuando estás a mitad de camino y al menos puedes soportar levantarte cada mañana sin tus hijos puedas continuar tu proyecto de vida protegida. Hay que pensar en toda esa violencia que sufren las madres víctimas de violencia vicaria que ni siquiera tenemos una palabra que las nombre, no son viudas, no son huérfanas, son madres sin hijos, ellas dicen que son muertas en vida”.

Una obra literaria o una editorial no se pueden utilizar para hacer daño a una víctima de violencia vicaria

Por eso insiste en una reflexión para ver “si son capaces de comprender que una obra presumiblemente literaria o una editorial no se pueden utilizar para hacer daño a una víctima de violencia vicaria, porque vicaria significa ‘en lugar de’ o ‘por un mecanismo interpuesto’ que normalmente son los hijos e hijas, pero también se pueden utilizar otros instrumentos. Siempre decimos que la violencia de género la ejerce una de las personas que mejor conoce a su víctima y tiene mil millones de de caras, de maneras y de disfraces”.

En su opinión la editorial y el autor tienen que plantearse “si se están prestando, queriendo, sin querer,  no siendo consciente o por falta de de conocimientos de género y de un mínimo asesoramiento legal, pero también feminista, a hacer un daño increíblemente superior a una víctima que está intentando salir del pozo, del mayor daño prácticamente que se le puede hacer a una mujer”, concluye.