María Naredo dedica su vida a la violencia machista, una entrega que se percibe con solo oírla hablar. Experta, jurista e investigadora es docente y formadora de profesionales que atienden a víctimas de violencia. Ha participado en investigaciones relacionadas con la violencia sexual hacia niñas y niños en el ámbito familiar y ha colaborado en investigaciones y evaluaciones internacionales sobre derechos humanos en países de Latinoamérica y África. En 2017 fue nombrada directora general de Prevención y Atención frente a la Violencia de Género del Ayuntamiento de Madrid y en 2020 se estrenó como asesora del gabinete de la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero.
¿Qué opina de lo que ha ocurrido con Daniel, el hijo pequeño de Juana Rivas?
A mi juicio es un reflejo de la desprotección real, no legal, porque la verdad es que, por un lado, está el Convenio Estambul, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas, en España la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia, la ley de violencia de género, que incorpora a los niños y niñas expuestos a violencia como víctimas directas. Es decir, todo ese aparato legislativo y normativo en la realidad de las vidas de los niños y niñas muchas veces desaparece. Cada día hay una brecha mayor y este caso refleja esa distancia. Lo primero habría sido escuchar a este niño de diez años que está pidiendo protección, que está hablando bastante claramente de situaciones de violencia ejercidas por su propio padre. Ante esto debemos actuar, no ya solo como administración de Justicia, más allá incluso, como Estado. Qué dificultad tenemos para entender esto. El derecho a ser escuchado es uno de los pilares de la convención de derechos de los niños y niñas. No puedes hablar de que los niños y niñas son titulares de derechos y luego, en la práctica, que no puedan ejercerlos.
¿Entiende el sistema que un maltratador nunca puede ser un buen padre?
Esto tiene que ver también con los derechos de la Infancia. ¿Cómo evaluamos o cómo determinamos el interés superior del menor? Como Estado, como instituciones, como administración de Justicia, ¿cómo estamos tomando esta determinación? ¿Qué es lo más importante aquí y cómo prevalecen los intereses del niño? Creo que se está tratando un derecho que es absolutamente relativo, como es el derecho a la relación paternofilial. Digo que es relativo y así lo entiende el Tribunal Supremo y nuestro ordenamiento jurídico porque solo se puede ejercer si beneficia al hijo. Sin embargo, se está colocando muchas veces como si fuera un derecho absoluto y al hacerlo deja de atender el verdadero derecho absoluto, que es el derecho del niño a ser protegido frente a cualquier riesgo y a cualquier violencia. Ojo, que cuando hablamos de violencia tenemos que hacerlo como hace nuestro ordenamiento jurídico y muy especialmente con los estándares de Derechos Humanos y de la Infancia que hablan de cualquier perjuicio, es decir, más allá de los golpes, más allá de la violencia física, existen muchas otras maneras o formas de violencia contra la infancia, como es la violencia psicológica, como son los patrones discriminatorios, como es la propia violencia machista ejercida contra una mujer y que es tu madre a la vez. Yo estoy, la verdad, entre indignada y perpleja por cómo se está gestionando desde el punto de vista de los poderes públicos.
¿Por qué se siguen dando visitas y custodias a maltratadores? ¿Qué está ocurriendo?
A la vez que ha avanzado la legislación, en la práctica, seguimos actuando en base a prejuicios y el prejuicio de que un padre es un padre, pase lo que pase, que el rol del padre es fundamental y la vinculación siempre es beneficiosa, ese tipo de prejuicios están alimentados por el patriarcado, no me cabe duda de que no es un prejuicio cualquiera. En una familia donde el paterfamilias ejerce esa relación de poder nada democrático, yo decido esto, lo otro y lo impongo sea como sea, incluida la violencia, ese enfoque patriarcal se da de bruces con el enfoque de Derechos Humanos. Creo que es muy importante aquí plantear que estamos hablando de los derechos humanos de una persona menor de edad y esos derechos tienen que estar salvaguardados y garantizados por encima de cualquier otra cosa, incluida la relación con el propio padre. Esto me parece esencial y es de cajón, pero evidentemente el enfoque paternalista, familiarista, no lo entiende porque de alguna manera desmonta esos resortes de poder y pone en el mismo plano de relación a todas las figuras en la familia.
¿Qué supone para una madre tener que entregar a su hijo o hija a un maltratador sabiendo que tiene miedo, que corre peligro?
Es violencia. Cuando hablamos de violencia vicaria también es esto. El decir no he podido proteger, no he podido elegir lo mejor para mi hijo. Juana Rivas trató por todos los medios y utilizó todos los resortes jurídicos a su alcance para no verse obligada a devolver a su hijo al padre del cuál el propio hijo está diciendo que le maltrata, que tiene miedo, se le va a colocar en riesgo. Existen casos anteriores donde se cruzaba la variable violencia y donde los niños y niñas ya habían comunicado que tenían miedo. Estoy hablando del caso que fue sujeto de un dictamen de Naciones Unidas, que es el caso de Ángela González Carreño. Su hija, Andrea, antes de que se permitiesen las visitas sin vigilancia, ya habló de que tenía miedo al padre. Las visitas se produjeron y el padre asesinó a Andrea. Es evidente que como Estado ya tenemos una experiencia de los riesgos que puede implicar desproteger a un menor de edad. No nos lo podemos permitir de nuevo. Para una madre supone un acto de violencia institucional extremo porque está claro que el maltratador ejerce violencia, ataca donde más le duele a la madre, que es a través de los hijos e hijas, pero eso es una violencia vicaria, interpersonal, pero luego también está la violencia institucional que supone que no se le ponga coto y no se proteja al niño o a la niña. Creo que es muy importante que separemos la propia violencia del padre hacia la madre de la del hijo. Es decir, el hijo es víctima a título propio.
¿Es casualidad que estemos hablando de Juana Rivas cuando acaba un año en el que hemos tenido un récord de víctimas mortales por violencia vicaria?
Juana Rivas es el caso más visible y mediático que hemos tenido de desprotección de niños y niñas víctimas de violencia de género, pero hay muchas más Juanas Rivas en España. Conozco a muchas madres que están tratando de proteger a sus hijos e hijas, que están en situaciones de gravísima victimización a manos de sus padres. Efectivamente se ha desarrollado la normativa, están avanzando algunos planteamientos judiciales, pero muy poquito a poco. Sin embargo, el día a día y la práctica habitual, sigue siendo esa brecha inmensa entre lo que son los derechos de esos niños y niñas y su realidad y las resoluciones judiciales o administrativas en casos similares. No es casualidad. Siempre digo que los feminicidios son la punta del iceberg de la violencia machista que sufrimos las mujeres y la violencia vicaria con resultado de asesinato es la punta del iceberg de la desprotección de los niños y niñas a manos de sus padres o del entorno familiar. Es un ámbito donde el derecho y la sociedad democrática tienen que entrar, no son asuntos privados, son asuntos que absolutamente conciernen a una sociedad como la nuestra. Debemos entrar, deben entrar las leyes, las decisiones judiciales valientes y que garanticen los derechos de los niños y las niñas. Mientras esto no se haga o sea la excepción, lamentablemente, seguiremos teniendo que hablar de múltiples víctimas, incluidas las víctimas de la violencia más extrema, que es el asesinato por violencia vicaria.