Tras haber cumplido mis bodas de Plata, con el matrimonio que tan ilusionantemente inicié hace años ya, nuestra relación se ha ido deteriorando, hasta el punto de que, a día de la fecha, la llama del amor está prácticamente extinguida.
Este preámbulo podría confundirles, y entender que me estoy refiriendo a mi relación de pareja (o de cualesquiera parejas ahora en España, en una época en la cual, más de la mitad de las mismas se divorcia), pero nada más lejos de la realidad.
La relación a la que me estoy refiriendo tiene que ver con el apasionante mundo de la JUSTICIA, al que me uní, como decía antes, hace 25 años, en la creencia de que podía cambiar el mundo, en la creencia de que la verdad siempre iba a imponerse frente a la mentira y en la creencia de que “los buenos siempre ganan”, creencia que cada día, con más frecuencia, va diluyéndose, sobre todo con los asuntos que defiendo que versan en torno a la violencia de género.
No paramos de oír en las noticias “la facilidad que tenemos las mujeres para conseguir nuestros fines espurios, con la simple interposición de una denuncia por malos tratos- psicológicos, físicos, económicos” y cómo “lo tenemos todo hecho, al llegar al Juzgado de violencia”, pero la realidad es bien diferente.
El primer obstáculo con el que nos encontramos es el de que los Juzgados de Violencia sobre la mujer están sumamente masificados y totalmente saturados.
Las víctimas se hacinan en las “salas de víctimas” (de espacio reducido y sin ventanas, la mayor parte de ellas), esperando su turno para ser llamadas a declarar, entre el estupor y la incertidumbre de no saber si, horas después, van a tener que volver a casa con su presunto maltratador, mientras que los mismos, recorren a sus anchas los pasillos del juzgado (mucho más amplios y ventilados), repasando mentalmente su versión de los hechos, totalmente impostada, la mayoría de los casos.
Las mujeres, tras este primer “golpe de suerte” – estar encerradas en una habitación, lejos de sus maltratadores, gracias a esta ventajosa Ley-, salen del encierro para declarar, en mitad de la secretaría del juzgado (con todos los oficiales trabajando, los abogados entrando y saliendo de la secretaría, otras víctimas o sus presuntos agresores prestando igualmente declaración al lado de ellas), cómo su pareja o expareja le había golpeado/machado/acosado o le había hecho cosas mucho peores.
Esta es la realidad con la que se tienen que enfrentar a diario, las mujeres que residen fuera Madrid capital (en los Juzgados de Madrid capital, esta tendencia, afortunadamente, es ya residual).
Tras esta primera declaración, si la mujer tiene la suerte de que el Juez que le ha escuchado, cree firmemente que está contando la verdad ( y es importante recalcar que, al contrario de lo que igualmente se difunde, la mujer tiene que probar de manera fehaciente – aunque no tendría por qué hacerlo en esta fase del proceso- que lo que está contando se ajusta a la realidad), se abre la fase de investigación que se eterniza en las sedes judiciales, en cuanto pides alguna diligencia de prueba pericial, testifical o documental que no pueda ser aportado por el propio Letrado.
Los equipos psicosociales no dan abasto y un informe se demora, en algunos juzgados, más de dos años. Las declaraciones testificales tardan siglos en practicarse, porque no se produce ni la más mínima diligencia para localizar al testigo, o el mismo desatiende el llamamiento judicial (impunemente) o simplemente, el oficial encargado de librar la citación, está en una de sus interminables y usuales bajas ( que, por supuesto, no son cubiertas por ninguna otra persona). Y si de documental se trata, y es otro juzgado de otra sede judicial quien tiene que proporcionarla – y no digamos, si son documentos de Juzgados extranjeros-, no hay paciencia suficiente para soportar que la misma llegue al órgano que la ha solicitado.
Y después de todo lo anterior y, tras años de fase de investigación, si existen pruebas ( que no indicios racionales de criminalidad, como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal) contra el presunto maltratador, el Juzgado traslada al fiscal y acusación particular los autos, para realizar el escrito de calificación provisional, lo que fiscalía demora meses ( los abogados , a pesar de tener el mismo tratamiento en nuestras leyes que los fiscales, tenemos el improrrogable plazo de 10 días naturales para formalizar el escrito; no así los fiscales, que a pesar de que el plazo es el mismo, lo estiran cual chicle , el tiempo que les viene en gana). Tras ello, si el Juzgado estima oportuno, dicta Auto de apertura de Juicio Oral ( por fin se ve la luz al final del túnel), dándose traslado a la defensa, para que en el plazo de diez días naturales, realice su pertinente escrito y seamos citados a Juicio Oral ( con suerte, otro año después).
Este es un retazo de realidad, con el que día a día, los abogados tenemos que enfrentarnos. Ni la Justicia es rápida y eficaz, ni los buenos siempre ganan ni mucho menos, la verdad se impone a la mentira.