Aviso a los youtubers machistas: el lenguaje agresivo es también delito

La sentencia del Supremo que da la razón a Yolanda Domínguez abre la puerta a que se pueda definir como "violencia contra las mujeres" permitir ataques en tu canal

Montaje de Un Tío Blanco Hetero y Roma Gallardo

El Supremo plantea que no borrar las amenazas de tus seguidores pueda considerarse violencia KiloyCuarto

Gritan, gesticulan, hacen aspavientos, insultan, denigran, señalan a las mujeres y con especial inquina a las feministas. Así se comportan determinados creadores de contenido que con sus tesis y ademanes exagerados consiguen movilizar a sus seguidores para atacar a determinadas mujeres. Son muchas las divulgadoras que han tenido que abandonar las redes sociales ante los ataques colectivos y organizados de determinados usuarios que han logrado minar sus fuerzas y sus ganas de exponerse de forma pública. De hecho, el 80 por ciento de las mujeres ha sufrido algún tipo de violencia digital y a más de la mitad le ha pasado factura a su salud mental.

Muchas resisten pagando un precio bastante alto simplemente por exponer y defender sus ideas en el ámbito público y otras, como Yolanda Domínguez, artista visual y colaboradora de Artículo14, luchan los derechos de todas en los tribunales. El pasado lunes, el Tribunal Supremo desestimó la demanda que Sergio Candanedo, conocido como “Un Tío Blanco Hetero” (UTBH) le puso a Domínguez por llamarle troll, machista y acusarle de ejercer violencia contra las mujeres.

La artista y escritora no se refería a que el youtuber hubiese ejercido violencia física contra ella, pero sí que la había alentado y permitido de alguna manera. De hecho, tuvo que soportar insultos y amenazas del tipo: “Hay que matar a Yolanda Domínguez”, “Yo opino que hay que prenderla fuego en una plaza pública, así escarmientan todas”, “Qué ganas de darle una torta en la cara a la tal Yolanda”, “Pártele la cara”“Feminista buena, feminista muerta”, entre otros exabruptos.

Candanedo se amparaba en que él no había realizado los insultos y amenazas y que, por tanto, no se le podía hacer responsable de la violencia de sus seguidores, pero alto tribunal le ha corregido. En la sentencia le recuerda que las plataformas poseen herramientas para borrar y censurar estos delitos en forma de comentarios y que no hacerlo podría llegar a considerarse como un ejercicio de violencia.

El Supremo ha sido “prudente”

También valora el Supremo su actitud durante sus directos y sus tweets. Así, le define como “un youtuber especialmente crítico, incluso despectivo, con mujeres activas en el movimiento feminista, que protagoniza vídeos en los que muestra un aspecto y un lenguaje corporal agresivo, y publicaba tuits con contenidos agresivos e incluso insultantes”. Lo que unido a no borrar las amenazas permiten a Domínguez definirle como troll, machista y asegurar que ejerce violencia contra las mujeres.

Laia Serra, la abogada que ha llevado el caso de Domínguez, cree que la sentencia abre la puerta a que “las conductas de esas características”, permitan a otra mujer definir así “a otro youtuber con una base fáctica suficiente como para catalogarlo de esta manera“. Cree que el alto tribunal “ha sido muy prudente” para no calificar la actitud de Candanedo como violencia. “Lo ha nombrado, pero colocándolo en boca de Domínguez, pero lo ha nombrado y habla de que existe una violencia digital, cosa que todavía no había sucedido“, apunta.

El machismo organizado busca precedentes jurídicos

Serra considera que “estamos hablando en un momento de cambio de paradigma legal en todo lo que tiene que ver con las violencias digitales, no solo respecto a las de género”. Y recuerda que “lo importante es que alguien que critica a las feministas, que gesticula de manera violenta, que tiene un lenguaje agresivo y que no borra las amenazas de su canal tienen una actitud contrastada como para que Domínguez pueda decir que es violento con las mujeres“.

Serra opina que “el machismo organizado busca titulares y  precedentes jurídicos que de alguna manera den cobertura a sus a sus mandatos políticos. Al final lo que quería UTBH con este proceso es que ninguna mujer pudiera llamar violento a un hombre si no había una condena penal por violencia de género y eso es una barbaridad. Querían restringir el amplio concepto de violencia de género y el margen de acción para la denuncia pública de las mujeres, de todas las formas de violencia que enfrentan. O sea, nos jugábamos mucho en este procedimiento”, explica.

Serra presentará en junio una guía para luchar contra la litigación abusiva

Serra, que el 25 de junio presentará en Madrid una guía de estrategias de defensa de activistas criminalizados indebidamente, recuerda la litigación abusiva en el terreno de las cuestiones de género.  Un fenómeno, también denominado SLAPP (strategic lawsuits againts públic participation) y que tiene por objetivo amordazar la participación social y la crítica política.

“Sobre este fenómeno tan pernicioso para la Democracia, se está tramitando una propuesta de Directiva europea, que, entre otras, apela a los Tribunales a neutralizar estas acciones desde del inicio y a que sepan deslindar la difamación de la acción de denuncia pública”, recuerda.

“El dilatado recorrido judicial, da cuenta del esfuerzo que deben realizar las personas para defender sus derechos ante los Tribunales, recorriendo un camino desgastante y que frecuentemente sería inviable sin el apoyo colectivo. Yolanda Domínguez ha seguido este recorrido legal, consciente de que este caso ofrecía la oportunidad no sólo de defender sus derechos y de denunciar las estrategias del machismo organizado, sino de obtener un pronunciamiento judicial que visibilizara el fenómeno de la litigación abusiva, que permitiera avanzar en el reconocimiento de las diferentes violencias de género y en la interpretación de la libertad de expresión en el ámbito digital”, finaliza Serra.

 

TAGS DE ESTA NOTICIA