Una vez más está dando mucho que hablar la Ordenanza de Movilidad Sostenible que Madrid lleva intentando implementar en los últimos años. En los que poco a poco se ha ido poniendo en el punto de mira a los vehículos más contaminantes de la ciudad. Primero con las Zonas de Bajas Emisiones específicas en la zona centro y en los alrededores de Plaza Elíptica, después la M-30, la M-40, y poco a poco creciendo aún más. Pero eso no es todo, porque los planes del consistorio de José Luis Martínez-Almeida quieren que se de un paso más en estas restricciones.
Los cambios en las restricciones a partir del 1 de enero de 2025
La llegada de estas medidas del Ayuntamiento de Madrid se produjo el 1 de enero de 2022, aunque es cierto que la gran mayoría de ellas fueron retrasándose y poniendo pequeñas moratorias que retrasase la llegada de las citadas medidas, pero eso se ha acabado y ahora es el momento de que lleguen, ya que por el momento no hay confirmado que la novedad que entra en vigor el próximo 1 de enero se vaya a posponer. Y tendrán poco tiempo para reaccionar, puesto que solo quedan cuatro meses para llegar a la fecha.
La Disposición transitoria primera de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid indica que a partir del 1 de enero de 2025 ningún vehículo sin etiqueta medioambiental de la DGT (categoría A) podrá acceder a las calles de la capital.
Y esto afectará de lleno a los vecinos que están empadronados en Madrid y que tengan registrado sus vehículos personales en la capital. Ya que hasta ahora la restricción estaba ya vigente para los conductores que no residieran en Madrid, pero pronto se extenderá a todos los madrileños.
Tan solo estarán autorizados a circular por las calles de Madrid los siguientes vehículos que no tengan etiqueta, siendo las únicas excepciones:
- Aquellos “especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida”.
- Los vehículos con la consideración de ‘históricos’, confirme a la normativa vigente.
- Los vehículos de emergencias, dedicados a la extinción de incendios y los de las Fuerzas Armadas.
AEA pide una moratoria
Según los datos analizados por Automovilistas Europeos Asociados (AEA), esta medida afectará a un tercio de los vecinos de la capital y a 2 de cada 3 vehículos del parque automovilístico madrileño, además, están incluidos entre los afectados aquellos que «cumplen escrupulosamente con la normativa de emisiones de gases y pagan el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en el propio Ayuntamiento de Madrid».
Según el mismo organismo, están afectados hasta un total de 1,2 millones de vehículos, los cuales no podrán ni circular ni siquiera permanecer estacionados en las calles de Madrid. «La normativa municipal no cumple con el principio de proporcionalidad al que debe vincularse la actividad administrativa restrictiva de derechos», explica la misma AEA.
Pero al ayuntamiento se le puede echar encima su propia ordenanza, ya que está previsto, según los cálculos, que pierda perderá unos ingresos de cerca de 32 millones de euros en concepto del IVTM, el impuesto de circulación. Y esto se debe a que «no se pueden cobrar impuestos sobre vehículos que no pueden circular por Madrid, aunque sigan dados de alta en Tráfico, conforme establece al Art. 6 de la Ley de Haciendas Locales».
Para evitar este caos, la AEA solicita una moratoria de al menos 2 años, la exención fiscal de los vehículos registrados en Madrid que no estén autorizados para circular por la capital y que se refuerce la señalización de acceso a las ZBE.