Protección de menores

Del grooming a las deepfake: stop al ciberacoso

El proyecto de Ley Orgánica para la Protección de Menores en Entornos Digitales, que fue validado ayer en el Consejo de Ministros, genera dudas entre algunos expertos que cuestionan la necesidad de nuevas normativas cuando aún no se han aplicado las ya vigentes

Las redes sociales son un refugio para millones de adolescentes, pero también un peligroso campo de minas donde, con demasiada frecuencia, se falsifica la identidad para acercarse a menores, se generan vídeos pornográficos mediante inteligencia artificial a partir de sus fotografías, se acosa impunemente o se suplanta su identidad para humillar, vengarse o coaccionar. Para hacer frente a estas amenazas, el proyecto de Ley Orgánica para la Protección de Menores en Entornos Digitales, que fue validado ayer en el Consejo de Ministros y se tramitará en el Congreso, busca reforzar la seguridad de los menores en el ámbito digital. En el texto, que ya fue aprobado en primera vuelta en junio de 2024, han trabajado cinco ministerios (Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Transformación Digital, Juventud e Infancia, Igualdad, Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030).

Sin embargo, algunos expertos cuestionan la necesidad de nuevas normativas cuando aún no se han aplicado las ya vigentes. “Yo lo que me pregunto, como jurista, es por qué no se aplican las leyes ya aprobadas, como la Ley General de Comunicación Audiovisual, que se aprobó en julio de 2022 y todavía no se ha puesto en marcha”, señala Borja Adsuara, doctor en Filosofía del Derecho y experto en regulación digital. “Hacer más leyes y más leyes… si será por leyes. Ya tenemos muchas leyes donde se imponen obligaciones a las plataformas para proteger a los menores, lo que pasa es que no se aplican o no se dotan de medios”, añade.

Para entenderla, aquí, las claves de esta nueva legislación, que define como “crucial” la protección de los menores en el mundo digital por “los riesgos y perjuicios” que el uso de móviles y otros dispositivos conlleva.

Ciberacoso y Grooming

El grooming es un delito sexual en el que un adulto, con una identidad falsa o usurpada, se hace pasar por adolescente para contactar con menores a través de redes sociales. Utilizando técnicas de persuasión y manipulación, logra ganarse su confianza hasta conseguir que le envíen imágenes o vídeos de contenido sexual.

La nueva normativa agrava los delitos recogidos en los artículos 181, 182, 183, 185, 186, 188 y 189 del Código Penal. Sin embargo, Adsuara señala que no se trata de una novedad: “El delito del grooming ya existía en el Código Penal. Lo único que han introducido es el agravante de que te hagas pasar por un menor de edad para corromper a otros menores”.

Los deepfake o ultrafalsificaciones

Las ultrafalsificaciones (deepfakes) son imágenes, vídeos o audios manipulados con tecnología avanzada, como inteligencia artificial, que resultan extremadamente realistas.

Con esta ley, se incorporará un nuevo artículo, el 173 bis, en el Código Penal. Las penas de prisión serán de uno a dos años para quienes, “sin autorización de la persona afectada y con ánimo de menoscabar su integridad moral, difundan, exhiban o cedan su imagen corporal o audio de voz generada, modificada o recreada mediante sistemas automatizados, software, algoritmos, inteligencia artificial o cualquier otra tecnología, de modo que parezca real, simulando situaciones de contenido sexual o gravemente vejatorias”.

Adsuara cuestiona el enfoque de esta medida: “Han metido en una ley de protección de menores, realmente, los deepfakes porno de mayores. Porque la pornografía infantil virtual ya estaba en el Código Penal desde 2015”.

Los 16 años como edad mínima para redes sociales

La nueva ley eleva de 14 a 16 años la edad mínima para registrarse en redes sociales, alineándola con la edad de consentimiento para el tratamiento de datos personales establecida en la Ley de Protección de Datos.

Uno de los principales retos en esta regulación es la verificación de edad. Para ello, se modifica el artículo 89 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, obligando a las plataformas de intercambio de vídeos a establecer sistemas de verificación de edad que impidan el acceso de menores a contenidos perjudiciales, como violencia extrema o pornografía.

En este sentido, Adsuara destaca la importancia del Reglamento de Identidad Digital Europea: “Lo bueno de la cartera digital europea es que es muy respetuosa con la privacidad. Solo certifica el dato que requiere el contenido o el servicio”.

Falta de sanciones en la nueva ley

Otro aspecto que genera dudas es la falta de un régimen sancionador claro. “Para mí una ley es cuando tiene un régimen sancionador. Imponen unas obligaciones y, si no se cumplen, entonces cometes una infracción y eso tiene una sanción. Todo lo que no sea una infracción con sanción, para mí no es ley, es simplemente un plan de cosas que quiere hacer el Gobierno”, argumenta Adsuara.

Responsabilidad de los padres en la protección de los menores

Más allá de la acción del Gobierno y de las plataformas tecnológicas, Adsuara señala que los padres también deben asumir su responsabilidad: “El Gobierno tiene que hacer sus deberes, las plataformas tecnológicas tienen que hacer sus deberes y los padres tienen que hacer sus deberes”. Cuestiona la actitud de algunos progenitores ante el uso de la tecnología por parte de sus hijos: ”¿Cuántos padres no abandonan a sus hijos en el entorno digital? Donde además puede haber más riesgos que en el entorno físico”.

Además, plantea una reflexión sobre la demanda de ciertas restricciones estatales: “La pregunta es: ¿por qué hay algunos padres que piden al Estado que limiten el uso de los móviles que ellos mismos han regalado a sus hijos?”. Por ello, insiste en que la protección de los menores en el ámbito digital no puede recaer exclusivamente en el Estado y las plataformas: “Usted también tendrá que hacer algo. Yo no digo que no tengan que hacer las plataformas y el Gobierno, pero usted también tendrá que hacer algo, que son los principales responsables de sus hijos”, concluye.

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