¿Cuánto subirá el Ingreso Mínimo Vital en 2025?

El Ingreso Mínimo Vital es el salvavidas de muchas personas que sobreviven por debajo del umbral de la pobreza, y de cara al año que viene (2025) se espera que suba en un porcentaje elevado

En España no son pocas las personas que necesitan el IMV para poder suplir sus necesidad básicas

El año 2025 va a ser muy importante para la economía española, pues se van a vivir muchos cambios que van a tratar de mejorar la vida de las personas que más necesidades tienen. Y en ese sentido, uno de los aspectos más importantes a tratar es el de la pobreza, puesto que pese a no ser España ni mucho menos un país pobre, si que hay un gran número de personas que sobrevive día a día con unos ingresos que le hacen colocarse por debajo del umbral de pobreza. Y en ese sentido se estableció el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2020, una ayuda cuyo objetivo es proporcionar un nivel básico de ingresos a personas y familias en situación de vulnerabilidad económica.

No es algo fijo, puesto que su cuantía se calcula restando los ingresos del beneficiario o de su unidad de convivencia de la renta garantizada establecida por ley.  Por ello, solo pueden acceder a esta prestación aquellos cuyos ingresos sean inferiores a este umbral económico. En el caso de las unidades familiares, se tiene en cuenta el total de ingresos de todos sus miembros. Además, cuál sueldo, está definido como una cantidad anual que se divide en 12 mensualidades, y necesitaba un ajuste que va a tener. Para 2024, se incrementó en un 6,9%, y de cara al año que viene va a recibir otro importante aumento.

El Ingreso Mínimo Vital es una realidad para muchas personas en España

La subida del Ingreso Mínimo Vital

Este Ingreso Mínimo Vital se ha convertido en una triste realidad, pero que para quienes la reciben puede ser un salvavidas que haga su vida mucho más fácil y sencilla, al punto de que les va a permitir estar en una situación mucho más sólida a nivel económico. Por eso, este Ingreso Mínimo Vital se define como “una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades esenciales”.

Se configura como derecho subjetivo a una prestación económica, que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social, y garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.  Persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias. Opera como una red de protección dirigida a permitir el tránsito desde una situación de exclusión a una participación en la sociedad. Contendrá para ello en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones.

Además, siendo una pensión no contributiva se revalorizará en más de un 6% de cara a 2025, por lo que teniendo en cuenta las cantidades que se pueden cobrar. Para un beneficiario individual: el 100 por 100 del importe anual de las pensiones no contributivas dividido entre doce. En 2024 son 604,21 euros. Esta cantidad se incrementa un 22 por 100 si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.

Los importes del IMV

Para la unidad de convivencia la cuantía anterior incrementada en un 30 por 100 por miembro adicional a partir del segundo, con un máximo del 220 por 100. Pese a que no hay cifras oficiales para el 2025, el IMV podría experimentar un aumento significativo del 14,1% en comparación con el 2024, en el que los importes son los siguientes:

  • 785,48 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y un menor o dos adultos.
  • 966,74 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos.
  • 148,01 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos.
  • 329,27 euros para una unidad de convivencia formada por un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor.