Tribuna

Ruptura del modelo constitucional

El nuevo modelo pactado entre el PSOE y ERC rompe directamente el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, fundamentado en las disposiciones de igualdad y solidaridad constitucionalmente establecida

Un visitante toma imágenes ante "Llençol amb signatures" (1974), una de las obras, que pueden verse en el Museo de Historia de Cataluña. EFE/ Marta Pérez

Con absoluto desconocimiento de teoría constitucional y con absoluto cinismo, el Presidente del Gobierno se ha declarado totalmente satisfecho del acuerdo habido con ERC porque, según él, se trata de un acuerdo solidario que constituye un avance hacia la federalización de España.

Un acuerdo, cuyo eje más significativo, aunque no es el único, consiste en romper el modelo de financiación autonómico para que Cataluña tenga un régimen singular en el que pueda recaudar todos los impuestos, tener una Agencia tributaria propia y asimilarse, factualmente, al régimen especial del País Vasco o Navarra que son los dos únicos regímenes especiales previstos por la Constitución.

El tema ya se planteó en la asamblea constituyente y se decidió, tras consultas específicas a los nacionalistas catalanes, que Cataluña se insertaría en el régimen general, que tendría que ser regulado mediante una Ley Orgánica, la LOFCA, prevista por el art. 157 3 CE. De modo que aquello que la constituyente rechazó, del mismo modo que ha sucedido con la amnistía, ha entrado por la puerta de atrás, mediante un acuerdo con uno de los partidos golpistas, para comprar, otra vez, una investidura, la del Sr. Illa como Presidente de la Generalitat.

La Constitución configura la financiación de las Comunidades Autónomas en torno a una serie de principios: autonomía y solidaridad (art. 2), prohibición de privilegios sociales o económicos (art. 138.2), igualdad de derechos y obligaciones de todos los españoles en cualquier parte del territorio del Estado (art. 139.1) y prohibición de impedir o dificultar la libre circulación de personas y bienes en todo el territorio español (art. 139.2). La autonomía no se puede compatibilizar con la “soberanía fiscal” como pretende el secesionismo, puesto que se inserta como elemento de integración en un sistema en el que las partes no son soberanas, ya que lo es el todo, el pueblo español (en España desde la Constitución de 1812) tal como dispone el art. 1.2 CE.

A estos principios se añaden que no se admite la federación de Comunidades Autónomas, aunque sí la colaboración (art. 145) y la reserva en exclusiva para el Estado de la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales (art. 149.1.1ª). Por ello acordar privilegios fiscales, que se van a concretar, según reza el acuerdo PSOE-ERC, en privilegios sociales y económicos, amén de políticos, al considerarse como un paso seguro hacia esa inaccesible independencia, no es compatible con la necesaria igualdad en el ejercicio de derechos y deberes establecida por la Constitución.

La Constitución también dispone que la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas, dirigida al desarrollo y ejecución de sus competencias, se ejercerá con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda estatal y la solidaridad entre todos los españoles (art. 156.1). Este es un artículo clave para la definición del sistema de financiación. Comporta varios elementos configuradores:

  • Inserción en el marco de las competencias constitucionalmente reconocidas
  • Coordinación con la Hacienda estatal
  • Solidaridad interterritorial.

Es en este marco que se ha adoptado la LOFCA, sujeta a criterios de revisión temporal, cuya última adaptación se ha realizado hace más de 10 años. Pues bien, lejos de respetar estos principios, el Acuerdo PSOE-ERC para investir a Salvador Illa directamente afirma que no se trata de adecuar o reformar la LOFCA, sino de establecer un nuevo modelo, fundamentado en un nuevo paradigma basado en la singularidad y en la bilateralidad.

También podríamos citar el art. 14 CE, regulador de la igualdad ante la ley y que prohíbe cualquier tipo de discriminación, aunque en este caso se trata de la igualdad como derecho fundamental, aplicable a las personas físicas y/o jurídicas, que puede incidir en la igualdad de derechos en cualquier parte del territorio aunque no se le puede considerar como eje de configuración del sistema de financiación autonómica.

Este nuevo modelo, el pactado entre el PSOE y ERC, rompe directamente el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas, fundamentado en las disposiciones de igualdad y solidaridad constitucionalmente establecidas. La igualdad y la solidaridad interterritorial quiebran profundamente cuando el criterio establecido para organizar el nuevo modelo se basa en la singularidad y en la bilateralidad.

No es la primera vez que se ha puesto sobre la mesa tal cuestión. Ya fue Artur Mas quien lo planteó al entonces Presidente del Gobierno Mariano Rajoy, bajo el relato de “España nos roba”, que justificaría una singularidad restablecedora para romper la “discriminación” que afirmaba que sufría Cataluña. La negativa de Mariano Rajoy fue determinante para hacer visible, ya sin eufemismos, el denominado “procés” hacia la independencia que tuvo su punto álgido en 2017, con las denominadas “Leyes de desconexión”, el pseudorreferéndum del 1 de octubre y la efímera declaración de independencia, arropadas por una kale borroka de distintas intensidades según el momento que se tratara.

Pues bien, actualmente, para conseguir la investidura de Salvador Illa como Presidente de la Generalitat, el PSOE, impulsado directamente por el Presidente del Gobierno Pedro Sánchez, acuerda con ERC romper el modelo de financiación autonómica (entre otras cosas que no se abordan en este comentario, pero que también serían de interesante tratamiento por lo que significan).

La igualdad, no discriminación y solidaridad, que son las coordenadas constitucionales en las que se tiene que basar el modelo de financiación (salvo la excepción, poco justificada actualmente y que es puesta cada vez más en entredicho por la evolución de la solidaridad fiscal en el marco de la UE), desaparecen como pilares del Estado social y democrático de Derecho que constituye el frontispicio de nuestro modelo constitucional. Si es que realmente se quiere instaurar ese nuevo modelo contrario a la igualdad, insolidario y generador de discriminaciones, es imprescindible que se reforme la Constitución conforme a los procedimientos que se establecen en ella.

Pedro Sánchez está intentando vendernos un relato federalizante de este Acuerdo que no se corresponde de ningún modo con la naturaleza de un Estado federal, sino que, por la forma en que se ha producido y por su contenido, está dirigido a instaurar una confederación de facto.

El Acuerdo es anticonstitucional y es la antítesis de todo modelo federal actual, como sería el de los Estados Unidos o el de Alemania, basados en el federalismo cooperativo, en el que la colaboración y coordinación entre la Federación y los entes federados, así como entre los entes federados entre sí, es inescindible del modelo. En ninguno de estos países sería considerado ni federal ni constitucional que un ente federado llegara a un acuerdo con la Federación que rompiera la solidaridad, la igualdad de derechos o los principios básicos de la cooperación federal. Aunque esto sería largo de explicar y, tras señalarlo, lo dejo para otra ocasión.

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