¿Puede el Supremo cesar al Fiscal General del Estado?

La Asociación independiente de fiscales solicita al Supremo “suspender provisionalmente de empleo” a García Ortiz. El Alto Tribunal interpreta que esa competencia es del Consejo de Ministros

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. EFE/Cabalar

Dos de las tres asociaciones de fiscales pidieron expresamente a Álvaro García Ortiz que dimitiera tras su imputación. La parte de la carrera fiscal de inclinación conservadora considera incompatible que siga ostentando el cargo mientras el Tribunal Supremo lo investiga por una presunta revelación de secretos. Y, este jueves, la Asociación independiente de fiscales dio un paso más. Mediante un escrito pidieron al juez Ángel Luis Hurtado que “suspenda provisionalmente” a García Ortiz y a Pilar Rodríguez, fiscal jefe de Madrid, también imputada por el mismo delito y los mismos hechos.

En el escrito, la Apif menciona la ley del poder judicial y el Reglamento del Ministerio fiscal para sostener su argumentación. Entienden que a “ambos se les investiga por un delito cometido en el ejercicio de sus funciones, ya que habrían revelado unos secretos que conocieron precisamente por razón de su cargo” y, por tanto, no pueden mantener su puesto.

Por otro lado, interpretan que es contradictorio que García Ortiz siga siendo el jefe del fiscal designado en la causa contra él mismo: “Si D. Álvaro García Ortiz continuara siendo fiscal general del Estado durante el transcurso del procedimiento, él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir en la causa y en calidad de tal podría impartirle órdenes (…) actuaría al servicio del propio investigado/acusado”. También subrayan desde la Apif la paradoja que supone que “el juez instructor estuviera legitimado para adoptar medidas cautelares tan contundentes como la prisión provisional pero no para suspender provisionalmente de empleo a un funcionario investigado”.

En el Supremo, relevantes fuentes consultadas por Artículo14 opinan que un juez instructor no puede suspender a García Ortiz: “Solo el Consejo de Ministros tiene potestad para cesar al fiscal general puesto que el estatuto orgánico del ministerio fiscal le atribuye esta competencia”, razonan.

Registro de despachos

La solicitud llega justo un día después de que la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil entrara en los despachos de García Ortiz y de Rodríguez para incautarse de todos los dispositivos electrónicos. Fue la primera diligencia que ordenó Hurtado en la instrucción. Los agentes estuvieron once horas recabando información. El juez trata de dilucidar quién filtró la cadena de correos electrónicos mediante la cual la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, proponía un acuerdo de conformidad a la Fiscalía y reconocía haber cometido delitos contra la Hacienda Pública.

Desde la asociación progresista de jueces y juezas para la democracia consideran “desproporcionada” la orden de registro. En un comunicado invitan a reflexionar sobre que un delito menor, como consideran a la revelación de secretos, implique diligencias tan invasivas como el registro de un despacho: “Recordamos que en estos casos en que pueden verse involucrados derechos fundamentales ha de procurarse la menor afectación de los mismos si existen otras medidas que suponen menos injerencia, pero son igualmente útiles para el esclarecimiento de los hechos que son objeto de investigación”, explican desde la asociación de jueces.

Sin embargo, las fuentes del Supremo consultadas creen que es adecuado enviar a la Guardia Civil a registrar el despacho del fiscal general para descubrir al filtrador del caso: “Lo justifica que la pena pueda llegar a cuatro años de prisión y que se niegue por el investigado haber hecho la revelación. En todo caso, si verdaderamente no lo reveló él sino otro de los muchos que dicen que conocían de la existencia de la negociación con el abogado, le vendrá bien la diligencia de investigación”. Añaden además las fuentes que “hacer otra cosa por el instructor sería apostar porque termine sin saberse qué pasó. Son los únicos vestigios que no han desaparecido”.

La situación es inédita y no hay jurisprudencia en la que basarse. Por el momento, el juez ha decretado el secreto de las actuaciones durante un mes así que no podremos conocer nada de la investigación contra el fiscal general en las próximas semanas en las que García Ortiz, si nada cambia, seguirá al frente del Ministerio Público.

¿Por qué está imputado?

Toda la polémica proviene de los intentos del gabinete de la presidenta madrileña para desviar la atención y difundir en algunos medios de comunicación que la Fiscalía ofreció un acuerdo de conformidad con González Amador. El objetivo era lavar la imagen de la pareja de Ayuso, que está siendo investigada por fraude con Hacienda y falsedad documental. Pero la realidad era justo la contraria: el ofrecimiento del pacto vino por parte de González Amador a la Fiscalía y en la petición, la pareja de Ayuso reconocía sus delitos fiscales. Así lo publicaron algunas cabeceras al día siguiente. Y horas después, la Fiscalía emitió una nota de prensa donde se ratificaba esta información con un el hilo de mensajes en los que se detallaba la cronología de los hechos.

El abogado de González Amador consideró que la nota de prensa suponía una revelación de secretos porque en el contenido de la misma estaba el hilo de mensajes con información comprometida para González Amador. Por ello, interpuso una querella contra el fiscal general y la fiscal jefe de Madrid.

Sin embargo, en el auto de imputación del Supremo no se encontraron indicios de delito en la circular de prensa porque esa cadena de correos electrónicos ya había sido publicada por otros medios horas antes. “No hay información indebidamente revelada, ante el conocimiento público de los hechos”, reza el auto. Pero sí creyó relevante el Alto Tribunal investigar quién filtró ese hilo de mensajes previamente y si lo hizo García Ortiz porque, tras la propagación de estas comunicaciones “existe una carga de lesividad que afecta al posible perjuicio al derecho de defensa” de González Amador, según recoge el auto. Eso sí, a esos correos electrónicos tenían acceso decenas de personas en la Fiscalía.

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