El análisis

Por qué no se puede impedir que un menor de 16 años abra una cuenta en redes

La nueva normativa es voluntariosa pero encuentra en el derecho a la privacidad como principal escollo en una de sus medidas más ambiciosas

Tal y como adelantábamos en Artículo14, el Consejo de ministros ha aprobado este martes un nuevo anteproyecto de ley destinado a fortalecer la protección de los menores en el ámbito digital. Ha sido el propio Félix Bolaños, en calidad de ministro de la Presidencia, el encargado de presentar la iniciativa subrayando, en sus propias palabras, que “el objetivo de la ley es garantizar los derechos de los menores a la integridad, al honor y a la intimidad”.

España sigue así los pasos de otros países europeos que ya han implementado medidas similares para proteger a sus jóvenes ciudadanos de los perversos efectos de un uso inapropiado de Internet y de las Redes. De hecho, la propia Unión Europea aprobó recientemente una ley digital para proteger a los usuarios de corta edad, estableciendo directrices para garantizar entornos digitales seguros, evitar el ciberacoso, erradicar el acceso a contenidos inapropiados y proteger los datos personales de los muchachos. Poner en marcha esta necesaria iniciativa no deja de ser valiente, en una economía digital dominada por los intereses de corporaciones internacionales, entre ellas las llamadas “cinco grandes”.

Un comité de expertos: el fundamento del anteproyecto

Como en el caso reciente de Francia ante la insistencia de su presidente Macron, el anteproyecto español se basa en un informe elaborado por un comité de 50 expertos analizando el uso concreto de internet y la adopción de los dispositivos por parte de los menores.

En el país vecino, por ejemplo, concluyeron la necesaria prohibición del uso de móviles en las escuelas para alumnos menores de 15 años, e introducirán paulatinamente restricciones más estrictas. Definirán también, con la ayuda de ese grupo de experto, el contenido al que podrán acceder los menores y a través de que plataformas concretas. Detrás de los Pirineos los niños podrán usar teléfonos “tontos” hasta los 11 años y deberán esperar hasta los 13 para tener smartphones, conectados e inteligentes.

Otros países, como el Reino Unido o Alemania, llevan ya tiempo trabajando en regulaciones efectivas y realistas para mejorar la seguridad digital de sus balbuceantes compatriotas, incluyendo controles parentales más estrictos y la protección contra el peligroso bullying o ciberacoso.

Unas medidas necesarias

Las cifras son apabullantes. Las nuevas generaciones se han hecho con las nuevas tecnologías sin que nadie reparase en ello. Según Unicef, el 94,8% de los adolescentes dispone de un teléfono móvil y el 90,8% se conecta a través a Internet diariamente gracias a él. Lo hacen más de cinco horas al día durante los fines de semana y cerca de una tercera parte mantendría ese intensivo nivel de uso también entre semana.

Los jóvenes emplean el ámbito digital principalmente para comunicarse (84,1%) a través de redes sociales y mensajería, siendo TikTok, Instagram y WhatsApp sus referentes. Buscan información (83,6%) y ocio digital (79,9%). Algunos datos preliminares del informe de este comité de expertos recalcan que, en promedio, los niños tienen acceso a su primer teléfono móvil a los 11 años.

Este nuevo anteproyecto (y próxima ley) introduce medidas significativas para abordar los desafíos que enfrenta la actual educación de los niños en entornos virtuales, incluyendo la protección de su salud mental. Sin embargo, deja planear algunas dudas sobre su efectiva aplicación a nivel tecnológico, comercial e internacional. También sobre el control potencial de su uso en ámbitos privados y sobre el propio respaldo a las medidas de los progenitores.

Hasta los 16 años sin redes

Una de las claves de la nueva ley, y probablemente causa de un revuelo instantáneo entre los más jóvenes, será el aumento de la edad mínima para crear y usar una cuenta en redes. La edad mínima pasaría de los 14 años actuales a los 16 años. Bajo la premisa de que las redes requieren un cierto grado de criterio y de madurez intelectual, se enmarcará en una modificación de la propia Ley de Protección de Datos. Los padres, si lo consideran adecuado, podrán aceptar que sus progenituras puedan estar activos en redes sociales antes de los 16 añitos, siempre y cuando les otorguen una autorización por escrito.

La implementación de esta medida plantea ciertos retos y un primer escollo. Las propias plataformas liderando el ecosistema del social media tienen diferentes políticas internas de uso y privacidad. Por ejemplo, es necesario tener 13 años para disfrutar de los bailes de TikTok, de los memes de Twitter (X) y de los debates de gamers en Twitch o tener 14 años para poder empezar a Instagramear. Otro tema y más complejo aún si cabe, podría ser el control eficiente de la edad de un usuario cualquiera. No lo ha conseguido en años en sus webs, ni la perseguida industria de bebidas espirituosas.

El otro escollo podría ser el propio respaldo de los padres, deseando no oír más a sus hijos suplicándoles por tener su primer móvil. Internet se ha convertido también desgraciadamente en una forma de ocio barato para las miles de familia en el umbral de la pobreza.

Por fin, y no menos importante, ¿quién sería el garante de controlar que se aplica la ley en cada domicilio, siendo considerado como un entorno privado y de prohibido acceso?

El control parental pasa a ser obligatorio

Relacionado con la problemática anterior, este anteproyecto de ley también contempla la próxima obligación para los fabricantes de dispositivos, tanto de móviles, tabletas, Smart Tvs y ordenadores, de incorporar sistemas eficientes de controles parentales. Unos sistemas intuitivos que permitirían a los padres elegir ágilmente aplicaciones y contenidos aptos para sus hijos. Esta medida busca dar a los progenitores unas herramientas efectivas para gestionar el uso de la tecnología por parte de sus descendientes. En este caso se puede intuir que no será de inmediata implementación ya que significará una larga negociación con las corporaciones, ciertos plazos de vender los stocks para los fabricantes, una reinvención de los aparatos en algunos casos, una redefinición de su software o incluso la adaptación de sus lejanos procesos de producción.

Prevención de adicciones y revisiones pediátricas

Las adicciones digitales causan estragos también entre los niños. Países como China cuentan por millones los niños afectados por síndromes digitales. Fruto de la adicción a los juegos online o a una bulimia de redes sociales, cuentan con políticas y centros de “desintoxicación digital” desde hace años. Aquí también se prevé la creación de centros especializados en la materia y la realización de chequeos pediátricos específicos por parte del sistema de salud pública. Además, se contempla la coordinación con las Comunidades Autónomas para desarrollar una serie de campañas de sensibilización y formaciones concretas en materia de adicción. En este aspecto, podemos intuir que un sistema sanitario saturado no será suficiente y deberá contar con la vigilancia de los propios profesores y educadores.

Se prohibirán los Lootboxes

Otra medida importante será la inminente prohibición de los llamados lootboxes, unos mecanismos de recompensa aleatoria que existen en ciertos videojuegos y que afectan muy particularmente a la salud mental de los adolescentes. Presentes en juegos de éxito mundial como el que fue probablemente pionero en la materia, el FIFA, fomentarían comportamientos compulsivos de consumo y desencadenarían unas conductas patológicas como una potencial ludopatía.

De probable más fácil implementación por parte de las multinacionales anteriormente citadas, estos lootboxes no dejan de ser un gancho inherente, un modelo de atracción y un formato de retención de sus jugadores más jóvenes.

En paralelo a lo que hablábamos unos párrafos antes, la ley también busca a reforzar los sistemas de verificación de edad de estas plataformas para bloquear el acceso de menores a cualquier tipo de contenido inapropiado. El Ministerio de Transformación Digital diseñará una guía para que los propios proveedores de internet implementen sistemas de verificación eficaces. Se otorgará también a la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) la potestad de cesar toda actividad comercial de un canal o plataforma que no cumpla con la implementación de la verificación de edad.

Delitos de Deepfake y Grooming

Las enfermedades y riesgos digitales tienen todos nombres internacionales. Otra novedad es la penalización de los deepfakes que afecten a la integridad de los menores. La adopción masiva de la Inteligencia Artificial, y su facilidad de uso, ha puesto en manos de millones de personas la posibilidad de generar contenidos gráficos falsos. Pueden afectar a la carrera de una actriz de Hollywood, a la imagen del Papa vestido de rapero o la salud mental de un crio.

Lo habréis visto en la tele. Estas manipulaciones usando la inteligencia artificial para crear falsos videos o imágenes suelen tener una apariencia tan real como verdadera. El anteproyecto pretende castigar con penas disuasorias yendo hasta los dos años si afectan a la integridad moral de menores involucrados en simulacros sexuales. En este sentido los creadores de los deepfakes seguirán siendo los más complicados de rastrear ya que suelen tirar la piedra y esconder la mano. Los delincuentes en cuestión suelen publicar una imagen o vídeo falso, luego viralizarlo por el WhatsApp de una comunidad, extendiéndose a toda una ciudad, sabiendo que su autoría será de difícil trazabilidad.

Se endurecerán también las penas para el llamado grooming, condenando a los adultos que se hacen pasar por jóvenes en redes con el fin de establecer conexiones, engatusar y obtener contenido sexual de los menores.

Las órdenes de alejamiento también en los mundos virtuales

El anteproyecto contempla la integración de una nueva modalidad de orden de alejamiento en el Código Penal: la orden de alejamiento online. Nuestra sociedad es cada vez más digital que rige millones de contactos, comunicaciones y relaciones interpersonales. Esos mundos cibernéticos y sus comportamientos también deben ser regulados como lo fueron en su día las llamadas comerciales.

Este apartado del anteproyecto se centrará en combatir el bullying y la despiadada violencia de género también en entornos digitales. Más allá del ámbito físico, con esta medida se trata de impedir que los agresores puedan volver a contactar con sus víctimas a través de medios virtuales, evitar así situaciones de acoso y de violencias verbales.

De más fácil aplicación y seguimiento que las medidas anteriores -todas nuestras llamadas quedan registradas- es desde luego, una medida altamente esperada y necesaria.

Aprobación y fecha de entrada en vigor

Impulsado por la colaboración entre el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y distintos otros ministerios relevantes, el anteproyecto de ley fue aprobado en el Consejo de Ministros de este martes y deberá pasar una segunda aprobación antes de ser enviado al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria, probablemente después del verano.

La entrada en vigor de esta nueva ley “prioritaria” representaría un serio empujón por parte del gobierno español para adaptarse a uno de los mayores retos que supone la era digital, la “alfabetización digital” de nuestros niños, protegiéndoles y garantizándoles un correcto desarrollo cognitivo, así como un bienestar mental y social en unos entornos de aprendizaje cada vez más conectados y contaminados. En esta óptica el papel de las grandes corporaciones en esos grupos de experto y en la definición de las leyes deberían ser más relevantes ya que son “juez y parte” de estos cambios constantes.