La Audiencia de Sevilla ordena investigar la publicación de Alvise Pérez con una foto de la hija de Pedro Sánchez

Aprecia indicios de supuesto delito por posible revelación de secreto o vulneración de la intimidad

Imagen de Luis 'Alvise' Pérez Europa Press

La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha ordenado la “apertura de instrucción” de una denuncia de la Fiscalía por una posible revelación de secreto o vulneración de la intimidad a raíz una publicación del líder de Se Acabó la Fiesta y europarlamentario, Luis Alvise Pérez, en su canal de Telegram. Dicha publicación era una fotografía de la hija del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, obtenida de su perfil privado de Instagram.

En un auto emitido el pasado 9 de septiembre, y adelantado por El País, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación de la Fiscalía contra un auto emitido el pasado 24 de mayo por el Juzgado de Instrucción número 18, que ordenaba el sobreseimiento de una causa incoada por una denuncia del Ministerio Público. Dicha causa era relativa a la publicación de Alvise Pérez, del pasado 16 de noviembre, de una imagen de la hija del presidente del Gobierno.

Según denunciaba la Fiscalía, la imagen mostraba el rostro de la hija de Sánchez, pero después fue sustituida por otra imagen con un “emoticono” que tapaba la cara, incluyendo el comentario de que esta persona es la “hija de Pedro Sánchez, estudia en un centro privado en Inglaterra y la traen un par de veces al mes en vuelo privado. Socialistas pero van a centros extranjeros de 40.000 euros al año, viajes de avión incluidos. La hija no tiene culpa de la hipocresía de su padre el tirano, pero es prueba de ello y España lo debe saber”.

En su denuncia, la Fiscalía avisaba de que la imagen había sido tomada de una cuenta “privada” de la red social Instagram, “a la que no se tiene acceso en abierto”.

“Uso indebido” de la imagen

El juzgado ordenó el archivo de la causa considerando que aunque Alvise Pérez hizo “un uso indebido de la imagen durante tres minutos”, por lo que no habría trascendencia penal por la “casi inmediata rectificación” de la publicación y la condición de persona adulta de la aludida, así como la “nula afectación a su dignidad personal” al no mostrar “actitudes íntimas o reservadas”.

Pero ante el recurso de apelación de la Fiscalía, la Sección Séptima de la Audiencia señala que aunque se trata de una fotografía “aséptica”, la imagen, “unida a la información de su nombre y la filiación, con las características de ser hija del actual presidente del Gobierno, sí supone un dato que podría calificarse técnicamente de reservado de carácter personal”.

Para el tribunal, los hechos podrían encuadrarse en los puntos primero y tercero del artículo 197 del Código Penal, que castiga la revelación de secretos o vulneración de la intimidad de una persona sin su consentimiento.

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