El Supremo pide el suplicatorio de Ábalos al Congreso al apreciar indicios de cuatro delitos

El magistrado Puente señala que existen "elementos bastantes" para considerar que el exministro pudiera haber determinado la adjudicación de varios contratos de material sanitario a cambio de beneficios económicos

El exministro y exdirigente socialista José Luis Ábalos. EFE/ Mariscal

El magistrado Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo en el Tribunal Supremo, ha dictado un auto en el que acuerda elevar suplicatorio al Congreso de los Diputados para suspender la inmunidad del exministro y diputado José Luis Ábalos, al haber encontrado contra él, de las diligencias practicadas hasta este momento, bastantes indicios” de la posible comisión de, al menos, cuatro delitos: integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación.

Entiende el instructor que “ha llegado un momento en el que la constancia de indicios cualificados” de la posible participación de Ábalos en los hechos hace imprescindible para avanzar en el camino procesal recabar la autorización de la Cámara.

Detalla el magistrado instructor que, a partir de las declaraciones prestadas en la causa por el aforado y los otros dos investigados, Víctor de Aldama y Koldo García, así como de los documentos aportados por ellos, y del resultado de las intervenciones telefónicas y registros domiciliarios que se realizaron, “existen elementos bastantes para considerar que el aforado pudiera, prevaliéndose de su condición de Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), y a cambio de determinados beneficios económicos que obtuvo por ello para sí, haber determinado la adjudicación de varios contratos relativos a la adquisición de material sanitario, mascarillas, trajes especiales y laboratorios para identificar vestigios de la enfermedad”.

“De lo actuado en el curso de la investigación resultaría que el también investigado en esta causa, don Víctor Gonzalo de Aldama Delgado, aprovechando la relación personal que le unía con el aforado y con quien era entonces uno de sus asesores, don Koldo García Izaguirre, habría obtenido información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia, lo que le permitió articular una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro en favor de la empresa cuyos intereses promovía, Soluciones de Gestión y Ayuda a las empresas, S.L.”.

La resolución detalla que resultados obtenidos de la investigación permiten afirmar que Koldo “intervenía activamente en la contratación, gestionaba los contratos de adjudicaciones a las empresas y, al tiempo, realizaba operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización”, en las que Ábalos “también intervenía personalmente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado”.

Declaración de Ábalos

La resolución recuerda que Ábalos prestó declaración voluntaria ante el instructor este lunes, “viniendo a negar la percepción de cantidad económica alguna como consecuencia de la adjudicación de los referidos contratos y de cualesquiera otros vinculados con la adjudicación de obra pública”.

“En particular, y en este momento -agrega el magistrado- aparece indiciariamente justificado que, al menos, don José Luis Ábalos pudiera haberse beneficiado económicamente con el pago, por parte del investigado Sr. Aldama o de personas terceras por él interpuestas, de los alquileres de la vivienda en la que residía quien fuera entonces la pareja sentimental de aquél; así como también que podría haber concertado, previa compra realizada por una empresa tercera a indicación del Sr. Aldama, el alquiler con opción a compra de un chalet en la costa; y obtenido también del Sr. Aldama un contrato de alquiler con opción de compra de un piso de unos 250 metros cuadrados en el Paseo de la Castellana de Madrid, contrato en el que se fijaba un precio de venta (750.000 euros), para el caso de que se ejercitara la opción, aparentemente muy inferior al de mercado”.