Es insólito. Nunca en una fase de instrucción se había llamado a declarar en calidad de testigo a un presidente del Gobierno y menos con un caso de presunta corrupción relativo a su mujer. Pero así ha ocurrido. El juez Juan Carlos Peinado lanzó una providencia este lunes en la que emplaza a declarar a Pedro Sánchez como testigo el próximo 30 de julio, generando un auténtico terremoto político.
Peinado investiga a la mujer del presidente por un presunto delito de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. Una de las ramas de la investigación tiene bajo la lupa unas cartas de recomendación que Begoña Gómez firmó para que su compañero de máster, el empresario Juan Carlos Barrabés, obtuviera unas adjudicaciones públicas. Barrabés declaró como testigo el pasado martes y admitió que se había reunido en el palacio de la Moncloa con Gómez. También mencionó la presencia del presidente del gobierno en dos ocasiones. Aunque según fuentes socialistas uno de ellos fue un encuentro “efímero” en el que Sánchez “solo se pasó a saludar y después lo llamaron por teléfono”; y el otro se produjo en una ronda con otros empresarios.
Estos encuentros motivaron a Vox, personado como acusación particular, a pedir al juez la citación del presidente del gobierno en calidad de testigo. Dicho y hecho. En el escrito al que ha tenido acceso Artículo14, el juez Peinado cita a Pedro Sánchez porque “se considera conveniente, útil y pertinente recibir declaración al esposo de la investigada”. Y eso de “esposo” es muy relevante.
La ley establece que todos los testigos están obligados a declarar en sede judicial. Excepto si hablamos de miembros del gobierno a los que la ley de enjuiciamiento criminal deja “exentos de concurrir al llamamiento del juez, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo”. Pero la clave es que Peinado no está llamando a Sánchez por los conocimientos que pueda llegar a tener por su cargo, es decir, por ser presidente del gobierno, sino por ser el marido de Begoña Gómez.
Por eso, para Peinado, Pedro Sánchez es antes “esposo” que presidente del gobierno. Si lo llama en calidad de cónyuge, Sánchez no tiene la oportunidad de comparecer por escrito. De ahí que Peinado en la providencia de la citación ya movilice a los informáticos de la Comunidad de Madrid para que la víspera acudan a instalar en Moncloa los “dispositivos necesarios para que la citada prueba documental sea recogida en el correspondiente soporte de grabación”.
El objetivo del juez de instrucción está claro, en opinión del magistrado Ignacio González Vega: “Lo que quiere es desplazarse a la Moncloa, grabarlo y tomarlo declaración”, asegura en declaraciones a Artículo14.
Aunque ese despliegue de medios puede quedar en nada. Según recoge la ley, los cónyuges “están dispensados de su obligación de declarar en contra de su esposo/a”. Si bien, si Sánchez decide acogerse a este derecho lo haría ya con Peinado en su domicilio, en el Palacio de la Moncloa. No podría suspender la declaración acogiéndose a esta dispensa.
No obstante, sí hay una posibilidad de que la citación se cancele. El PSOE ya anunció que quiere recurrir la decisión. Eso sí, lo tendría que hacer a través de Antonio Camacho, el abogado de Begoña Gómez. También lo hará, previsiblemente, la Fiscalía de Madrid. La citación se cancelaría si la Audiencia Providencial de Madrid admitiera los recursos que quieren presentarse: “Si esta última acuerda la revocación, la decisión quedaría sin efecto”, explica el magistrado Joaquim Bosch a este periódico.
Más allá de si se produce la imagen histórica de un juez acudiendo al complejo de la Moncloa para tomar declaración al presidente del Gobierno, los magistrados consultados por este diario apuntan a la contradicción que entraña estar investigando a Begoña Gómez por tráfico de influencias y, sin embargo, llamar a Sánchez a declarar en condición de esposo.
El delito de tráfico de influencias pena a aquellos que se benefician “del ejercicio de las facultades de su cargo”. Es decir, si Peinado persigue a Gómez por tráfico de influencias es porque considera que “se aprovechó de su condición de mujer de presidente para su ejercicio profesional”. “Esto es incompatible con llamar al presidente a hablar de aquello que conoce como testigo por ser el marido de Begoña Gómez”, sostienen los jueces consultados. “Se trata de una decisión que puede ser discutible jurídicamente”, asevera Bosch.