El juez del caso ‘Koldo’ dice a Ábalos que las “discrepancias” con la auditoría de Puente debe “debatirlas en otros foros”

Reitera su negativa a incluir como perjudicado al exministro pese a que este alegue un "perjuicio irreparable"

El diputado y exministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de España, José Luis Ábalos. EFE

El juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso Koldo ha explicado al exministro de Transportes José Luis Ábalos que las “discrepancias con el contenido del informe de auditoría” elaborado a petición de su sucesor, Óscar Puente, deberá “debatirlas o cuestionarlas en otros foros pero no en el seno” de la causa.

En un auto, el magistrado desestima el recurso que la representación de Ábalos presentó después de que le negase su personación como perjudicado. Ahora, el juez Ismael Moreno reitera su negativa y deja claro que “no se le puede atribuir la condición de ofendido o perjudicado”.

“Máxime teniendo en cuenta los delitos que se investigan en las presentes actuaciones -organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, tráfico de influencias, y contra la Hacienda Pública- lo que hace difícil o más bien imposible tal condición“, aclara el instructor.

En su resolución, el magistrado explica que los “motivos alegados” por Ábalos en su recurso “no desvirtúan los motivos que se tuvieron en cuenta y sirvieron de base para el dictado de la resolución cuya reforma se pretende”.

Ábalos, recuerda el juez, reiteró su solicitud de personación y reprodujo los motivos en las que fundaba su pretensión, si bien incorporaba “un nuevo elemento, el perjuicio irreparable” que le estaría “causando la publicación en diversos medios de informaciones relativas a la tramitación de la causa”.

En este sentido, el magistrado le recuerda “que las eventuales revelaciones sobre las actuaciones procesales están siendo investigadas por un Juzgado de Instrucción de Madrid”.

Y en lo relativo a la auditoría encargada por Puente, el instructor emplaza a Ábalos a “debatirlas o cuestionarlas en otros foros, pero no en el seno del presente procedimiento”. Cabe recordar que de ese documento se desprende que Ábalos habría firmado una orden por él que duplicó la compra de mascarillas en 38 minutos.

En su recurso, Ábalos aseguraba que la orden de realizar esa auditoría interna en el Ministerio, de febrero de 2024, se produjo “de forma instrumental buscando exclusivamente la fijación estanca de responsabilidades” sobre su persona.

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