El juez Juan Carlos Peinado asume la investigación del software de la Complutense y vuelve a citar a la mujer del presidente del Gobierno a los juzgados de Plaza Castilla el próximo 18 de noviembre. Ahí el juez le comunicará, presencialmente, la admisión a trámite de la nueva querella y los nuevos delitos por los que será investigada: apropiación indebida e intrusismo que se unen al tráfico de influencias y la corrupción en los negocios. Será la tercera vez que veremos a la mujer de Pedro Sánchez acudiendo a los juzgados de Plaza Castilla.
La UCM puso en marcha un software que elaboraron gratuitamente las compañías Indra, Telefónica y Google como herramienta didáctica para la cátedra de Transformación Social Competitiva que codirigía Begoña Gómez. Está valorado en 150.000 euros que no abonó a dichas empresas. Sin embargo, Gómez registró en la Oficina Española de Patentes la aplicación informática a su nombre y pasó a controlar el 100% de una empresa que ofrece este software y de la que la Universidad Complutense de Madrid dijo no tener conocimiento.
Gómez redactó misivas a los medios negando que se hubiera lucrado por este programa informático: “Begoña Gómez no se ha apropiado de la plataforma de la UCM, que no ha sido registrada como tal todavía por parte de la Universidad, por lo que no existe ningún documento que diga que es de su propiedad”, rezaba la misiva. En ella sostenía que el software era gratuito y que no se había comercializado. Sin embargo, la Complutense remitió un informe a Peinado alertando que no podían llegar a conclusiones sobre lo que sucedió con ese máster.
Por eso ahora Peinado quiere dirigir por ahí sus pesquisas: “La querellada, vinculada como Codirectora de la Cátedra de Trasformación Social Competitiva, a la UCM, habría inscrito a su favor, como titular de la entidad Mercantil Trasforma TSC SL. la marca TSC TRASFORMACIÓN SOCIAL COMPETITIVA, y posteriormente del Software, de la Cátedra Trasformación Social Competitiva, que había sido financiado por empresas, pero SIEMPRE PARA la Universidad Complutense de Madrid. Evidentemente, esta conducta, podría ser incardinada en el delito de Apropiación Indebida, recogido en el Artículo 253 del Código Penal”, reza el auto.
Por otro lado, le atribuye un delito de intrusismo porque considera que no era la competente para contratar a las empresas desarrolladoras del software: “que la querellada, no ha acreditado, disponer de conocimientos ni facultades, para estar cualificada técnicamente, al objeto de conocer científicamente, las citadas necesidades exigidas a los licitadores, y así mismo, entre las facultades de la Codirectora del Master, no se recogen expresamente, las de elaboración de dicho Pliego de condiciones, careciendo, en principio de la condición de autoridad o funcionario, para la elaboración de dicho Pliego de condiciones, lo que, a priori, pudiera ser considerado, como una acción, contemplada en el artículo 402 del Código Penal, por lo que procede admitir la querella, también, por este delito de intrusismo Profesional”
Lo cierto es que de facto el juez Peinado ya estaba llevando por ahí su instrucción . Hace días llamó a declarar al jefe de los servicios jurídicos de la Complutense, el letrado que solicitó al juez que investigara una posible apropiación indebida del software.
El magistrado abre otra pata de la investigación más reforzado que nunca con el aval de ocho magistrados que han ido tumbado tanto las tres querellas por prevaricación judicial y revelación de secretos que interpusieron contra él, como el recurso de la defensa de Begoña Gómez alegando que estaba llevando a cabo una investigación prospectiva.