Cuando el caso Koldo llegó al Tribunal Supremo, el juez instructor, Leopoldo Puente, ordenó a las acusaciones populares unificarse y otorgar una dirección letrada que recayó en el abogado del Partido Popular, Alberto Durán. Es un proceso habitual que sirve para que solo haya un abogado que canalice la acción de las acusaciones populares. A partir de ahí, el resto de las acusaciones suele tener acceso a todo el proceso y pueden, a través de la dirección letrada, pedir declaraciones de nuevos testigos, nuevas imputaciones, etcétera.
Sin embargo, esta vez el magistrado fue más allá y decidió privar al resto de acusaciones acceder a las declaraciones. Algo que despertó el enfado de los abogados: “Nos trataron como si fuéramos público”, aseveró Javier María Pérez Roldán, abogado de Hazte Oír. Junto con otras dos acusaciones -Iustita Europa y la Asociación Abogados Demócratas Europeos (ADADE)- convocaron una rueda de prensa para reivindicar su hueco y anunciar una batería de recursos ante el Alto Tribunal, peticiones de amparo al colegio de abogados y quejas al Consejo General del Poder Judicial. “Vamos a llegar hasta el final para defender que tenemos que estar en la sala”, concluyó Luis María Pardo, abogado de Iustita Europa.
Por su parte, desde la Asociación Liberum, también personada en el caso Koldo, enseguida promovieron acciones legales. Presentaron un recurso de apelación ante el Supremo manifestando que se estaban violando sus derechos porque “aquellas acusaciones populares que están excluidas de asistir presencialmente a las declaraciones estarán siempre en desventaja, perjudicándose la buena praxis profesional de los letrados”, denuncia el escrito presentado.
Asimismo, solicitaron amparo al Ilustre colegio de Abogados de Madrid y presentaron un escrito ante el Consejo General del Poder Judicial para que se “se lleven a cabo las actuaciones necesarias para corregir las decisiones señaladas que impiden la defensa en el libre ejercicio de la profesión de la abogacía”, reza el documento presentado por los abogados Alexis Aneas e Inmaculada Jaén.
El CGPJ, con el juez
Tal y como avanzó Artículo 14 la queja presentada por Liberum no ha sido admitida a trámite. El CGPJ evita pronunciarse porque considera que el órgano de los jueces “no tiene competencia para intervenir en aquellas reclamaciones basadas en discrepancias o desacuerdos con lo decidido por Jueces y Magistrados en el desarrollo de sus funciones jurisdiccionales”, reza el escrito al que ha tenido acceso este periódico.
porque “se trata de una cuestión jurisdiccional del magistrado”.
Esto es, defienden que la ley de enjuiciamiento criminal recoge esta posibilidad y que el magistrado está en su derecho de hacer que las acusaciones se unifiquen y limitar su acción.
Fuentes del Tribunal Supremo consultadas por Artículo14 coinciden en esta valoración: “Es una previsión que está en la ley y se usa mucho. Y no es que el resto de las acusaciones les echen y solo quede la del PP. Lo que el juez acuerda es que siguen todas las acusaciones, pero todos con el mismo abogado y procurador, salvo en caso de que tuvieran posiciones incompatibles, que Leopoldo Puente ha entendido que no”.
Justifican en el Alto Tribunal la decisión del magistrado diciendo: “Al final, ocho o diez acusaciones populares distintas no aportan nada nuevo y solo hacen que se demoren los procedimientos”.
Pero las acusaciones piensan que esta decisión es una forma de abocarlos a la desaparición y se quejan de que “no hay doctrina, ni jurisprudencia, ni criterio”, en palabras de Luis María Pardo porque alegan que en el caso del fiscal general el magistrado Ángel Hurtado sí ha permitido que las acusaciones populares actúen por separado: “Es un agravio comparativo”, sentencia Pardo.
El Gobierno se plantea limitar
Otro de los frentes abiertos de las acusaciones populares es la reforma que prepara el Gobierno de la ley de enjuiciamiento criminal que dejaría en manos de la Fiscalía la instrucción de los casos penales y limitaría la acción de las acusaciones populares excluyendo a partidos políticos y sindicatos.
Un borrador que el ministerio de Justicia quiere llevar al Consejo de Ministros a principios de año y que ha avalado por unanimidad el Poder Judicial ya que la nueva norma va en línea con el resto de la Justicia Europa.
Para el magistrado Joaquim Bosch, en declaraciones a este periódico, las acusaciones populares se han convertido en los últimos tiempos “en fuente de lawfare” y limitar su acción sería positivo porque “hay muchas querellas que en muchos casos es fuego de artificio y sobrecargan los juzgados”, asegura. Afirmación que comparten las fuentes consultadas del Consejo General del Poder Judicial del lado progresista. Si bien, la reforma lleva en un cajón más de 15 años .
Desde Hazte Oír ya denuncian los posibles efectos de esta reforma porque consideran que “la limitación de la acusación popular, como medida que también ha sido propuesta, constituye un camino hacia la impunidad”, reza la nota de prensa. Y añaden: “Supone un retroceso alarmante en la defensa de los derechos ciudadanos. Al centralizar la instrucción de los procedimientos judiciales en la Fiscalía, que depende jerárquicamente (y podríamos decir ideológicamente) del Gobierno”.