El caso Errejón sacude a la Judicatura por su formación en materia de género

A partir de septiembre, todos los casos de violencia sexual tendrán que instruirse en juzgados especializados en violencia de género

La presunta agresión sexual de Íñigo Errejón a la actriz Elisa Mouliaá no solo ha despertado la estupefacción social por el protagonista acusado -hasta la denuncia, un referente feminista de izquierdas- sino también por el papel de la magistratura en este tipo de casos. La filtración de las declaraciones de denunciante e investigado ha añadido un ingrediente más a la polémica, por la forma de interrogar del juez Adolfo Carretero, duro, incisivo y carente de empatía hacia la actriz.

Muchos, incluida la ministra de Igualdad, Ana Redondo, subrayaron el riesgo de que el trato recibido por Mouliáa espantara a posibles futuras víctimas a denunciar. “Revictimiza a las mujeres y las aleja de la denuncia”, sentenció la ministra.

El caso Errejón se investiga en unos juzgados de instrucción genéricos, algo que deberá cambiar a partir de septiembre para cumplir con la ley de eficiencia de la Justicia. Todos los casos de agresiones sexuales tendrán que empezar a instruirse en Juzgados especializados en un plazo de nueve meses. Un reto en el que ya trabaja el Consejo General del Poder Judicial que ahora cuenta con 121 juzgados exclusivos de Violencia contra la mujer.

“Son un montón de competencias que tienen que asumir, estamos trabajando en ello”, aseguran fuentes del CGPJ consultadas por Artículo14. Según el último informe del ministerio de Interior, en el año 2023 hubo 21.852 denuncias por delitos contra la libertad sexual. Todos esos casos ahora los pasarían a asumir estos juzgados especializados. El Poder Judicial trabaja en un estudio. Desde el servicio de inspección están realizando una radiografía de las necesidades para poder plantear cuántos juzgados se necesitan. Si bien, la competencia de crearlos la tiene el ministerio de Justicia.

¿Cómo se forma a los jueces?

En el Poder Judicial hablan de la existencia de dos cursos obligatorios: el que tiene que pasar todo juez que se especialice en la materia que sea y el que tienen que cursar los jueces destinados a los juzgados especializados en violencia de género.

Por un lado, todo aquel juez que quiera especializarse ya sea en derecho civil, penal o contencioso administrativo ha de tener una formación específica en perspectiva de género. “El curso tiene una carga lectiva de 50 horas, estructuradas en un módulo general de 30 horas, y cuatro módulos específicos de 20 horas cada uno, uno por orden jurisdiccional. Cada participante en el curso deberá realizar el módulo general y aquél módulo específico en que se incorporen los contenidos propios de la especialización a que quiera optar. Por ejemplo, los jueces del ámbito social que resuelven conflictos laborales tienen que tener conocimientos de perspectiva de género en el ámbito laboral y así con cada especialización”, explican las fuentes consultadas.

Por su parte, los jueces que pasan a formar parte de estos juzgados especializados en violencia de género han de aprobar un curso adaptado a las funciones que asumen cuando acceden a una plaza así. Con él se pretende “facilitar un amplio marco conceptual y práctico que facilite la comprensión de este fenómeno social. Se trata de familiarizar a los alumnos/as con la terminología básica que se utiliza al hablar de la Violencia de Género, a comprender qué es y por qué existe en nuestra sociedad, a realizar una aproximación a las actuaciones que se están llevando a cabo en esta materia, a dotar de herramientas necesarias para poder distinguir posibles situaciones y a fomentar entre los profesionales que trabajan en esta materia la sensibilización y el espíritu crítico en torno a los temas de violencia sobre las mujeres”, cuentan desde el Consejo.

El curso consta de una parte teórica y de otra práctica, en la que los alumnos se enfrentan a casos concretos y aprenden, entre otras cosas, sobre los tratados e instrumentos internacionales sobre igualdad, aspectos materiales y procesales específicos de los ámbitos civil y penal, peculiaridades de la prueba y su valoración o aspectos y contenidos relativos a buenas prácticas. En definitiva, una formación exhaustiva para saber cómo abordar de forma adecuada casos de esta índole y potenciar que toda posible víctima se sienta protegida y no tenga miedo a denunciar.

Desde el Poder Judicial indican que ambas formaciones obligatorias están en fase de modernización y adaptación y ponen en relieve que hoy en día la judicatura se forma en perspectiva de género desde que comienzan la carrera de derecho: “Obviamente jueces con mayor antigüedad que no van a adquirir especialidad no han sido educados en perspectiva de género pero podrían si quisieran a través de los cursos voluntarios de la formación continua”, concluyen.