Primero fue el pacto de la condonación de 17.104 millones de deuda a Cataluña. Ahora, la cesión migratoria a Junts, el partido que el prófugo Puigdemont lidera desde Vallespir -sur de Francia-. Los acuerdos con los que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, favorece a Cataluña a cambio de salvar la legislatura generan cada vez una mayor controversia desde el punto de vista legal.
En el último acuerdo -mediante el que Sánchez se ha librado, entre otros asuntos molestos, de la cuestión de confianza que tenían pensado llevar a cabo los de Puigdemont-, Cataluña figura como “ventanilla única” en su territorio de las autorizaciones de estancia de larga duración y residencia temporal, expedirá el documento de identidad para los extranjeros, y los Mossos de Esquadra gestionarán la seguridad de puertos, aeropuertos y las “zonas críticas” en cooperación con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Además, la Generalitat podrá gestionar las devoluciones de extranjeros desde la frontera. A tal fin, el Ejecutivo ha aprobado el incremento de 1.800 agentes para los Mossos, hasta alcanzar la cifra total de 26.800 efectivos.
Pese a que en esta nueva ley, que tendrá que ser aprobada previamente por el Congreso, se detalla que la policía regional catalana actuará en consonancia con la nacional, expertos como la catedrática constitucionalista en derecho español y europeo, Teresa Freixes, advierten de que la iniciativa política no cumple con los preceptos de la Carta Magna.
¿Es constitucional traspasar las competencias sobre inmigración a una comunidad?
El acuerdo que se ha plasmado en una proposición de ley que ha entrado hoy en el Congreso de los Diputados tiene muchos problemas de constitucionalidad. No se respetan las categorías constitucionales establecidas por el artículo 149 de la Constitución. Cuando la Constitución quiere ceder a las Comunidades Autónomas la ejecución de determinadas políticas lo dice expresamente.
¿Qué ejemplos hay?
Por ejemplo, con el tema de la legislación laboral, aclara que se puede llevar a cabo sin perjuicio de su ejecución por parte de las Comunidades Autónomas. Pero cuando habla de emigración o inmigración, puertos, aeropuertos, etc… ahí no distingue, y toda la competencia de la legislación, ejecución y gestión, es en principio competencia exclusiva del Estado. Por lo tanto, todo esto que intentan salvar diciendo que será la ejecución lo que hará la Comunidad Autónoma no es constitucional.
Es decir, pese a que Cataluña esté supeditada al funcionamiento estatal será inconstitucional.
Efectivamente. La ejecución la pueden tomar las comunidades autónomas si la Constitución lo permite. La competencia del Estado es exclusiva y total para el Estado en este caso. Sí que existe la previsión de que se puedan delegar competencias estatales a las Comunidades Autónomas, pero han de ser aquellas que por su naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación.
Y más allá de nuestras fronteras, ¿se vulnera el derecho europeo?
Evidentemente. El control de fronteras es indelegable por parte de los Estados. Y nosotros somos frontera exterior de la Unión Europea. También se ve muy claramente a lo largo de la ley lo que se pretende con ella, porque prevén que para poder llevarla a cabo van a tener que aumentar considerablemente los efectivos de los Mossos de Escuadra. Si se pensara en una colaboración entre fuerzas estatales y autonómicas no haría falta aumentar tan desmesuradamente la capacidad de los cuerpos de Mossos de Escuadra. Eso se ve claramente que es una tendencia transitoria, porque lo que se pretende finalmente, y lo han dicho muchas veces, es que finalmente la competencia sea exclusivamente realizada por parte de la Generalitat.
¿Qué capacidad tiene Europa para reaccionar?
De momento es una proposición de ley. Haría falta que se convirtiera en algo más sólido. Primero hay que ver si tiene mayoría en el Congreso de los Diputados, porque probablemente tendrá problemas y habrá que ver si se transforma en ley o no. Evidentemente, han utilizado la proposición de ley como acuerdo entre Junts y el PSOE a partir de esos acuerdos de Ginebra para que Junts no se empecinara en la presentación de una cuestión de confianza sobre Pedro Sánchez.
¿Esta ley ha contado con algún informe técnico?
Esta proposición de ley no va acompañada evidentemente, como siempre hacen, por los pertinentes informes técnicos que son los que podrían disipar las dudas de constitucionalidad. Además, la decisión de admitir o no la petición de una residencia de larga estancia podría ir vinculada al derecho de asilo y ahí no se distinguen, hacen toda una cesión del control en fronteras que no va a permitir aplicar la legislación europea, ni tan siquiera la internacional, porque todo lo que son las devoluciones están sujetas a que los otros estados tengan un acuerdo con España para admitir la devolución.
Esta ley también contempla, entre otras cuestiones, que controlen los aeropuertos, puertos y las “zonas críticas”.
Sí, y eso no es constitucional que sea transferible a las Comunidades Autónomas, porque es control de fronteras exteriores, de la UE además. Otra cosa que le da es el control de la contratación en origen. Cosa que siempre han querido ejercer porque así seleccionan lo que les conviene para poderlos controlar mejor por el tema de la lengua. La Generalitat siempre ha preferido traer a personas a las que pueda influir en el uso del catalán y no a hispanohablantes porque entonces ya no hay esta posibilidad.
¿Mayor control implica votos futuros?
Bueno, es una suposición, pero también puede ir por ahí.