Prostitución

Las claves de la propuesta socialista para intentar acabar con la “impunidad total” del proxenetismo

Entre las más llamativas destacan el cierre de todos los lugares dedicados a la prostitución o la persecución de las personas que soliciten sus servicios

Andrea Fernández en la sede del PSOE
Andrea Fernández en la sede socialista de Ferraz EFE

“Impunidad total”. Esta es la situación en la que se encuentra el proxenetismo en España según el grupo parlamentario socialista. Una tesitura, afirman tales fuentes, derivada de los castigos que el Código Penal ha impuesto e impone a este acto delictivo en la actualidad.

Y es que para defender esta posición, el PSOE menciona que la única persecución legal que se hace del proxenetismo es cuando la obtención de lucro surge como consecuencia de una “explotación” de la persona prostituida. Una definición que ha derivado en la “total inaplicación” del precepto y se ha convertido en la base de una fuerte crítica de sus promotores, encabezados por la diputada Andrea Fernández.

Ahora bien, para revertir este asunto, y así equiparar la persecución que se hace en “países de nuestro entorno”, los socialistas lanzan una propuesta de ley con la que modificar el artículo 187 del Código Penal -cuya última reforma se efectuó en 2015, bajo el Gobierno de Mariano Rajoy-.

Mayores penas para los proxenetas

Entre sus cambios más significativos sobresale el aumento de la responsabilidad penal de los proxenetas que empleen violencia, intimidación o engaño, o abusen de una situación de superioridad, necesidad o vulnerabilidad de la víctima mayor de edad para que se prostituya.

Si la pena de prisión en la actualidad para estos delitos fluctúa entre los dos y cinco años, el PSOE propone que la nueva franja vaya de los tres a los seis años. A la par que se formula este incremento en la pena aplicable, la correspondiente multa que el proxeneta debería abonar también aumentaría. Mientras que el periodo vigente del pago se sitúa entre los 12 y 24 meses, el nuevo arco propuesto marcaría un mínimo de 18 meses aunque mantendría el mismo máximo.

Para aquellas personas que permitieran o facilitaran la prostitución de otra persona, con su consentimiento, pero con ánimo de lucro, la pena sería de dos a cuatro años. A ella, al igual que en el caso anterior, le acompañaría una pena económica a liquidar durante un periodo de entre doce y veinticuatro meses.

La reforma hace un inciso para especificar que los castigos se situarían en la mitad mayor -cuatro años y seis meses a seis años, o de tres a cuatro años- cuando las autoridades, agentes de esta y funcionarios públicos ejerzan o permitan el proxenetismo. En estos parámetros penales también se incluirían a los conformantes de organizaciones criminales dedicadas a la prostitución y a las personas que se beneficiasen cuando la víctima sea gestante y que pusieran en peligro su vida o salud.

Cierre de todos los establecimientos

Otro de los puntos clave de la propuesta es la persecución de las tercerías locativas, una cuestión que se alza como novedad. Esto se traduciría en que quienes, con ánimo de lucro y de manera habitual, destinen un inmueble, local o establecimiento a “promover, favorecer o facilitar la prostitución de otra persona”, aun con su consentimiento, serían castigadas con una pena de prisión de entre dos y cuatro años, además de abonar una multa durante un tiempo comprendido entre 18 y 24 meses. Si se ejerciera a partir de un acto de violencia, intimidación, engaño o abuso, la condena, en cualquier caso, rondaría entre los tres y los cuatro años de cárcel.

En este apartado se mantendría, cuando así lo indicara la sentencia condenatoria o una medida cautelar, la clausura del establecimiento donde se ejerce la prostitución como indica el artículo 194 del Código Penal.

Por último, la principal formación del Gobierno también contemplaría una penalización financiera para aquellas personas que recurriesen a la prostitución a cambio de dinero o prestación económica. Su desembolso se situaría entre los 12 y 24 meses y su justificación se fundamenta sobre el argumento de que estas participan directamente en un entramado que “vulnera los derechos humanos”.

En el caso de que la persona que ejerciera la prostitución fuera menor de edad o estuviera en una situación de vulnerabilidad, la pena de prisión para quien recurriera a ellas iría del año a los tres años. A esta se le añadiría el pago de una multa durante un espacio temporal contenido entre los 24 y 48 meses.

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