Novedades en el caso de Begoña Gómez. El ministerio Público reclamó este miércoles al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que admita a trámite la querella que presentó la Abogacía del Estado en nombre del presidente del Gobierno contra el juez Juan Carlos Peinado por prevaricación judicial. Esto es, quiere que se investigue si Peinado hizo un mal uso de sus competencias al citar a Pedro Sánchez en calidad de esposo y testigo en el caso que instruye contra su mujer.
“Los hechos descritos revisten naturaleza penal porque la resolución puede calificarse como arbitraria e injusta”, concluye el escrito de la Fiscalía de Madrid, al que ha tenido acceso Artículo 14. Por eso avala la querella que interpuso la Abogacía del Estado el 20 de julio y su ampliación del 31 de agosto.
Cabría pensar que esto le pone las cosas más difíciles a Peinado, pero el magistrado Joaquim Bosch aclara que, si bien las alegaciones de la Fiscalía son relevantes, “no vinculan en absoluto la decisión que pueda adoptar el tribunal”. “Es el único órgano que puede decidir sobre la admisión a trámite”, explica Bosch, en conversación con este periódico.
En este sentido, fuentes del Tribunal Supremo consultadas por Artículo 14 creen que la querella tiene poco recorrido: “Parece difícil sostener una prevaricación por el desacuerdo acerca del modo en que debe prestarse una declaración como testigo”, explican. Admiten que el juez Peinado incurrió en un “error de forma”, pero que esto no tiene porque ser delito.
La decisión final la tendrá un tribunal colegiado formado por más de un juez y se conocerá a lo largo de este mes. Si el TSJM decide admitir a trámite la querella, Peinado podría ser apartado del caso que investiga a Begoña Gómez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
Los hechos
El debate está en que el 20 de julio el juez Peinado citó a declarar a Pedro Sánchez como testigo en el caso de su esposa en el Palacio de la Moncloa. La ley establece que los altos cargos pueden testificar por escrito por la “repercusión” que pueda tener que el “legislador declare en un hecho penal”. Sin embargo, el juez que investiga a su mujer se agarró en que citaba a Sánchez en calidad de “esposo” y no como presidente del Gobierno. Por tanto, consideró procedente tomarle declaración presencialmente en el Palacio de la Moncloa trasladando hasta allí toda la comitiva judicial y a decenas de periodistas en consecuencia.
Apenas horas después, la Abogacía presentó la querella porque consideró que la institución de la Presidencia del Gobierno quedaba “agraviada” tras esa histórica testifical. Pero lo que pone en cuestión la querella es que Pedro Sánchez fuera llamado en calidad de esposo cuando a su mujer se le investiga por un delito de tráfico de influencias porque este delito “exige la presencia de una autoridad y de una relación personal entre esta y quien no es autoridad. Por tanto, el tipo delictivo objeto de investigación, en el caso de que mi representado tenga algo que aportar, está necesariamente vinculado con el ejercicio de su cargo”, explica la querella del presidente del Gobierno contra Peinado.
En otras palabras, lo que plantea la Abogacía y ahora suscribe la Fiscalía es que para que a Begoña Gómez se le investigue por tráfico de influencias, tiene que haber “influencias” y de donde van a venir sino proceden de su marido que ostenta la Presidencia del Gobierno. Es decir, si incurrió en un tráfico de influencias fue por beneficiarse de su condición de mujer del presidente para sus negocios personales. Por tanto, la Abogacía no encuentra sustento en que Peinado rechace la condición de presidente del Gobierno para llamarle a declarar como testigo. “Podría haber hilado más fino”, aseguran las fuentes consultadas.
Peinado consideró semanas más tarde que el vídeo grabado del presidente del Gobierno declarando desde el Palacio de la Moncloa tenía que ser enviado a las partes, pese a que Sánchez se negó a declarar y la testifical apenas duró dos minutos. Aseguró Peinado que de los silencios del presidente se podía obtener información y por eso era su deber que las partes poseyeran ese video.
En respuesta, la Abogacía del Estado amplió su querella. Sostiene que la instrucción incurre en una “injusticia intrínseca” y realiza “interpretaciones forzadas o artificiosas” de la doctrina vigente. Además, muestra su inquietud por las “continuas filtraciones” en la causa. Por último, consideró que Peinado actúa con “conciencia” de las filtraciones, pero sin ejercer las potestades disciplinarias pertinentes.