Opinión

Derecho al olvido

Cristina López Barrios
Actualizado: h
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Toda la polémica que se está viviendo durante estos días en torno a la actriz Karla Sofía Gascón por sus polémicos tuits en X, me ha hecho pensar en la repercusión que tiene lo que escribimos y publicamos en las redes sociales, pues queda grabado como en una hemeroteca virtual para el resto de nuestros días y más allá. Este hecho me ha traído a la memoria un artículo que leí hace tiempo en la revista Fronteras de la Ciencia, que me impactó bastante, al tratar un tema como el del derecho al olvido. Si hace aproximadamente unos cuatro milenios, en la Epopeya de Gilgamesh, escrita en tablillas de arcilla, se nos mostraba al héroe sumerio con la inquietud de la inmortalidad, hoy no son pocas la personas que reclaman su derecho a morir digitalmente, tras la muerte física. Una opinión lanzada al ciberespacio hace diez, quince años, cincuenta años, escrita, quizá, desde la inmediatez, sin sospechar su longevidad y trascendencia, puede convertirse en el arma que desate una tormenta de consecuencias impredecibles estando vivo o incluso muerto. ¿Importa si la persona ha evolucionado o evolucionó, si cambió su forma de pensar, si sus circunstancias o su contexto mutaron, o si, simplemente, se arrepintió?

“Morir” en internet no es fácil, por lo visto. Es la muerte 2.0 que mencionaba el artículo y que abre el debate legal de qué hacer con los datos e informaciones de un difunto en el ciberespacio. Citaba además aplicaciones de inteligencia artificial donde se pueden utilizan todos los emails, comentarios en redes, fotografías etc de la persona fallecida para elaborar un avatar de la misma con el que se puede seguir chateando como si, al menos virtualmente, estuviera vivo.

Ya existen bufetes de abogados especializados en esta tarea, asegurando que, tras la muerte de sus clientes, se borren todos sus correos electrónicos, publicaciones en redes sociales, imágenes y cualquier rastro que haya quedado en la web. Es una suerte de segunda muerte, una desconexión definitiva del ciberespacio, una forma de garantizar que la memoria digital no condene a una existencia virtual eterna y no deseada, a quien ya no está. En Mi Legado Digital, cita el artículo, se administra el derecho al olvido, la herencia digital y la reputación, tan importante que puede causar una segunda muerte. Se puede redactar también lo que llaman un testamento digital donde dejar instrucciones o una última voluntad sobre el legado póstumo.

Quizá el derecho al olvido sea una respuesta a una inquietud más profunda, la de poder cerrar el ciclo de la vida sin ataduras digitales que nos sobrevivan. La historia se ha encargado de recordar a quienes dejaron huella en la humanidad, pero en una era en la que todos dejamos rastros virtuales, la selección de qué permanecerá y qué se borrará se convierte en un dilema moral y legal. La pregunta final es: ¿es posible decidir qué queremos que se recuerde y qué debe desaparecer, o estamos condenados a una inmortalidad digital, a una memoria infinita? ¿No deberíamos poder despedirnos del mundo también en el ciberespacio?

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