Apartheid de género

La UE establece que el género es suficiente para que las afganas soliciten asilo

Pequeña victoria para las mujeres. La Corte de Justicia de la Unión Europea determina que no es necesario probar que la solicitante esté en riesgo directo de sufrir persecución al regresar a Afganistán

Afganistán
Refugiadas afganas con burkas esperan para subir al autobús en Karachi de vuelta a Afganistán tras las deportaciones de Pakistán Efe

La Corte de Justicia de la Unión Europea (CJUE) acaba de emitir un fallo histórico. Debido a la erosión brutal de los derechos de las mujeres en Afganistán, se establece que a partir de ahora el género y la nacionalidad serán suficientes para que una mujer afgana obtenga el estatus de solicitante de asilo. El fallo surge tras el rechazo de las autoridades austriacas de conceder refugio a dos mujeres afganas que presentaron solicitudes de asilo en 2015 y 2020. Las mujeres apelaron ante el Tribunal Supremo Administrativo de Austria, el cual solicitó la intervención del tribunal europeo.

La CJUE determinó que no es necesario probar que la solicitante esté en riesgo directo de sufrir persecución al regresar a Afganistán. Según la sentencia, “es suficiente considerar su nacionalidad y género”. Por desgracia, la decisión se basa en la durísima situación de las mujeres en Afganistán, donde el régimen talibán ha restringido gravemente sus derechos, limitando el acceso a la educación, el trabajo y otras libertades fundamentales, y llegando incluso a prohibir la voz femenina en público.

Familias afganas reciben ayuda humanitaria

Desde el regreso al poder de los talibanes en 2021, ha empeorado la represión contra las mujeres afganas. El ejecutivo talibán impuso restricciones que incluyen la prohibición de asistir a la escuela, trabajar y la limitación de su independencia. Y en agosto de 2024, los talibanes consolidaron un conjunto de reglas basadas en la ley islámica (sharía), implementadas por su denominado “Ministerio de Moralidad”, responsable de miles de detenciones por violaciones de estas normativas.

Un caso muy claro

La CJUE subraya en su sentencia que las medidas discriminatorias impuestas a las mujeres por el régimen talibán constituyen “actos de persecución”. La corte mencionó específicamente el matrimonio forzado, considerado una forma de esclavitud, y la falta de protección frente a la violencia de género y doméstica, calificándolos de “tratamiento inhumano y degradante”.

El caso ante la CJUE fue llevado por dos mujeres, identificadas como AH y FN. AH huyó de Afganistán junto a su familia cuando tenía entre 13 y 14 años, después de que su padre, adicto a las drogas, intentara venderla para financiar su adicción. Por su parte, FN, nacida en 2007, nunca ha vivido en Afganistán. Ella y su familia residían en Irán sin permisos legales, lo que les impedía trabajar o acceder a la educación. FN argumentó que, de regresar a Afganistán, como mujer estaría en riesgo de secuestro y no podría mantener su subsistencia sin su familia.

Afganistán

Mujeres afganas en busca de la ayuda humanitaria que distribuye una ONG británica UMMAH Welfare Trust (UWT) en Kandahar

La sentencia también aclaró que las autoridades de los Estados miembros de la UE no necesitan probar que una mujer afgana correrá el riesgo de ser perseguida al regresar a su país de manera individualizada. “Es suficiente tener en cuenta su nacionalidad y género”, reiteró la CJUE en su decisión.

El fallo también hace referencia a la Directiva 2011/95/UE, que establece los criterios para conceder el estatus de refugiado en la Unión Europea, en consonancia con la Convención de Ginebra de 1951. Según la directiva, una persona puede obtener protección internacional si pertenece a un grupo social particular que enfrenta discriminación severa, como es el caso de las mujeres afganas bajo el régimen talibán. Las cortes nacionales deberán aplicar este fallo, facilitando el reconocimiento del estatus de refugiado para las solicitantes afganas en toda Europa.

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