Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid actualiza el protocolo para la entrega en adopción de recién nacidos en maternidades

Asimismo, reconoce entre otras cuestiones la posibilidad de la madre biológica de decidir si quiere saber el sexo del bebé, verle después del parto o elegir su nombre

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. EFE

La Comunidad de Madrid actualiza el protocolo destinado a las mujeres que deseen entregar a sus hijos recién nacidos en adopción en las maternidades madrileñas, con objeto de consolidar las buenas prácticas en este ámbito e incorporar las novedades de la Ley de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia.

La consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila, visitó este martes la Residencia infantil El Valle, donde explicó la importancia de esta medida “para prevenir casos de filicidio o abandono de un neonato y para garantizar la seguridad de las madres biológicas en el caso de que deseen dar este paso”.

Así, todos los agentes sociales deberán conocer que cualquier mujer, con independencia de la situación administrativa en la que se encuentre en España, podrá dar a luz en una maternidad pública de la región en condiciones de seguridad para ella y el bebé, y entregar a su hijo en adopción, sin que esto suponga perjuicios futuros para ella o a su circunstancia legal o de residencia.

La consejera detalló que en lo que llevamos de año se han registrado 12 entregas voluntarias en los hospitales madrileños y 18 el pasado. Además, 1.600 familias se han ofrecido para formar parte de este proceso, de las que 50 están ya pendientes de asignación. A esto hay que sumar la posibilidad, permanentemente abierta, de adoptar a niños con necesidades especiales.

Este protocolo está dirigido a los profesionales sanitarios para la protección de neonatos en sus primeras 96 horas de vida y establece que, cuando la madre lo solicite, los servicios de Trabajo Social de las maternidades le ofrecerán información sobre las ayudas y apoyos existentes o sobre el procedimiento de adopción y sus implicaciones.

Garantizar la intimidad de la madre

Igualmente, se reconoce la posibilidad de la madre biológica de decidir si quiere saber el sexo del bebé; elegir su nombre; verle después del parto; permanecer con él durante el tiempo del ingreso hospitalario; dejar algún dato disponible para el niño en el futuro, o permanecer localizable. Con ello, se garantiza tanto el respeto a su intimidad y decisión, como la del adoptado a conocer su origen.

Una vez firmado el correspondiente documento de renuncia, los trabajadores sociales de las maternidades contactarán con los profesionales de la Consejería para ofrecer al recién nacido un hogar idóneo de entre los inscritos previamente. Todas las familias habrán completado un proceso de formación y valoración previa para asegurar al neonato las mejores condiciones y que pueda iniciarse la convivencia en situación de guarda con fines de adopción hasta que la misma se formalice judicialmente.

Posteriormente, la adopción será ratificada por un juez, después de haber escuchado a la madre biológica y de que hayan transcurrido al menos seis semanas desde el nacimiento. Asimismo, en los casos en los que el bebé requiera una especial valoración, este pasará primero a una familia de acogida en la modalidad de urgencia o a una residencia pública infantil como la que hoy ha visitado la consejera.