Para Yolanda Díaz, la gran “medida estrella de la reducción de jornada” será el control horario digital, una fórmula para vigilar que las 37,5 horas se cumplan. El objetivo de este nuevo sistema es que la Inspección de Trabajo pueda conocer en tiempo real las jornadas que cualquier trabajador realiza. Una de las previsibles consecuencias será una mayor capacidad de intervención de los inspectores y, en consecuencia, una mayor capacidad de detección de infracciones.
Aunque esta es un área prioritaria del Ministerio y las actuaciones se han multiplicado desde 2019, sobre el total de actividad de la Inspección de Trabajo las iniciativas sobre el control de jornada, que incluyen tiempo de trabajo, horas extraordinarias y registro de jornada, no representan el 5% del total de sanciones. En el último año, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sancionó con más de 20 millones de euros a empresas por infracciones en estas tres materias (registro de jornada, tiempo de trabajo y las horas extraordinarias), lo que supone un 8,78% más que el año previo, cuando el importe ascendió a 18,56 millones. Si se compara con los más de 522,5 millones de euros de sanciones impuestas en 2023 (último dato disponible), equivale al 3,83% del total.
Infracciones
En el caso del control horario, en 2024, la Inspección detectó casi 1.900 infracciones (1.869), lo que equivale a duplicar las 980 de 2019, cuando esta medida entró en vigor. De estas, se derivaron unas sanciones por importe de 2,99 millones, que afectaron a 21.649 trabajadores, con 1.869 infracciones y 9.097 actuaciones.
En esta materia de control del registro de jornada, en 2024, las sanciones por el tiempo de trabajo y las horas extra sumaron 17,2 millones de euros, afectando a un total de 147.861 trabajadores. En total, se detectaron 13.681 infracciones repartidas en 38.686 actuaciones. Frente a 2019, con un importe de 6,88 millones, las sanciones se multiplicaron por 1,5 veces. Entonces correspondieron a 6,3 millones al tiempo de trabajo y horas extraordinarias y 580.000 euros por el control del registro de jornada.
A tenor de estos datos, el control del registro horario es el gran reto para la Inspección de Trabajo. A falta de datos del pasado año, partiendo de la información disponible de 2023, el registro de jornada supuso el 1,3% del total de infracciones detectadas (1.660 por esta materia frente a las 127.210 en el conjunto del año) y el 0,59% de las sanciones (3,06 millones, frente a 522,5 millones de euros). Este nuevo control remoto e interoperable estará disponible hasta 2026 e incidirá previsiblemente en la detección de un mayor número de infracciones.
Tramitación
El pasado 4 de febrero, el Anteproyecto de Ley para la reducción de jornada de 40 a 37,5 horas semanales, del cual se beneficiarán 12,5 millones de trabajadores recibió el visto bueno del Consejo de Ministros. Se acordó también su tramitación con carácter urgente para remitir, a finales de febrero o principios de marzo, el Proyecto de Ley al Congreso de los Diputados. A partir de entonces, comenzará la difícil negociación con los grupos políticos. En el mejor escenario posible para el Ejecutivo, la Ley de la reducción de jornada, control horario y desconexión digital se publicaría en el BOE en verano de 2025.
Estas son las claves del nuevo registro de jornada que prepara el Ejecutivo. .
– ¿Será obligatorio el registro de jornada para todos los trabajadores?
Sí. A la obligación que ya existe en la actualidad para todas las empresas, se incluirá un nuevo colectivo: las empleadas del hogar. El Ministerio de Trabajo está analizando la fórmula para que el registro esté también disponible para los empleadores domésticos, que actualmente están excluidos de esta exigencia.
Obligación
– ¿Cómo deberá cumplimentarse el registro de jornada?
Tendrá que ser realizado de forma personal y directa por cada trabajador, registrando la hora exacta de inicio y fin de la jornada. No puede ser modificado o condicionado por la empresa. También deben registrarse las interrupciones que afecten al cómputo de horas trabajadas.
– ¿Cuáles serán las características del nuevo sistema de registro?
El sistema de registro deberá garantizar la identificación inequívoca del trabajador que realiza el registro; así como la autenticidad y trazabilidad, asegurando que no pueda ser alterado de forma fraudulenta. Por ello, se trabaja en un formato claro y accesible, compatible con los sistemas utilizados en la empresa y por las autoridades. Una novedad importante es que será interoperable, es decir, podrá ser gestionado y consultado de forma sencilla.
Acceso
– ¿Quién tendrá derecho a acceder de forma remota al registro de jornada?
El registro de jornada debe estar accesible en todo momento, no solo para la persona trabajadora, sino también para sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El acceso debe ser inmediato en el centro de trabajo y también disponible de forma remota para las autoridades laborales y la representación de los trabajadores.
– ¿Cuánto tiempo deberán conservarse los registros de jornada?
Las empresas están obligadas a conservar los registros durante un periodo de cuatro años. Durante este tiempo, deben permanecer a disposición de los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
– ¿Qué ocurre si no se cumple con el registro de jornada?
Como hasta ahora, el incumplimiento de la obligación de registrar la jornada puede acarrear una infracción laboral. Una novedad es que con la entrada en vigor de la nueva ley se considerará que hay una infracción por cada trabajador afectado, lo que elevará el importe de las sanciones. Habrá infracción si, por ejemplo, no existe un registro de jornada o se falsean los datos registrados. Además, si el incumplimiento genera un riesgo grave para la seguridad y salud de los trabajadores, se calificará como una infracción muy grave.
Sanciones
– ¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento del registro de jornada?
Las multas por infracciones en materia de registro de jornada se han elevado y varían según su gravedad. En la futura Ley se establecen en tres niveles: grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros; en grado medio, de 2.001 a 5.000 euros; y en grado mínimo: de 1.000 a 2.000 euros.
– ¿Afectará el registro de jornada a los trabajadores a tiempo parcial?
Sí. Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a un registro de jornada con las mismas condiciones que los trabajadores a tiempo completo.