Día Mundial de la Menopausia

Solo 2.183 bajas laborales por menstruación desde junio de 2023

Se calcula que un 30% de las mujeres sufren dismenorrea, pero solo se registran unas 150 incapacidades temporales al mes por esta dolencia. Hay una discriminación de edad, pues la menopausia no está reconocida como IT

La menopausia viene marcada por el fin de la menstruación mensual y para muchas mujeres puede suponer un alivio. Según la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), entre el 50% y el 60% de las que menstrúan padecen dolores relacionados con su periodo, lo que se conoce como dismenorrea. Y, entre el 30% y el 40% de los casos, este dolor puede ser tan intenso que implique una limitación para su actividad cotidiana. Desde el 1 de junio de 2023, las trabajadoras en esta situación tienen derecho a una baja temporal por esta dolencia dentro del reconocimiento que ha hecho España a la protección de la salud de las trabajadoras en edad reproductiva.

De forma sobrevenida, se ha generado una discriminación de edad, pues las dolencias que pueden padecer las mujeres de menopáusicas no están reconocidas como incapacidad temporal, a pesar de los impactos reconocidos de este proceso vital en su día a día laboral, como advierte Begoña García, doctora y profesora del área Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC).

En el caso de comúnmente conocida como baja por reglas dolorosas, los datos reflejan que apenas se está aplicando. La Seguridad Social ha registrado solo 2.183 incapacidades temporales derivadas de  menstruación incapacitante desde su puesta en marcha, según los datos facilitados a Artículo14 desde este Departamento. De esta forma, en toda España, solo entre 100 y 200 mujeres al mes reciben una prescripción de baja temporal por su médico por menstruación incapacitante. Teniendo en cuenta la media mensual de 145.000 incapacidades temporales (IT) indemnizadas por contingencias comunes en lo que va de año, estas bajas femeninas suponen el 0,13% del total.

Incluso, acotando el universo a las incapacidades femeninas (unas 74.5000 al mes) siguen siendo insignificantes, el 0,26% del total. Se han considerado las IT indemnizadas porque una de las particularidades de esta baja es que la trabajadora percibe su salario desde el primer día de baja sin que se exija un período mínimo de cotización, a diferencia del resto de bajas en las que se cobra a partir del cuarto día y existen condicionantes previos, por eso tiene la consideración de especial.

Esta baja médica fue una de las banderas de Sumar en la pasada legislatura. “Avanzamos para que ya no sea normal ir al trabajo con dolor y para acabar con el estigma, la vergüenza y el silencio en torno a la regla. Avanzamos en derechos”, anunciaba en mayo de 2022 la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero. Un año después, en la ley de reforma del aborto, el Gobierno aprobó el reconocimiento de la menstruación incapacitante secundaria como situación de incapacidad temporal especial con entrada en vigor a partir del 1 de junio de 2023. Es una medida singular en la Unión Europea, pues España es el único Estado miembro que cuenta con este reconocimiento, que sí tiene larga tradición en países, como Japón o Singapur.

¿Por qué hay tan pocas?

En Artículo14 preguntamos a diferentes expertos el motivo de esta realidad. Para Cristina Antoñanzas, vicesecretaria general de UGT, existe un gran desconocimiento de este derecho: “Las mujeres tienen asumido el dolor y dan por hecho de que van a trabajar. A ello se suma la precariedad laboral que ellas padecen más que los hombres, lo que las sitúa en una posición de debilidad en estas situaciones ante el miedo de ser estigmatizadas”. No ayuda en este sentido, el hecho de que en estas bajas especiales el empresario conoce el motivo de la incapacidad temporal. “Es algo discriminatorio, pues es el único caso en el que se detalla”, puntualiza.

Esta pérdida de la protección de la intimidad de la trabajadora lleva a Eva María Blázquez, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Carlos Tercero de Madrid (UC3M), a preguntarse si realmente esta fórmula de protección de las mujeres puede llevar a señalarlas, cuando lamentablemente las trabajadoras ya son tachadas de “absentistas”. Recuerda que previamente a esta baja ya existía el reconocimiento por el dolor menstrual en las contingencias comunes. “Lo que hace la norma es rebajar las exigencias para acceder a esta incapacidad temporal, pero realmente tampoco creo que hayamos avanzado demasiado”, señala Blázquez.

Begoña García de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) resalta en tres factores: la falta de cultura médica sobre la dismenorrea, el hecho de que no se considera una patología, pues muchas mujeres dan por hecho que la menstruación duele; la complejidad del procedimiento para reconocer esta incapacidad temporal, porque requiere un informe médico de una dolencia que no siempre sigue los mismos parámetros; y el temor a la estigmatización, en una cultura en la que las mujeres se ven abocadas a un rol de ser súper fuertes demostrando que son competitivas en sus trabajos.

Qué pasa con la menopausia

Frente a esta protección de la salud de las mujeres en edad reproductiva de la ley de 2023, que incluye también mejoras en la interrupción del embarazo y la gestación, el gran reto -como señalan Begoña García y Eva María Blázquez- es que se reconozca la menopausia. El impacto en la salud de las mujeres está reconocido y, como defiende la Asociación Española para el Estudio de la Menopausia (AEEM), es una cuestión que requiere un enfoque multidisciplinar.

“Durante la menopausia, más allá de los dolores musculoesqueléticos las mujeres sufren trastornos psicosociales, con momentos de angustia e incluso depresión”, advierte García. En este sentido, Blázquez advierte de que suele coincidir con un momento muy complejo laboralmente, por el cuidado de los padres, lo que añade más presión laboral.

Sumar registró el pasado junio una Proposición No de Ley (PNL) sobre la menopausia en el Congreso de los Diputados, donde se reconoce que se “ha descrito un abanico muy amplio de síntomas, desde los más livianos a los más invalidantes, que afectan a veces de forma muy intensa a las actividades de su vida diaria y al ámbito laboral”. En este sentido, la PNL incluye la realización de campañas específicas que visibilicen la repercusión de la menopausia en el ámbito laboral.

En esta línea en el Parlamento Andaluz, el Grupo Mixto – Adelante Andalucía presentó en mayo una Proposición de Ley de lucha contra la discriminación por menopausia, actualmente en tramitación, que entre otras medidas recoge que “las trabajadoras que padezcan síntomas severos debidos al climaterio que dificulten el desempeño laboral contarán con flexibilidad horaria de 8 horas, así como, si fuera posible, disponibilidad de teletrabajo”.

Incluye también que “la Administración de la Junta de Andalucía creará un permiso específico de climaterio para aquellos supuestos de sintomatología severa que dificulten el desempeño laboral de 4 días mensuales”. Serán los profesionales médicos de atención primaria referentes en climaterio quienes determinarán dicha afectación. La visibilidad de la menopausia ya es una buena noticia para las mujeres.

 

TAGS DE ESTA NOTICIA