¿Quién puede solicitar la pensión de jubilación para amas de casa?

El Inmerso ofrece una ayuda destinada a amas o amos de casa mayores de 65 años de hasta 517 euros mensuales

La ayuda del Inmerso destinada a las amas o amos de casa puede ofrecer hasta un total de 517 euros al mes.

Las amas de casa posiblemente conformen uno de los sectores más invisibilizados del país. Las que o los que se dedican a este trabajo dedican muchas horas al cuidado del hogar, posiblemente incluso más que en una jornada laboral cualquiera.

Hasta ahora no han recibido ningún tipo de beneficio al no estar dadas de alta en la Seguridad Social, ni tampoco podrían disfrutar de una pensión por jubilación al llegar a los 65 años. Sin embargo, se ha aprobado una ayuda por la que las amas o amos de casa mayores de 65 años por la que podrían recibir hasta 500 euros mensuales si cumplen los requisitos que se piden.

¿A quién va dirigida esta ayuda?

Esta pensión no contributiva la ofrece el Imserso, aunque se deben cumplir ciertos requisitos para poder obtenerla. Lo primero es saber a quién va dirigida esta ayuda.

Esta bonificación va dirigida a amas o amos de casa de 65 años o más. Podría equipararse a la pensión por jubilación que les tocaría recibir.

¿Cuáles son los requisitos que se piden?

Son dos los requisitos esenciales para poder solicitar la pensión del Inmerso dirigida a amas o amos de casa:

  • Residir en España y haberlo hecho durante un período de 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Que exista carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales.

Importante: los ingresos de los familiares o personas con las que se conviva

Estos son los dos requisitos fundamentales, aunque es cierto que se deben cumplir además algunos otros relacionados con los ingresos de los familiares con los que convive esa persona. Así, si la convivencia es con su marido/mujer, y/o con familiares de segundo grado del solicitante, deberán ingresar en casa menos de 12.326,02 euros anuales, en caso de ser dos personas en casa. Si son tres, menos de 17.401,44 euros anuales, y si son cuatro22.476,86 euros anuales. Si se convive con aún más, se deberá sumar a cada integrante la cantidad de 5.075,42 euros.

En caso de residir con algún pariente de primer grado, que serían padres o hijos, los ingresos deberían estar por debajo de los 30.815,05 euros anuales si son dos personas en total en el domicilio. 43.503,60 euros anuales si son tres, y 56.192,15 euros anuales si son cuatro. Si son más, hay que sumar 12.688,25 euros anuales por cada integrante más.

¿Esta ayuda es compatible con alguna otra?

El Inmerso especifica que quien reciba esta ayuda no tiene posibilidad de cobrar alguna otra como la de invalidez o las asistenciales debido al hecho de que es incompatible. De esta forma, tan solo se podrá solicitar una ayuda en caso de cumplir los requisitos de varias ayudas diferentes.

En lo que respecta a la cuantía, la persona solicitante podría recibir por esta pensión hasta 517,90 euros al mes, lo que anualmente serían 7.250,60 euros.

Otras ayudas que pueden solicitar las amas de casa

Además de esta bonificación del Inmerso, existen otras ayudas ofrecidas por el SEPE y dirigidas a amas o amos de casa. Algunas ayudas a las que pueden agarrarse estas personas son el Subsidio por insuficiencia de cotización: Mini paro, el RAI para amas de casa, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) para ama de casa, las ayudas del SEPE para amas de casa mayores de 45 años, las de mayores de 52 años o la paga destinada a amas de casa con cargas familiares. 

Todas estas ayudas pueden solicitarse a través de la sede electrónica del SEPE o en cualquiera de las oficinas más cercanas, aunque se deberá acudir con cita previa.

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