Se trata de una de las dudas principales: ¿Puedo facturar sin ser autónomo? La respuesta es sí, aunque se deben cumplir ciertos límites y requisitos. Es decir, cualquier persona en edad de trabajar puede facturar legalmente sin estar dada de alta como autónoma. Emitir facturas no es exclusivo de los trabajadores por cuenta propia, sino que también pueden hacerlo personas dadas de alta en la Seguridad Social.
Sin embargo, la Seguridad Social ha establecido límites y requisitos para permitir la facturación sin ser autónomo. No cumplir estos requisitos puede dar como resultado sanciones económicas. Repasamos los requisitos y los límites para poder llevar a cabo esta acción.
Requisitos para facturar sin ser autónomo
Si necesitas facturar sin ser autónomo, es importante conocer los requisitos necesarios para poder hacerlo legalmente. Estas son las principales exigencias que debes cumplir:
1. Alta en el Registro de Actividades Económicas (Hacienda)
Es obligatorio darse de alta en Hacienda para poder emitir cualquier tipo de factura. El trámite se realiza mediante la presentación de los modelos 036 o 037.
2. Actividad esporádica
La actividad por la cual se emiten las facturas no puede ser la fuente principal de ingresos y tampoco debe ser recurrente. Esto significa que no puedes ejercer como autónomo de forma encubierta.
3. No superar el salario mínimo interprofesional (SMI)
Aunque no es un requisito legal, se recomienda que los ingresos obtenidos al facturar sin ser autónomo no superen el SMI en cómputo anual. Esto ayuda a demostrar que la actividad es esporádica y no constituye una forma regular de ganarse la vida.
Recuerda que es fundamental cumplir con estos requisitos para evitar sanciones económicas y problemas legales. Si tienes alguna duda o necesitas más información sobre cómo facturar sin ser autónomo, te aconsejamos consultar con un experto en servicios de asesoría contable.
Alta en Hacienda y alta como autónomo: estas son las diferencias
Es esencial comprender las diferencias entre ambas opciones, ya que una nos permite facturar esporádicamente sin ser autónomos y la otra nos permite llevar a cabo esta acción si es de una forma habitual. Estos dos procedimientos, aunque a menudo se mencionan juntos, atienden a necesidades y obligaciones diferentes dentro del marco legal y fiscal del país.
- Alta en Hacienda:El alta en Hacienda es un trámite indispensable para cualquier persona que desee llevar a cabo actividades económicas de manera legal, permitiendo la emisión de facturas sin necesidad de estar registrado como autónomo. Este trámite te identifica ante la Agencia Tributaria, habilitándote para operar dentro del sistema fiscal español y gestionar el IVA y el IRPF correspondiente a tus operaciones.
- Alta como autónomo:Por otro lado, el proceso de darse de alta como autónomo, conlleva inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Además de ser un requisito para aquellos que ejercen una actividad económica de manera regular y habitual, implica la asunción de responsabilidades adicionales, como el pago mensual de cuotas. Estas cuotas contribuyen a tus derechos de cobertura sanitaria, prestaciones por cese de actividad, y jubilación, entre otros beneficios sociales.
En definitiva, el alta en Hacienda te permite operar y facturar legalmente, mientras que el alta como autónomo se traduce en una mayor cobertura y responsabilidades dentro del sistema de la Seguridad Social.
¿Cómo se factura sin ser autónomo?
Para facturar sin tener la condición de autónomo debes seguir un procedimiento legal específico que comienza con el alta en la Agencia Tributaria (Hacienda). Este proceso se realiza a través de la presentación de los modelos 036 o 037, documentos que te identifican ante la administración fiscal y te habilitan para hacer actividades económicas de forma legal.
Estas son las obligaciones fiscales tras darte de alta en Hacienda
Una vez registrado, adquieres la responsabilidad de gestionar los impuestos asociados a tus ingresos. Esto incluye:
- Aplicación del IVA: debes incluir este impuesto en tus facturas, según el tipo que corresponda a tu actividad.
- Retención de IRPF: si eres profesional, debes aplicar la retención de IRPF en tus facturas.
- Declaraciones trimestrales y anuales: es obligatorio presentar las declaraciones de liquidación del IVA trimestral, anual e IRPF en los plazos establecidos por la ley.