“El SMI es una medida feminista“. Así presentó la vicepresidenta segunda Yolanda Díaz, la subida del Salario Mínimo Interprofesional tras su aprobación en el Consejo de Ministros. Según los datos de Trabajo, el 65,8% de las personas que perciben el SMI son mujeres, 1,579 millones son mujeres. Dentro del colectivo femenino de mujeres cuya retribución está ligada al salario mínimo, las empleadas del hogar son mayoría.
Con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, el SMI empleados de hogar, por hora efectivamente trabajada, se sitúa en 9,26 euros. Es decir, ninguna trabajadora podrá cobrar por debajo de esta cantidad. De esta forma, el SMI diario se sitúa en 39,47 euros. De esta forma, percibirán 1.184 euros brutos al mes en 14 pagas o 1.381,33 euros en 12 pagas. En total, la retribución bruta anual queda fijada en 16.576 euros al año.
IRPF
Una vez que ha quedado confirmado que el SMI tributará al IRPF, recordar a los empleadores domésticos que no tendrán que realizar retención a cuenta del IRPF. Cuando se trata de personas físicas, están exentos de esta obligación, aunque se supere el umbral salarial a partir del cual se exige una retención a cuenta del IRPF. Así consta en una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos: “los rendimientos del trabajo por una persona física en un ámbito particular (es decir, no empresarial ni profesional), no procederá la práctica de retenciones sobre los rendimientos del trabajo que el consultante satisfaga a su trabajadora del hogar”.
Sin embargo, la situación sí afecta a las empresas (personas jurídicas) que tiene contratadas empleadas del hogar para domicilios particulares. En principio, según explica Enrique Fernández, abogado de Legálitas experto en derecho Laboral, si no hay una actualización del Ministerio de Hacienda sobre el mínimo exento, estas empresas podrían tener que aplicar la retención en las nóminas. Para las trabajadoras, esto supondría una retención de entre un 1% o 2% en su salario bruto, aunque luego podrían recuperarlo con una regulación de las retenciones.
Cotizaciones
En paralelo, la subida del SMI también tendrá consecuencias en las cotizaciones a la Seguridad Social. Estas afectan tanto a los empleadores, también los particulares, como a las trabajadoras. En el caso de una jornada de 40 horas que el SMI en 12 pagas, la base de cotización será la máxima: 1.323 euros con datos de 2024, pendiente de actualización. A falta de la actualización de las bases de cotización, la cuota mensual bonificada a partir de 1.323 euros se sitúa en 376,66 euros, de los que 282,38 euros corresponden al empleador y 84,28 euros a la trabajadora.
En muchos casos, el empleador asume el pago de la cotización de la empleada, de modo que ella no tiene que abonar esa cantidad directamente a la Seguridad Social. Con esta fórmula, el salario neto de la empleada sería de 1.293,33 euros. No obstante, cuando se actualicen las bases de cotización, el salario neto habrá que regularizar la cuota con la Seguridad Social con carácter retroactivo.
Desde el 1 de enero 2023, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) también se aplica a este colectivo. A partir del 1 de enero de 2025, será del 0,8% (frente al 0,7% en 2024), aplicable sobre la base de cotización por contingencias, con un reparto del 0,67% a cargo del empleador y del 0,13% será a cargo de la trabajadora.
Responsabilidades
En función de las horas de trabajo, la responsabilidad de dar de alta en la Seguridad Social varía. Si la empleada trabaja más de 60horas mensuales, es obligación del empleador tramitar las altas y bajas. Para ello, debe contar con un Código de cuenta Cotización específico para este sistema especial. Por el contrario, si el número de horas es inferior a este umbral, puede ser la propia trabajadora quien realice el trámite.
Un cambio que puede afectar a las obligaciones del empleador en el futuro es el registro horario. El Ministerio de Trabajo estudia implantar un sistema para que los empleadores domésticos también puedan registrar la jornada diaria de las trabajadoras. El objetivo es garantizar que el cumplimiento del horario acordado y facilitar la reclamación de sus derechos en caso de despido.