A dos meses de que se abra el plazo para la declaración de la Renta del año anterior, la Agencia Tributaria ha comunicado novedades con el estreno de las casillas 669 y 701. El plazo para presentar la declaración de la Renta 2024 será del 2 de abril al 30 de junio, según ha anunciado la Agencia Tributaria.
Aunque aún faltan detalles por confirmar, se han anticipado algunas novedades importantes. Entre los cambios más destacados, se permitirá realizar el pago de la declaración mediante Bizum y tarjeta bancaria.
Además, se introducirán modificaciones en la corrección de errores y en el calendario de fraccionamiento de pagos. Estos cambios están basados en un borrador del proyecto de la orden que establecerá los modelos de declaración del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio de 2024.
Métodos de pago de la Declaración de la Renta
Hasta ahora, cuando el resultado de la declaración favorecía a la Agencia Tributaria, el contribuyente debía pagar directamente o mediante domiciliación bancaria, con la opción de fraccionar el pago. Con las nuevas modificaciones, si el resultado es a pagar, se podrá abonar al instante a través de Bizum o tarjeta bancaria, permitiendo que la Agencia Tributaria reciba el dinero de forma inmediata. Esta medida ha sido una de las más aclamadas ya que lo que hace es acercar a la Agencia Tributaria a los métodos de pago actuales.
Sin embargo, este sistema no es igualitario. Si la declaración es a devolver, la Agencia puede tardar semanas o incluso meses en procesar y realizar el reembolso tras revisar los datos.
Las casillas 669 y 701 de la Renta
La declaración de la Renta 2024 permitirá corregir pequeños errores sin necesidad de presentar una complementaria, mediante las nuevas casillas 669 y 701. La casilla 669 se usará para señalar discrepancias con el criterio de Hacienda sobre el resultado o los datos. Por otro lado, la casilla 701 se rellenará si se desea reclamar un pago a Hacienda, ya sea por la normativa fiscal o por haber pagado de más.
Contribuyentes obligados a hacer la declaración
Hay contribuyentes que no podrán eludir la obligación de presentar la declaración de la Renta, sin importar otros criterios. Estarán obligados a hacerlo todas las personas que reciban prestación por desempleo, los que perciban el Ingreso Mínimo Vital, así como todos los autónomos, independientemente de la cantidad de ingresos que generen.