Los nuevos permisos retribuidos en 2025 por si necesitas faltar al trabajo

Hay nuevos permisos retribuidos en 2025 que se suman a los ya existentes. ¡Toma nota de lo que puedes o no puedes solicitar en el trabajo!

Yolanda Díaz - Política
Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo Kilo y Cuarto

El año 2025 llega con novedades significativas en materia de permisos laborales retribuidos, ofreciendo a los trabajadores mayores opciones para ausentarse de sus puestos de trabajo sin perder ingresos. Estas medidas, recogidas en el Estatuto de los Trabajadores, buscan adaptarse a las necesidades actuales, desde emergencias climáticas hasta obligaciones familiares o personales. Aquí te contamos todo lo que debes saber sobre los permisos retribuidos en 2025 y cómo puedes beneficiarte de ellos.

Nuevos permisos retribuidos en 2025

Entre las principales novedades destacan dos medidas clave impulsadas por el Gobierno:

Los nuevos permisos retribuidos en 2025 por si necesitas faltar al trabajo

Dos padres miran con felicidad y devoción a su hijo recién nacido | Shutterstock

Permisos retribuidos ya existentes

Los nuevos permisos retribuidos en 2025 por si necesitas faltar al trabajo

Una mujer con las cajas de la mudanza… ¿feliz? ¿Por qué? Ella sabrá… | Pexels

Además de las novedades, los permisos retribuidos en 2025 incluyen derechos ya establecidos en el Estatuto de los Trabajadores, que siguen vigentes y cubren una amplia variedad de situaciones. Estos son algunos de los más relevantes:

  • 15 días por matrimonio o registro de pareja de hecho: Los trabajadores tienen derecho a este permiso tras formalizar su relación, lo que les permite disfrutar de tiempo libre para celebrar y adaptarse a esta nueva etapa.
  • 5 días por hospitalización o enfermedad grave de un familiar: Aplica al cónyuge, pareja de hecho, familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y personas convivientes que requieran reposo domiciliario tras una intervención quirúrgica.
  • 2 días por fallecimiento de un familiar: Si se trata de un cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso se amplía en 2 días más si es necesario desplazarse.
  • 4 días por fuerza mayor familiar: Este permiso permite ausentarse en caso de emergencias relacionadas con familiares convivientes, como enfermedades o accidentes que requieran presencia inmediata.
  • Permiso por mudanza: Los trabajadores tienen derecho a un día libre retribuido para realizar una mudanza de su domicilio habitual.
  • Cumplimiento de deberes públicos y personales: Este permiso cubre el tiempo necesario para realizar actos como el sufragio activo (ir a votar) o cumplir con deberes ineludibles.
  • Exámenes prenatales y preparación al parto: Las trabajadoras embarazadas pueden ausentarse por el tiempo indispensable para realizar exámenes médicos, técnicas de preparación al parto o actividades relacionadas con la adopción o acogida.
  • Donación de órganos o tejidos: Los trabajadores tienen derecho al tiempo necesario para los actos preparatorios relacionados con la donación.
  • Permiso de lactancia: Disponible para madres o padres, este permiso permite ausentarse durante una hora diaria hasta que el bebé cumpla 9 meses.
  • 20 horas de permiso para formación profesional: Los trabajadores con más de un año en la empresa pueden solicitar hasta 20 horas anuales de formación retribuidas, acumulables hasta 100 horas en un periodo de cinco años.
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