Las empleadas del hogar en el punto de mira

El nuevo SMI conllevará una actualización de las cotizaciones a la Seguridad Social, tanto para empleadores como trabajadoras. Trabajo analiza la fórmula para que los empleadores puedan registrar su jornada laboral

Fotograma de la película 'Calladita', de Netflix.

La actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena impacta de lleno en las empleadas del hogar. Este colectivo es uno de los más afectados, ya que es habitual que su retribución esté ligada al SMI. La mejora de su salario conlleva cambios tanto para ellas como para sus empleadores, con carácter retroactivo desde 1 de enero de 2025.

Para las trabajadoras, la subida del SMI implica cobrar 50 euros brutos más al mes en el caso de una jornada completa de 40 horas. Es decir, percibirán 1.184 euros brutos al mes en 14 pagas o 1.381,33 euros en 12 pagas. En total, la retribución bruta anual queda fijada en 16.576 euros al año. Una de las principales cuestiones en debate, que ha generado un desencuentro entre las vicepresidentas María Jesús Montero (Hacienda) y Yolanda Díaz (Trabajo), es su impacto fiscal.

Retención

Si no se actualiza el mínimo exento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, existe el riesgo de que algunas trabajadoras puedan verse obligadas a presentar la declaración de la renta. Para tranquilidad de los empleadores, cuando se trata de personas físicas, están exentos de esta obligación, aunque se supere el umbral salarial a partir del cual se exige una retención a cuenta del IRPF.

Así consta en una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos: “los rendimientos del trabajo por una persona física en un ámbito particular (es decir, no empresarial ni profesional), no procederá la práctica de retenciones sobre los rendimientos del trabajo que el consultante satisfaga a su trabajadora del hogar”.

Profesionales

Sin embargo, la situación sí afecta a las empresas (personas jurídicas) que tiene contratadas empleadas del hogar para domicilios particulares. En principio, según explica Enrique Fernández, abogado de Legálitas experto en derecho Laboral, si no hay una actualización del Ministerio de Hacienda sobre el mínimo exento, estas empresas podrían tener que aplicar la retención en las nóminas. Para las trabajadoras, esto supondría una retención de entre un 1% o 2% en su salario bruto, aunque luego podrían recuperarlo con una regulación de las retenciones.

En paralelo, la subida del SMI también tendrá consecuencias en las cotizaciones a la Seguridad Social. Estas afectan tanto a los empleadores, también los particulares, como a las trabajadoras. En el caso de una jornada de 40 horas que el SMI en 12 pagas, la base de cotización será la máxima: 1.323 euros con datos de 2024, pendiente de actualización.

Salario neto

A falta de la actualización de las bases de cotización, la cuota mensual bonificada a partir de 1.323 euros se sitúa en 376,66 euros, de los que 282,38 euros corresponden al empleador y 84,28 euros a la trabajadora. En muchos casos, el empleador asume el pago de la cotización de la empleada, de modo que ella no tiene que abonar esa cantidad directamente a la Seguridad Social. Con esta fórmula, el salario neto de la empleada sería de 1.293,33 euros. No obstante, cuando se actualicen las bases de cotización, el salario neto habrá que regularizar la cuota con la Seguridad Social con carácter retroactivo.

Desde el 1 de enero 2023, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) también se aplica a este colectivo. A partir del 1 de enero de 2025, será del 0,8% (frente al 0,7% en 2024), aplicable sobre la base de cotización por contingencias, con un reparto del 0,67% a cargo del empleador y del 0,13% será a cargo de la trabajadora.

Responsabilidades

En función de las horas de trabajo, la responsabilidad de dar de alta en la Seguridad Social varía. Si la empleada trabaja más de 60horas mensuales, es obligación del empleador tramitar las altas y bajas. Para ello, debe contar con un Código de cuenta Cotización específico para este sistema especial. Por el contrario, si el número de horas es inferior a este umbral, puede ser la propia trabajadora quien realice el trámite.

Un cambio que puede afectar a las obligaciones del empleador en el futuro es el registro horario. El Ministerio de Trabajo estudia implantar un sistema para que los empleadores domésticos también puedan registrar la jornada diaria de las trabajadoras. El objetivo es garantizar que el cumplimiento del horario acordado y facilitar la reclamación de sus derechos en caso de despido.

Efecto

En 2024, las trabajadoras afiliadas en el Régimen Especial de Empleadas del Hogar sumaron 338.707 personas, lo que supone una caída de más del 7% en relación con el año 2020, cuando sumaban 364.768 afiliadas. El descenso en el número de afiliadas en los últimos años ha sido interpretado por el Ministerio de Trabajo y la Seguridad Social como un proceso de profesionalización del sector, y no como un trasvase hacia el empleo no declarado. Sin embargo, dado el escaso control sobre el trabajo doméstico informal, no existen datos precisos sobre su magnitud.