La subida de los alquileres en enero queda en el 2,20% con el nuevo índice del INE

Los contratos de alquiler firmados desde mayo de 2023, deben regirse por este nuevo Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda del Instituto Nacional de Estadística

El nuevo índice del INE limita las subidas de los alquileres Europa Press

El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado por primera vez el índice de referencia de arrendamiento para la actualización anual de los contratos de alquiler, que se situó en el 2,20% interanual con datos de noviembre. Esta será la subida que puede aplicarse en enero a todos los alquileres firmados desde mayo de 2023, tal y como marca la Ley de Vivienda.

En virtud de esta norma, se encomendó al INE, que preside Elena Manzanera, la misión de definir, antes del 31 de diciembre de 2024, un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, “que se fijará como límite de referencia para evitar incrementos desproporcionados en la renta”.

De esta forma,  El pasado 20 de diciembre, se publicó en el BOE la resolución de la presidenta del INE en la que se define el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda. Según detalla, el índice de referencia que se utilizará como límite será el mínimo valor entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo, la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y la tasa de variación anual media ajustada. Este índice de referencia de arrendamiento se actualizará de manera mensual y cuenta con dos decimales.

Enero 2025

El dato del 2,20% coincide con la previsión que habían hecho fuentes del mercado consultadas por idealista.es. Se trata de un incremento inferior al máximo establecido para 2024, fijado en el 3%, una limitación extraordinaria motivada por el incremento de los precios debido a la guerra de Ucrania. Un año antes, se situó en el 2%.

El nuevo índice incluye dos coeficientes moderadores definidos por el Gobierno: por una parte, un parámetro Alfa, que toma el valor 0,5, “en consideración a las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda”; y por otra, un parámetro Beta que, a tomará como valor 2, que es el “objetivo de tasa de inflación a medio plazo del Banco Central Europeo”. Así, guardará relación con la evolución esperada de los precios de consumo a medio plazo. Ambos han sido establecidos a propuesta conjunta de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.

Actualización antes de Ley de Vivienda

Por otra parte, los contratos firmados antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda seguirán actualizando su renta anual con el dato del Índice de precios al consumidor (IPC) o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), según conste en el contrato de alquiler firmado. En este sentido, según aclararon fuentes del Ministerio de Vivienda a Europa Press, en función de lo que los inquilinos hayan firmado en los contratos de alquiler previos a mayo de 2023, la revalorización anual de esta renta se hará usando el dato de la inflación a fecha de cada actualización o el IGC, que nunca podrá ser superior al 2%.

 

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