La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe sobre el proyecto de Real Decreto (PRD) del Ministerio de Sanidad, que busca modificar la normativa vigente sobre la fabricación, presentación y comercialización de productos del tabaco y productos relacionados. Cabe recordar que este proyecto normativo introduce dos novedades: por un lado, la prohibición de incluir aromatizantes o saborizantes distintos a los que confieran aroma y/o sabor a tabaco en los cigarrillos electrónicos, las bolsas de nicotina y productos a base de hierbas calentadas y, por otra, la apariencia uniforme o el etiquetado genérico para los cigarrillos y el tabaco de liar.
En su análisis, el organismo presidido por Cani Fernández cuestiona los aspectos más novedosos del PRD, si bien “comparte la necesidad de atacar los principales problemas de salud pública y prevenir el tabaquismo”. En ese sentido, la CNMC expone que estas medidas deben realizarse por la vía legislativa adecuada, argumentando y justificando las medidas propuestas con evidencia científica, evaluando su impacto en la libre competencia. “Dado que las restricciones afectan a la libertad de empresa, deberían estar respaldadas en una norma con rango de ley. Se sugiere una reforma legal que ofrezca un respaldo indubitado a las medidas planteadas para los nuevos productos”, resume el organismo.
Libre competencia
El informe identifica dos aspectos que afectarán a la libre competencia. En primer lugar, en el ámbito de la fabricación, donde advierte de la prohibición de incluir aromatizantes o saborizantes distintos a los que confieran aroma y/o sabor a tabaco en cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina. En segundo término, en relación con la comercialización, por la introducción de la apariencia uniforme o etiquetado genérico para los cigarrillos y el tabaco de liar.
En este sentido, señala que la existencia de restricciones a la competencia puede estar justificada siempre que se ajusten a los principios de buena regulación recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, bajo los criterios de necesidad, proporcionalidad o no discriminación. Así, la CNMC recomienda que las novedades se ajusten a los principios de buena regulación y que se sustenten “en razones de interés general debidamente identificadas” y que “no basta con la mención genérica de intereses públicos”. Por ello, afirma que es necesario desarrollar los beneficios que supondrá para la salud pública la puesta en marcha de las novedades expuestas en el proyecto y qué consecuencias habría en ausencia de las medidas.
También plantea la necesidad del principio de proporcionalidad en el que se exploren alternativas menos dañinas para la competencia: “debe evaluarse la existencia de soluciones que minimicen los efectos anticompetitivos”. En ese sentido, la CNMC recuerda en el informe que no es incompatible la protección de la salud con la “existencia de una regulación eficiente que promueva un nivel efectivo de competencia en el sector del tabaco”.
Prohibición de facto injustificada
El proyecto, impulsado por el ministerio encabezado por Mónica García, incluye la limitación del contenido de nicotina en bolsas monodosis a menos de 0,99 mg por sobre. En este punto, el supervisor “no encuentra una justificación que explique por qué se fija la cantidad en cuestión”. Esta medida, señala la CNMC, supone en la práctica la exclusión de todos los productos actualmente en el mercado europeo, donde los sobres suelen contener entre 3 y 10 mg de nicotina. “La medida establecería de facto una prohibición a la comercialización en el mercado español de un producto que sí puede comercializarse en otros países de la Unión Europea”, añade.
En este sentido, considera que estas actuaciones restringen significativamente el funcionamiento del mercado y podrían tener consecuencias en la libre circulación de mercancías dentro de la Unión Europea. “Sin que esta posibilidad sea ilegal, debe tenerse en consideración que, de mantenerse la medida, para verificar la legalidad de esta también desde la óptica del derecho de la UE”, puntualiza.
Implementación transitoria
En cuanto a la implementación práctica de estas medidas, el proyecto normativo establece un periodo transitorio de diez meses para que los fabricantes adapten sus procesos de producción, y de doce meses para que los comercios vendan el stock acumulado bajo la normativa anterior. El informe avisa de que estos plazos no están suficientemente justificados y pide que se concreten mejor las razones que los hacen viables.
Rango de Ley
Como conclusión, el informe lanza un mensaje de advertencia: proteger la salud pública es una prioridad legítima, pero no debe hacerse a costa de debilitar el funcionamiento eficiente del mercado. Y va un paso más allá, pues señala que “dada la afectación de las restricciones reseñadas a la libertad de empresa constitucionalmente reconocida, cabe exigir su respaldo en norma con rango de ley“. De lo contrario, el decreto sanitario podría terminar generando más incertidumbre y dudas que soluciones.
Impacto en Canarias
Por otra parte, el Congreso de los Diputados aprobó ayer, 10 de abril, una iniciativa auspiciada por Coalición Canaria que pide al Gobierno analizar el impacto en la economía del archipiélago del empaquetado genérico de las cajetillas de tabaco que quiere implantar el Ministerio de Sanidad. Esta contó con el apoyo de todos los grupos salvo Vox, que votó en contra.
La diputada del PSOE Dolores Corujo hizo hincapié en la importancia estratégica de la industria tabacalera en Canarias: “Está estrechamente ligada con la propia historia de las islas y ocupa un papel muy importante tanto en la cultura como en la parte económica”. El diputado del PP Juan Antonio Rojas Manrique advirtió sobre los posibles efectos no deseados de esta medida, subrayando que “los estudios realizados en otros territorios revelan una caída en la recaudación fiscal y un debilitamiento de las industrias legales.