Google, Meta, Apple, X y Tik Tok torpedean el pasaporte digital antiporno

Los operadores demandan a la Comisión Europea que obligue a España a modificar la nueva Ley de Protección de menores y se ciña al Reglamento de la UE, que aplica parcialmente porque no ha habilitado a la CNMC

El pasado 4 de junio el Consejo de Ministros aprobó una de sus iniciativas estrella de esta legislatura: el Anteproyecto de Ley Orgánica (APLO) para la protección de menores de edad en los entornos digitales. Entre otras medidas, se busca elevar de 14 a 16 años la edad mínima para registrarse en redes sociales, obligar a los fabricantes a incluir controles parentales por defecto y establecer sistemas de verificación de mayoría de edad para evitar el acceso de menores a contenidos para adultos. En relación a esta última, el Gobierno lanzó el pasaporte digital  para el acceso a contenidos en línea, popularmente conocido como el ‘pasaporte digital antiporno’ o el ‘pajaporte’.

La nueva Ley de protección digital de los menores trata además de prohibir su acceso a los ‘loot boxes’ o cajas botín que son mecanismos de recompensa que en ocasiones cuestan dinero, sobre todo en videojuegos y en otro tipo de sistemas o de plataformas digitales y de reforzar las obligaciones de los influencers, para que lleven a cabo medidas de protección a este colectivo en su actividad habitual. Esta propuesta legislativa impulsada por varios ministerios, como Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030; Igualdad; Transformación Digital y Función Pública, y Juventud e Infancia, tenía que haberse remitido a las Cortes después del verano. Así, lo señaló  según las previsiones del Gobierno. Sin embargo, a punto de finalizar el periodo de sesiones de 2024, quedan aún importantes pasos en su tramitación, lo que podría dilatar su entrada en las Cortes hasta mediados de 2025. La clave está en lo que ocurra en Bruselas, donde los grandes operadores digitales intentan frenar este proyecto a través de la intervención de la Comisión Europea.

Rechazo de los operadores

DOT Europe, la patronal que defiende los intereses de Google, Meta, Apple, X o Tik Tok, entre otras grandes compañías, es muy clara: “Instamos a la Comisión Europea a solicitar formalmente que el Gobierno español revise el proyecto de ley para garantizar su conformidad con la legislación de la UE, en particular el Reglamento de Servicios Digitales (DSA)”. Esta posición es compartida por las patronales españolas Adigital y Ametic, que representan a la economía y la industria digitales, respectivamente. Adigital, formada por más de 550 empresas, cuenta entre sus socios con Amazon, Huawei o Microsoft; mientras que en Ametic participa, entre otros, la asociación española de videojuegos.

Por su parte, Meta, la empresa matriz de algunas de las plataformas digitales más populares del mundo como Facebook, Instagram, WhatsApp y Messenger, que también han hecho llegar individualmente esta misma opinión a la Comisión Europea. Otros agentes como la patronal Digitales, en la que participan operadoras como Telefónica, Vodafone o MasOrange, o Eurocommerce Europe, que representan los intereses del comercio minorista, también han puesto de manifiesto que el APLO interfiere en la armonización del mercado interior europeo, aunque sin apelar explícitamente a la intervención de la Comisión Europea para frenar el proyecto.

Unanimidad

Todos operadores que han traslado su opinión al Ejecutivo comunitario coinciden en que el Anteproyecto entra en conflicto con el Reglamento de Servicios Digitales (DSA), rompiendo el principio de unidad en el mercado interior europeo. En este sentido, Dot Europe recuerda que el DSA es un instrumento de armonización máxima que establece un marco integral directamente aplicable, mientras que Meta advierte que el proyecto de ley introduce obligaciones nacionales que se superponen con las establecidas en el Reglamento. El objetivo de la DSA, aprobado en 2022 y que desde febrero de este año se aplica a todas las plataformas, es regular el comportamiento de los intermediarios de servicios digitales para proteger a los consumidores y usuarios en el entorno digital.

Como resumía en su última comparecencia en el Congreso de los Diputados, la presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández, esta norma comunitaria de obligado cumplimiento [los reglamentos son de aplicación directa en los Estados miembro], buscar “asegurarse de que los prestadores de servicios digitales asuman responsabilidad por las ilegalidades en internet de manera que todo lo que sea ilícito, y sancionable, offline, lo sea también online. Este reglamento incorpora herramientas de vigilancia y supervisión en las que se incorpora la colaboración de agentes externos e independientes “certificados”.

Aplicación parcial

“Nos gustaría tener una regulación que sea homogénea en los países de la Unión Europea y para este debate de nuevo lo va a liderar España porque este instrumento legislativo que hoy aprobamos es el primero de la Unión y por tanto, estamos en una muy buena posición para poder mostrar nuestra experiencia”, aseguraba en junio Félix Bolaño, ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones. Paradójicamente cuando España aspira a liderar el debate en la Unión Europea, la realidad es que está aplicando este reglamento europeo de manera parcial porque no se ha habilitado a la CNMC para ello.

“La CNMC todavía no puede hacer todo lo que debería en el marco de la DSA. Nos falta la habilitación legal, nos faltan los medios, nos falta el personal”.

Su aplicación completa exige una modificación de la normativa que regula a la CNMC, que debe ser refrendada por el Congreso de los Diputados. “La CNMC todavía no puede hacer todo lo que debería en el marco de la DSA. Nos falta la habilitación legal, nos faltan los medios, nos falta el personal. No podemos tomar las riendas del mayor reto regulatorio y supervisor de la Unión Europea. No podemos proteger como podríamos a nuestros consumidores, no podemos actuar contra la desinformación, no podemos proteger como deberíamos, a nuestros menores”, advertía, en su comparecencia, Cani Fernández.

Puntos de conflicto con la DSA

Partiendo de la fragmentación del mercado único, las principales reservas de los operadores radican en la introducción de obligaciones que se superponen con las ya contempladas en el DSA. Recuerdan que el propio reglamento recoge en sus considerandos que la “protección de los menores es un objetivo político de la Unión Europa”, por lo que lo países no deberían abanderar sus propias normas, sino unificar criterios con un enfoque comunitario. En general, aunque hay matices entre ellos, recuerdan que la protección de los menores está específicamente abordada en los artículos 14 (Términos y condiciones), 28 (Protección en línea de los menores), 34 (Evaluación de riesgos) y 35 (Mitigación de riesgos) de la DSA. En particular, el reglamento se refiere a los sistemas de verificación de edad como un ejemplo de medidas de aplicación efectivas y dirigidas para proteger los derechos de los niños (artículo 35).

A su vez, recuerdan el desarrollo de la Estrategia ‘Better Internet for Kids’ (BIK+) servirá como guía a los Estados miembros. La Comisión Europea trabaja actualmente en las Directrices para la protección de menores en línea, incluyendo medidas específicas de verificación de edad y controles parentales, cuya presentación se prevé para 2025. Por ahora, la Comisión Europea no se ha  pronunciado al respecto, tiene de plazo hasta poco antes de fin de año para decidir si atiende las peticiones de una buena parte de los operadores y exige modificar el APLO de protección de los menores en entornos digitales o, por el contrario, ampara que España prosiga la tramitando este Anteproyecto de Ley sin ninguna observación por su parte.

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