Conciliación

España, el único país de la UE expedientado por no retribuir el permiso parental

La falta de acuerdo entre PSOE y Sumar pasa factura en Bruselas. Es el único Estado con un nuevo procedimiento por no haber transpuesto íntegramente

Las diferencias entre PSOE y Sumar con el permiso parental retribuido para el cuidado de hijos menores de ocho años continúa pasando factura en Bruselas. España sería el único país de la Unión Europea sin transponer en plazo [venció el pasado 2 de agosto] la obligación de retribuir como mínimo las dos últimas semanas del permiso parental para atender a menores de ocho años, lo que le ha costado un doble expediente comunitario. Así, ha quedado patente al ser el único Estado miembro con un nuevo procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea a 25 de septiembre por no haber transpuesto íntegramente la Directiva de Conciliación.

El permiso parental retribuido es uno de los compromisos recogidos en el acuerdo de Gobierno entre el PSOE y Sumar, junto con la ampliación de 16 a 20 semanas de la baja por nacimiento. En concreto, en dicho acuerdo los socios de coalición del Ejecutivo de Pedro Sánchez fijan el pago de, al menos, cuatro semanas de permiso parental retribuido. Son dos más que el mínimo obligatorio que establece la Directiva, que deja la puerta abierta a que los Estados miembros puedan abonar hasta ocho semanas. La realidad es que al día de hoy la norma no ha sido transpuesta y no se vislumbra solución inmediata por las diferencias de Sumar con la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, que es quien tiene la decisión del gasto.

Y entre tanto, la Comisión Europea sigue vigilando que España cumpla sus deberes, tal y como exige la Directiva de Conciliación, que entró en vigor en julio de 2019, con dos plazos de transposición separados: hasta el 2 de agosto de 2022 para transponer la mayoría de las disposiciones de la Directiva y dos años después para la disposición relativa al permiso parental retribuido, cuyas dos últimas semanas deben ser remuneradas.

Según detalló la Comisión Europea, a 26 de septiembre, “España no ha comunicado a la Comisión la transposición completa de esta disposición a su legislación nacional. Por ello, la Comisión envía una carta de emplazamiento a España, que ahora dispone de dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado”.

Segundo procedimiento

Los procedimientos de infracción a España a raíz de esta norma no son nuevos. El primer aviso tuvo lugar en septiembre de 2022, cuando remitió una carta de emplazamiento a 19 Estados miembros, entre ellos España, por no comunicar las medidas nacionales de transposición, a pesar de que había vencido el plazo el 2 de agosto de ese año. En abril de 2023, al constatar que aún once países, incluido España, seguían sin transponer por completo la norma, la Comisión decidió dar un paso más en los procedimientos de infracción con el envío de un dictamen motivado.

Entonces, la mayor parte de los países apercibidos tomaron medidas y avanzaron en su aplicación nacional. En noviembre de 2023, tres países seguían pendientes -además de España, Irlanda y Bélgica-, por lo que la Comisión Europea decidió remitir el caso Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Según el recurso interpuesto, por el incumplimiento de sus obligaciones, la Comisión propone que se exija una multa a tanto alzado de como mínimo 6,832 millones de euros, que partir del 2 de agosto se está incrementado a razón de 9.760 euros diarios. A 26 de septiembre, la sanción superaría los 7,58 millones de euros. Esta propuesta de sanción de la Comisión Europea, en caso de que finalmente haya una sentencia condenatoria, se vería incrementada por una multa coercitiva diaria de 43.920 euros por día de retraso en la transposición a contar desde el día que se dicta la sentencia del TJUE hasta la completa transposición de la Directiva.

Plazos

Con este nuevo procedimiento de infracción comunitaria, el ala de Sumar en el Gobierno tiene un argumento más a su favor para desatascar una cuestión prioritaria en su programa social, que lleva arrastrándose desde antes del verano y sobre la que el Ministerio de Trabajo ha insistido recurrentemente en la necesidad de cumplir el acuerdo. Según explican a Artículo14 fuentes del Departamento de Yolanda Díaz, este tema se está “luchando duramente” también por el Ministerio de Derechos Sociales, ya que ambos están implicados, pero no se puede avanzar sin el concurso de todo el Gobierno.

“No es de recibo que las familias de nuestro país no tengan los derechos de conciliación mínimos que Europa exige”, lamentaron fuentes de ambos Ministerios en declaraciones a Europa Press, al tiempo que insistieron en que la situación “no es de recibo” y “penaliza de forma grave” a las familias de España. A la espera de un acuerdo que permita avanzar en su aplicación, bien en el marco presupuestario o -preferiblemente para los de Sumar- en la primera norma en la que sea posible-, la realidad es que el permiso parental retribuido de, al menos, cuatro semanas sigue aplazado ‘sine die’ en España, pendiente de que el PSOE se pronuncie al respecto.

Y aun entonces no será un asunto cerrado. Para los sindicatos, la propuesta del acuerdo de Gobierno de cuatro semanas de permiso parental retribuido es insuficiente y se aspira a lograr el máximo de ocho semanas que ya tienen otros países de la Unión Europea. Máxime cuando se trata de una medida de gran impacto no solo desde el punto de vista de la conciliación familiar, sino para evitar que las mujeres sigan siendo quienes asumen las tareas de cuidados. “No estamos de acuerdo en que no se retribuya el máximo de ocho semanas que apunta la Directiva y seguiremos trabajando en ese sentido”, resume Cristina Antoñanzas, vicesecretaria general de UGT.

 

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