Si llega a España un extranjero con un menor de edad, tendrá que explicar cuál es su parentesco y dejarlo por escrito en el nuevo registro de viajeros. Es una fórmula para que las autoridades españolas puedan controlar que no se produce ningún tipo de delito y si es así, perseguirlo de inmediato. Este dato forma parte de un registro de pasajeros obligatorio para poder viajar por nuestro país y que acaba de entrar en vigor. Una petición expresa del ministerio del Interior que considera que el anterior registro se había quedado obsoleto. Tiene sentido, el que se ha utilizado hasta ahora data de los años cincuenta, de 1959, y no tenía en cuenta negocios que han surgido después como las empresas de reservas online o todo tipo de alojamientos turísticos.
En ese formulario tendremos que rellenar datos como nombre y apellidos, fecha de nacimiento, documento de identidad, lugar de residencia, teléfono fijo y móvil, dirección de correo electrónico, número de viajeros, relación de parentesco si alguno de ellos es menor de edad y datos de transacción. Sí, hay que incluir los datos de nuestra cuenta bancaria o tarjeta de crédito con la que hemos pagado ese viaje con su fecha de caducidad y fecha del pago. En el caso de que alquilemos un coche, también hay que aportar información no solo del conductor principal sino del segundo.
Es de obligado cumplimiento, nadie se puede negar, y tanto hoteles, hostales, alojamientos turísticos, agencias de viajes como empresas de alquiler de vehículos tendrán que recopilar esos datos que se enviarán después a una plataforma llamada Ses.hospedajes, que ha puesto en marcha Interior y en la que permanecerán durante tres años. Para aquellos que no cumplan, habrá multas leves desde los 100 a los 600 euros pero también más graves que pueden alcanzar los 30.000 euros.
La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) le ha enviado una carta abierta al ministro de Interior y al de Industria y Turismo en la que denuncia que este registro se les ha impuesto sin haber contado con su opinión, “y sin haber existido el mínimo interés para conocer nuestras operativas. Ha quedado demostrado, por parte del gobierno del que forman parte, un flagrante desconocimiento y un manifiesto desinterés por paliarlo. Nuestro sector no ha estado nunca obligado a facilitar estos datos (tampoco en ningún otro país). El artículo 25 de la Ley Orgánica 4/2015 de la que emana dicho Real Decreto no menciona ni a las agencias de viajes ni a los operadores turísticos como posibles sujetos obligados a la comunicación y registro de datos en favor de la seguridad ciudadana”, explican.
Y recuerdan la sobrecarga de trabajo que supone para estas empresas ya que el 95% lo conforman pequeñas y medianas empresas, en algunos casos con un solo trabajador, que va a tener que dedicar más horas a este propósito y que esto a la larga puede encarecer los viajes. “Nuestro mensaje es claro; el no eximir a las agencias de viajes y operadores turísticos pone en riesgo la actividad turística, en particular la de ámbito internacional, siendo conocedores, que son ya, varios tour-operadores especialmente europeos, que están centrando su atención en destinos competidores de España ante el rechazo que en sus respectivos países está teniendo esta cuestión, considerando que la misma atenta de manera directa y flagrante contra la intimidad y seguridad de los propios turistas”.
Tampoco se han quedado de brazos cruzados los hoteleros que ya estudian medidas legales contra este registro. Pero desde Interior insisten en la importancia de ser más exhaustivos en los controles, en que la seguridad es prioritaria y que los mayores ataques vienen de la actividad terrorista y el crimen organizado y tienen un carácter transnacional. “En ambos casos cobran especial relevancia en el modus operandi de los delincuentes la logística del alojamiento y la adquisición o uso de vehículos a motor, cuya contratación se realiza hoy en día por infinidad de vías, incluida la telemática, que proporciona una mayor privacidad en esas transacciones”.
Si un adulto viaja con una menor, las autoridades españolas tendrán la información suficiente para saber si es una relación de padre e hija o la apariencia encierra algún delito que se podría detectar con un mero formulario.