El despido improcedente entra en la agenda de Díaz tras el fallo de UE contra España

El Comité Europeo de Derechos Sociales determina que España está incumpliendo el artículo 24 de la Carta Social Europea. Yolanda Díaz avanza que el despido será elemento de reforma y se ajustará a la legislación comunitaria

Yolanda Díaz, vicepresidenta Segunda del Gobierno y ministra de Trabajo. Kiloycuarto.

El Comité Europeo de Derechos Sociales, una autoridad de la Unión Europea encargada de supervisar el cumplimiento de la Carta Social Europea, ha emitido una resolución contra la regulación española de las indemnizaciones por despido improcedente.

Esta resolución, que no se hará pública hasta el 29 de julio, determina que España está incumpliendo el artículo 24 de la Carta Social Europea. Dicho artículo garantiza a los trabajadores el derecho a una protección adecuada en caso de despido, estableciendo que la compensación debe ser suficiente para cubrir los daños sufridos y debe tener un efecto disuasorio para los empleadores.

Según el Comité, la indemnización media en España, que ronda los 9.000 euros, no cumple con estos requisitos, ya que ni cubre adecuadamente los daños ni desalienta a los empleadores a provocar despidos injustificados.

Y es que la actual situación en España muestra que cerca de 900.000 contratos se extinguen anualmente, y con la reforma laboral de 2012 implementada por el gobierno de Mariano Rajoy, se redujo la indemnización de 45 a 33 días por año trabajado y se eliminaron los salarios de tramitación. Estos cambios han facilitado los despidos, según Fernando Luján, vicesecretario general de política sindical de UGT, haciendo que el coste para los empresarios sea bajo y no existan verdaderas barreras para evitar despidos arbitrarios e injustos. Por eso ha intervenido el Consejo de Europa, del que este Comité es un órgano encargado.

Reacción de Trabajo

Tras conocerse la resolución, en Madrid, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, aseguró que el despido en España “es un elemento más que va a ser susceptible de reforma” y ha remarcado que se abordará en la mesa de diálogo social y acomodándolo a la legislación europea.

“He de decirles que en el acuerdo de Gobierno está contemplada esta materia y es clave que lo que es fuente de derecho europeo, como hemos hecho en otras materias en nuestro país, forme parte de nuestra legislación”, remarcó la vicepresidenta, que reconoció que conoce el contenido de esa resolución, que se acomoda a las antecedentes de materias más o menos idénticas ante denuncias que se formularon en otros Estados miembros”.

No obstante, Díaz señaló que los empresarios no contratan a la ciudadanía para despedirla y ha asegurado que España es un país en el que el despido “no es un problema”. En su opinión, “la clave está en que tengamos herramientas ante coyunturas que pueden ser empresariales, de crisis o de sectores de lo que fuere, que acompañemos a esos procesos, pero no es necesario despedir a nadie”.

Respetar la decisión del Comité

El sindicato UGT insiste en que las indemnizaciones por despido improcedente deben cumplir con dos requisitos: tener un carácter disuasorio, para que los empleadores no se salten la ley, y compensar adecuadamente al trabajador despedido. Según Pepe Álvarez, secretario general de UGT, esta resolución es histórica y puede cambiar la forma en que se concibe el despido en España. Álvarez ha declarado que la resolución “va a cambiar el concepto mantenido en España sobre el despido a lo largo del tiempo”.

UGT buscó la intervención europea y presentó la demanda ante el Comité porque consideraba que la reforma laboral de 2012 no ha revertido todas las medidas que facilitaban los despidos.

Y tras el fallo, el sindicato considera que el diálogo social permitirá llegar a una resolución vinculante que evite despidos arbitrarios y asegure indemnizaciones justas. Álvarez señaló que “sería razonable que tras el 29 de julio, fecha en la que se podrá publicar la sentencia íntegra, Gobierno, patronal y sindicatos se sentaran para hacer una adaptación a la legislación española a través del Diálogo Social”.

El precedente europeo

En declaraciones a Europa Press, Fernando Luján destacó que las resoluciones de otros países europeos como Finlandia, Italia y Francia establecen claramente que la indemnización por despido no puede estar predefinida por el empresario y debe cubrir los daños causados al trabajador, incluyendo los salarios de tramitación hasta que se conozca la sentencia. Estos elementos, según UGT, deberían ser incorporados en la legislación española para alinearse con los estándares europeos.

UGT señala que, en caso de no llegar a un acuerdo mediante el diálogo social, están preparados para luchar por la implementación de la sentencia en los tribunales. Pero Álvarez enfatiza que no hay ninguna razón para que la sentencia no se considere vinculante y se debe trabajar en su cumplimiento. Ha declarado que “depende de la voluntad que tenga el Gobierno y la patronal, los sindicatos, desde luego, la tenemos, pero si no es así, pelearemos esta sentencia que protege mucho más a los trabajadores y trabajadoras tienen mucho que ganar y nuestros servicios jurídicos están preparados”.

Con todo, el sindicato ve la resolución del Comité como una oportunidad para recuperar derechos laborales perdidos con la reforma de 2012, como los 45 días de indemnización por año trabajado y los salarios de tramitación. Esta resolución aporta igualdad y justicia al sistema laboral español y permite avanzar hacia una mayor estabilidad en el empleo.

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