El acuerdo con Junts retrasa el traspaso de viviendas del Estado a SEPES

La aportación de los inmuebles Patrimonio del Estado a la futura empresa de vivienda pública queda suspendida al no incluirse en nuevo decreto ómnibus, que sí incorpora avales al alquiler a jóvenes y familias vulnerables

Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda. Artículo14.

El nuevo Real Decreto-Ley, publicado el 29 de enero, centrado en medidas del escudo social’ -como explicó Pedro Sánchez tras el Consejo de Ministros- deja fuera una de las iniciativas estrella del Gobierno: la futura empresa estatal de la vivienda. Una de las consecuencias del acuerdo con Junts para salvar las iniciativas sociales es el retraso en el traspaso a SEPES de los inmuebles Patrimonio del Estado para destinarlos a la política de vivienda asequible. Esta medida ha quedado fuera de la norma.

A su vez, en materia de vivienda, entre las 29 medidas del decreto-ley ómnibus reducido se ha incluido una propuesta adicional, que no figuraba en el anterior, la creación de una línea de avales del Estado en caso de impago en el alquiler. Esta garantía para los contratos a jóvenes y familias vulnerables está condicionada a que los propietarios ajusten la renta de sus viviendas al precio máximo que fija el índice estatal del alquiler. Dos caras de la misma moneda que reflejan los equilibrios a los que se ve sometido el Ejecutivo.

SEPES

En diciembre, el Ejecutivo defendió la asignación a la Entidad Pública Empresarial de Suelo de los inmuebles del Patrimonio del Estado con la “máxima urgencia” para que comenzara “cuanto antes” a desarrollar las correspondientes actuaciones, teniendo en cuenta el carácter masivo del traspaso. Dentro de estos se incluyen los inmuebles del Instituto de la Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED) y del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), siempre que SEPES considere que son aptos para vivienda pública.

Según la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas (artículo 132.2), esta aportación tendrá que ser acordada por el Ministerio de Hacienda, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio previa tasación. En este caso, para acelerar los trámites, se acordó “exceptuar la necesidad de valorar con carácter previo los inmuebles que van a ser aportados”.

Muface

Al derogarse el Real Decreto-Ley de diciembre de 2024, queda también suspendida la aportación de los inmuebles de la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios y de la Seguridad del Estado (SIEPSE). Además, queda suspendida la gestión por parte de SEPES de los inmuebles del Fondo Especial de Muface y de los Reales Patronatos, que, a diferencia de los anteriores, mantendrán intacta su propiedad.

Alquiler avalado

Por otra lado, tal y como recoge el BOE, la nueva línea de avales estatales en caso de impago en el alquiler estará limitada a propietarios que alquilen a jóvenes (menores de 35 años) y colectivos vulnerables, conforme a los criterios establecidos reglamentariamente. El inquilino deberá cumplir uno de estos dos requisitos tanto en el momento de la suscripción del contrato de arrendamiento como del documento de compromiso del aval.

Además, la concesión del aval queda condicionada a que la renta de alquiler no supere el índice estatal del alquiler, que establece un precio máximo de alquiler en zonas declaradas tensionadas. De igual manera, para poder optar al aval se deberá depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones, así como suscribir, por parte del arrendador y arrendatario el compromiso relativo al aval de alquiler, según el modelo que la Administración ponga a disposición de la ciudadanía.

Seis meses

La línea estará gestionada por las comunidades y ciudades autónomas con financiación finalista por parte del Estado. Esta línea de avales garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, “así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan”.

Para poder reclamar el cobro de las cantidades debidas y avaladas, los propietarios deberán realizar la solicitud en un plazo de seis meses una vez que se haya recuperado la posesión de la vivienda. Se prevé -y así se señala en el texto publicado en el BOE- el desarrollo reglamentario de la medida en un plazo máximo de seis meses. Este reglamento será de aplicación respecto a los contratos vigentes a la entrada en vigor de este real decreto-ley. Además, se deja la puerta abierta a que se incorporen otros colectivos como beneficiarios potenciales de esta línea de avales una vez se desarrolle el reglamento que regule la medida.

Empresa pública

Las aportaciones “urgentes” de viviendas Patrimonio del Estado a SEPES responden a su transformación en la futura empresa pública de la vivienda, que en su nueva concepción gestionará de forma integral todo el proceso para acelerar la puesta en el mercado de vivienda asequible, es decir, desde el suelo hasta la promoción y movilización de vivienda. En 2024, la entidad, dependiente del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, alcanzó unas ventas de 83,84 millones de euros, “su mejor ejercicio comercial de los últimos quince años”. SEPES cuenta con unos activos valorados en 388 millones de euros y más de 8,5 millones de metros cuadrados de suelo.

Una vez que el marco jurídico que avala el traspaso de inmuebles a SEPES ha quedado derogado su efectividad se retrasa. Habrá que esperar hasta el nuevo Real Decreto con medidas económicas que, de momento no tiene plazo, aunque como avanzó Pedro Sánchez ya se está negociando con los grupos políticos para sacarlo adelante lo antes posible.

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