La vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, ha firmado el acuerdo para la reforma del subsidio por desempleo con Pepe Álvarez, secretario general de UGT y Unai Sordo, de Comisiones Obreras. Sin embargo, la CEOE considera que no ha habido diálogo social. Piensan que esto ha sido más bien una consulta y no una firma como tal.
Uno de los puntos clave de esta nueva reforma, tal y como avanzó Artículo14, es que las víctimas de violencia de género se podrán beneficiar de esta ayuda. Una cuantía de 570 euros al mes durante los seis primeros meses. Importe que irá descendiendo según el IPREM durante un tiempo máximo de treinta meses.
De esta manera, la cuantía parte del 95% del indicador del IPREM establecido en 570 euros. A partir de los seis primeros meses, bajará al 90% y después de pasar otro medio año, las víctimas cobrarán el 80% del índice hasta su finalización, un año y medio después. En total, dos años y medio de ayuda.
Otro punto relevante es que las mujeres víctimas de violencia de género podrán solicitar esta ayuda sin necesidad de cotización previa. Además, lo podrán hacer desde los 16 años en adelante.
Era una noticia muy esperada por la mayoría de asociaciones y víctimas. Pues cuando salen de una situación así, lo suelen hacer de manera muy vulnerable y casi sin ningún recurso. Es por ello que, aunque algunas víctimas lo consideran “insuficiente”, celebran este subsidio aprobado por Díaz.
En este acuerdo también se han contemplado más novedades como una nueva fórmula compatible para la prestación contributiva con un trabajo a partir del año de cobro. Sin embargo, los sindicatos lamentan que fuera de este acuerdo se hayan quedado otras medidas como la actualización del IPREM.
Reforma subsidio por desempleo
Además, la reforma del subsidio por desempleo permitirá compatibilizar con un salario tanto el subsidio como la prestación contributiva de desempleo. En el caso del subsidio por desempleo, cuya duración máxima seguirá siendo de 30 meses, la compatibilidad será por un periodo tope de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial, sin reducción de la cuantía. En el caso de la prestación contributiva se podrá compatibilizar con un empleo tras un año cobrando prestación y siempre que el salario no supere el 225% del Iprem (1.350 euros al mes).
Esta medida, que no estaba recogida en la anterior reforma y que operaría a partir de 2025, persigue evitar que el paro “se enquiste”, pues a partir del año es cuando empiezan a existir “grandes problemas de inserción”. De este modo, la compatibilidad de la prestación contributiva con un empleo se configura como “una fórmula especial de protección a los parados de larga duración”, en palabras del secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey.
Este nuevo régimen de compatibilidades irá acompañado del establecimiento de mecanismos de control a través de la firma de un convenio de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Inspección de Trabajo para determinar los supuestos de compatibilidad de prestaciones por desempleo y trabajo por cuenta ajena que deban ser objeto de actuaciones inspectoras, todo ello para evitar el fraude en la obtención y disfrute de las prestaciones.
La nueva reforma, que podría aprobarse vía Real Decreto en el Consejo de Ministros de dentro de dos semanas, mantiene la simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda se podrá cobrar desde el primer día.
Se mantiene además en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivó el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura. Con esta decisión, se allana el camino para que la reforma reciba el visto bueno en el Parlamento.
Al subsidio podrán acceder ahora, además de las personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, los emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales).
Subsidios íntegros
La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.
Se facilita además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.
Al mismo tiempo, se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.
La reforma permitirá también que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una pasarela de la que quedarán excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio.
Asimismo, se introduce como causa de suspensión del subsidio que los trabajadores fijos-discontinuos sean llamados a reiniciar su actividad y no se reincorporen a su puesto de trabajo, salvo causa justificada.
La reforma establece también un mecanismo de reserva de políticas activas de empleo para mayores de 52 años para destinar una parte de los fondos de empleo a este colectivo, del orden de unos 600 millones de euros.
Asimismo, la prestación se coordinará con un itinerario personalizado de activación para el empleo con la suscripción de un acuerdo de actividad (conocido anteriormente como compromiso de actividad) con los Servicios Públicos de Empleo, estableciéndose como prioritario el colectivo de parados de larga duración para los programas y acciones de inserción laboral.