Ellas en Primera cobran cuatro veces menos que ellos en Segunda División

Más allá del salario mínimo existen notables diferencias entre el fútbol masculino y femenino en cuanto a indemnizaciones o premios de antigüedad

El gráfico muestra las diferencias entre el mínimo salarial entre divisiones de fútbol masculino y femenino

El gráfico muestra las diferencias entre el mínimo salarial entre divisiones de fútbol masculino y femenino Artículo14

El 31 de julio de 2020 las futbolistas de primera división femenina lograron un hito histórico: la firma de su primer Convenio colectivo, cuya vigencia tenía efectos desde el 1 de julio de 2019. Se firmó entonces un acuerdo de mínimos.

¿Cómo es el convenio actual por el que se rigen las jugadoras profesionales de futbol? Se trata de un pacto de ámbito nacional, de un año de duración, hasta el 30 de junio de 2020 -aunque se ha ido prorrogando sucesivamente-.

Entre otras cuestiones regula la jornada, horario, descanso y vacaciones (Capítulo II), el contrato de trabajo y sus modalidades (Capítulo III), las condiciones económicas -establece una retribución mínima garantizada- (Capítulo IV), los derechos y libertades, con un capítulo referido a la prevención del acoso laboral (Capítulo V) y lo que define como mejoras sociales, que muy brevemente incluye un artículo referido a la conciliación de la vida familiar y profesional o medidas en caso de situaciones de violencia de género.

Al revisar el primer convenio de las jugadoras profesionales se echan en falta cuestiones que sí figuran en otros convenios generales como por ejemplo las relativas a excedencias o un mayor detalle en las medidas de conciliación, aludiendo al cuidado de hijos de menores de edad, cuando se trata de un acuerdo marco para un colectivo exclusivamente femenino.

Este tipo de cuestiones -algunas de cuales sí se incorporarán específicamente en el nuevo convenio, según explican fuentes de la negociación- quedan reguladas en el marco general por dos normas: el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales y, en su defecto, por el Estatuto de los Trabajadores y demás normas laborales de general aplicación. Eso sí, con el matiz, “en cuanto no sean incompatibles con la naturaleza especial de la relación laboral de los deportistas profesionales”.

Hombres versus mujeres

Dado que es el primer convenio aún existe mucho recorrido para su mejora. Muy especialmente si se compara con el Convenio colectivo para el fútbol profesional masculino. Este regula la actividad de los jugadores de Primera y Segunda División, su última versión data del año 2014, aunque ha ido renovándose parcialmente, la última vez el pasado mes de octubre.

Salarios

Sin duda las diferencias más notables tienen que ver con las cuantías económicas. Tras el acuerdo alcanzado en septiembre de 2023, la retribución mínima garantizada de las jugadoras de Primera División es de 21.000 euros, una cifra cuatro veces inferior a un jugador de Segunda División, que según el último acuerdo percibe, al menos, 93.000 euros.

Contratos

Otra de las desigualdades con sus homólogos masculinos ha sido el tipo de contrato. El convenio vigente de 2020 contempla los contratos a tiempo parcial para las jugadoras, si bien quedaban limitados a una jornada que "no podrá ser inferior en cómputo global al 75% de la jornada ordinaria de trabajo efectivo establecida en el convenio durante la vigencia del mismo". Paradójicamente, los jugadores masculinos nunca han tenido previsto en su convenio esta opción de contrato. La buena noticia para ellas es que en el nuevo convenio esta modalidad va a desaparecer.

Por el tipo de profesión, los contratos suelen ser temporales, generalmente por una media de dos temporadas. No existen contratos fijos o fijos discontinuos entre las jugadoras.

Indemnizaciones

Las indemnizaciones reflejan otra notable diferencia. El acuerdo actual establece que si como consecuencia de un accidente la jugadora fallece sus herederos perciban una indemnización de 60.000 euros, que se eleva hasta los 90.000 euros por incapacidad absoluta. Estas condiciones son inferiores a las contempladas para los profesionales masculinos. En su caso, según la modificación del Convenio colectivo para la actividad del fútbol profesional acordada el pasado 30 de noviembre, percibirán 200.000 euros para el supuesto de muerte, gran invalidez o incapacidad permanente absoluta.

Una desigualdad sustancial con los jugadores masculinos son los llamados premios de antigüedad, que se concede a la extinción de su relación siempre y cuando haya permanecido en el mismo equipo como futbolista durante seis o más temporadas consecutivas. En el caso de las jugadoras, dado lo reciente de la Liga Femenina aún no se habría materializado.

Industrias diferentes

"Estamos hablando de dos convenios porque son dos industrias diferentes. El fútbol femenino sólo lleva un año y medio siendo profesional, compararnos es caer en un error enorme", afirma Beatriz Álvarez, presidenta Liga F, cuando se le pregunta por la diferente situación de los futbolistas profesionales según su género. Por su parte, otra fuente de la negociación explica que la mayor diferencia es su recorrido. "Estamos hablando de un acuerdo que en caso de los hombres se ha ido renovando en sucesivas ocasiones, lo que facilita la incorporación de mejoras, mientras que para las mujeres es su segunda renovación; en consecuencia, intentaremos que siempre vaya mejorándose", apostilla.

Una de las grandes preguntas es cuánto genera la la Liga F. La Primera División de fútbol femenino ingresa 35 millones por derechos televisivos por parte de DAZN y Mediapro, en un contrato de cinco años. Además, en agosto de 2022 se llegó a un acuerdo de 42 millones de ingreso por los activos comerciales de LaLiga. A eso hay que sumarle 20 millones de euros de subvención por parte del Consejo Superior de Deportes.

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