A FAVOR: Elizabeth Duval, escritora, filósofa y portavoz de de Feminismos de Sumar
1. ¿Sienta Francia un precedente a seguir por otras democracias europeas de cara a aprobar el aborto como un derecho constitucional?
Lo sienta, y más aún con otra de las propuestas: la de su inclusión en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En Francia, además, ha sido aprobado con una amplia mayoría, tanto de izquierdas como de derechas, lo cual sirve para cimentarlo como consenso frente a los intentos de involución.
2. ¿Tiene cabida la inclusión del aborto como derecho en la Constitución Española?
En 2023, el Tribunal Constitucional ya señaló, pronunciándose sobre el caso de una mujer derivada desde Murcia a Madrid al alegarse que todos los médicos eran objetores, que se había vulnerado un derecho que forma parte del derecho fundamental a la integridad física y moral: el derecho a la interrupción del embarazo. Los recursos de inconstitucionalidad han sido desestimados, pero la inclusión explícita serviría para reducir la ambigüedad interpretativa entre el “derecho a la vida” y el derecho “a la integridad física y moral”.
3. ¿Es una necesidad social incluir el aborto como un derecho en la Constitución Española?
No sólo esa inclusión, sino también cumplir con la reforma de la ley del aborto que se aprobó en 2023: faltan registros de objetores, aún se deriva a la privada, hay comunidades que han querido legislar para mitigar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo…
4. ¿Crees que los partidos están dispuestos a arriesgarse y perder un determinado número de escaños o un Gobierno para introducir el aborto como derecho fundamental en la Carta Magna? ¿O en caso de consensuarlo esperarían a un nuevo periodo electoral?
La mayoría francesa fue clara, y ojalá una mayoría igual en España: 493 a favor, 30 en contra y 23 abstenciones, de todo el espectro político. En España hemos tenido polémicas recientes, como la del latido fetal en Castilla y León, que rompen este consenso social, pero con las cuales hasta el Partido Popular se ha sentido incómodo. El consenso en nuestro país es amplio, alrededor de un 80%, y dudo mucho que escuchar a esa enorme mayoría que pide blindar los derechos de las mujeres fuera a resultar electoralmente costoso, más allá de la extrema derecha. Tras la propuesta de Sumar, la pelota está en el tejado del PSOE y del Partido Popular.
EN CONTRA: Isabel Serrano Maillo, profesora titular de Derecho Constitucional en la UCM
1.- ¿Sienta Francia un precedente a seguir por otras democracias europeas de cara a aprobar el aborto como un derecho constitucional?
La inclusión del aborto como un derecho en la Constitución francesa sienta un precedente y, es posible, que otros países pretendan seguir el ejemplo, como ya ocurrió en la Europa de los años 70 cuando se legalizó esta práctica (empezando por Francia en 1975). No obstante, es importante tener en cuenta que Europa está conformada por países muy diversos desde una perspectiva política, cultural y religiosa, lo que hace que no en todos ellos se opte por las mismas soluciones jurídicas a temas tan complejos como el aborto. Así pues, la inclusión del aborto como un derecho constitucional en Francia, no tiene por qué significar que el resto de los países europeos vayan a seguir el mismo camino, aunque qué duda cabe de que algunos -o muchos- partidos políticos tratarán de que sus países sigan los pasos de Macron. Pensemos que, actualmente, la mayoría de las mujeres europeas (el 95%, según el Center For Reproductive Rights) viven en países donde el aborto ya es un derecho o está despenalizado (solo se prohíbe en Andorra y Malta), con lo que su inclusión o no en la Constitución responde más a eslóganes políticos que a una necesidad -o una preocupación- real de la ciudadanía.
2.- ¿Tiene cabida la inclusión del aborto como derecho en la Constitución Española?
El aborto tiene cabida en la CE, desde que el TC así lo ha dicho. Otra cosa es que su inclusión sea necesaria o, incluso, deseable. Siguiendo la jurisprudencia del TC, recogida en sus dos últimas sentencias de 2023, entraría como parte del derecho a la integridad física y moral (art. 15 CE), actuando el derecho a la vida (también del art. 15 CE), como límite de ese derecho al aborto, concretamente, “el deber del Estado de proteger la vida prenatal como bien constitucional” (STC 78/2023, de 3 de julio).
3- ¿Es una necesidad social incluir el aborto como un derecho en la CE?
El aborto en España es una conducta regulada por ley. Su legitimidad ha sido reconocida por el Tribunal Constitucional, con lo que su inclusión en la Constitución es innecesaria, tanto desde un punto de vista social, como desde un punto de vista legal.
4.- Si se iniciara esa reforma constitucional en España, ¿hay consenso acerca del lugar donde se introduciría el aborto como derecho?
Como hemos visto en las últimas sentencias del TC en relación con el aborto, no hay un claro consenso respecto a la mejor ubicación si se quisiera incluir en la CE. En las SSTC 44/2023, de 9 de mayo y 78/2023, de 3 de julio, el TC se decanta por incluirlo en le art. 15CE, como parte del derecho a la integridad física y moral de la madre, directamente vinculada con la dignidad de la persona (art. 10 CE) y el libre desarrollo de la personalidad. Esta ubicación, sin embargo, choca con la doctrina del TEDH que, si bien no reconoce un derecho al aborto en sí mismo, lo considera vinculado al derecho a la vida privada, misma postura que defiende la magistrada Concepción Espejel Jorquera en su voto particular a la STC 78/2003.
5.- ¿Crees que la introducción del derecho al aborto en la CE se vería matizada por algún supuesto? ¿O esa jurisprudencia existente sería la guía para su redacción?
En la CE no se desarrollan los derechos, solo se enuncian. El desarrollo debería llevarse a cabo mediante una ley que, entiendo, sería muy semejante a la actual (que recoge, de forma general, un sistema de plazos). Pensemos que los derechos, aunque sean constitucionales o, incluso, fundamentales, no son ilimitados en ningún caso, con lo que este tampoco. Aunque el aborto sea una conducta despenalizada -incluso considerado un derecho-, su práctica entra en conflicto -y queda limitada- con la obligada protección, por parte del Estado, del nasciturus, al que, si bien no se le reconoce derechos, sí se le considera un bien jurídico digno de protección. Será la ley la que establezca los límites.
6.- ¿Crees que los partidos están dispuestos a arriesgarse y perder un determinado número de escaños o un Gobierno para introducir el aborto como derecho fundamental en la Carta Magna? ¿O en caso de consensuarlo esperarían a un nuevo periodo electoral?
En mi opinión, los partidos políticos no toman decisiones que les supongan un sacrificio mayor que el beneficio que vayan a obtener y, en este caso, cualquier decisión quita unos escaños, pero suma otros. No obstante, hoy por hoy, vista la configuración del Congreso veo muy complicado (por no decir imposible), que saliera adelante una reforma en este sentido. Pensemos que, en este caso, habría de abordarse una reforma constitucional agravada (por tratarse de la reforma de un derecho fundamental), lo que obliga a contar con el voto de 2/3 de cada cámara (233 diputados y 177 senadores). Teniendo en cuenta, que solo PP y Vox (que entiendo se oponen a esta medida) suman 170 escaños en el congreso y que el PP tiene 144 senadores, no salen las cuentas. Y respecto a un hipotético consenso entre los grandes partidos, no creo que en este tema sea posible, la verdad.
7.- Con respecto al consecuente referéndum, ¿cuál crees que es la percepción social española con respecto a esta cuestión?
El aborto siempre ha sido un tema muy controvertido porque se trata de una cuestión íntimamente relacionada con los valores (también valores religiosos) de cada uno. Tradicionalmente a un lado se han situado los que defienden el derecho a la vida del que está por nacer y, enfrente, los que defienden el aborto como parte de la libertad de elección de la mujer. Los que creen que es un fracaso de la sociedad moderna y los que lo ven como un avance en derechos para las mujeres. Respecto a la precepción social de si es conveniente o no que se incluya como derecho fundamental, imagino que las posturas serán acordes a la posición que se mantenga respecto al aborto en sí mismo, es decir, los unos lo verán imprescindible y, los otros, lo considerarán como algo negativo. Para mí, es algo innecesario, independientemente de la postura que se tenga respeto al aborto, puesto que es una acción suficientemente regulada en nuestro país.